Por la cual se asocia la Nación a la celebración del IV centenario de la fundación de Santa Fe de Antioquia y se concede una exención

Rango Ley
Publicación 1936-05-25
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° La Nación se asocia a la celebración del IV centenario de la fundación de la ciudad de Santa Fe de Antioquia, que tendrá lugar en el año de 1941.
ARTICULO 2° Como contribución de la Nación para la celebración del IV centenario de la fundación de la ciudad de Santa Fe de Antioquia, vótase con destino a las obras públicas de ese Municipio, la cantidad de treinta mil pesos ($ 30,000) los cuales se incluirán por cuotas iguales en los Presupuestos correspondientes a los años de 1937, 1938 y 1939.
ARTICULO 3° Los materiales y demás elementos necesarios para las obras centenarias de la ciudad de Bogotá, quedarán exonerados del pago de fletes en los ferrocarriles nacionales.

El Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales, con la aprobación del Ministerio de Obras Públicas, reglamentará esta disposición para su efectivo y oportuno cumplimiento.

ARTICULO 4° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a seis de abril de mil novecientos treinta y seis.

El Presidente del Senado, alejandro galvis galvis-El Presidente de la Cámara de Representantes, alfonso romero aguirre-El Secretario del Senado, Alain Lemos-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.

Poder Ejecutivo-Bogotá abril 14 de 1936.

Publíquese y ejecútese,

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Obras Públicas,

Cesar garcia alvarez

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