Por la cual se destina un edificio para el funcionamiento de la Escuela de Artes y Oficios de Chiquinquirá
El Congreso de Colombia
Decreta:
ARTICULO 1° El Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales procederá a entregar al Ministerio de Educación Nacional el edificio en que funcionaban anteriormente los talleres del Ferrocarril del Norte en Chiquinquirá, que se destina para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 13 de 1928.
ARTICULO 2° Esta Ley regirá desde su sanción
Dada en Bogotá, a seis de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno.
El presidente del Senado, POMPILIO GUTIERREZ-EL Presidente de la Cámara de Representantes, ENRIQUE OTERO D`COSTA-El secretario del senado, José Umaña Bernal-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo-Bogotá, 20 de noviembre de 1941.
Publíquese y ejecútese.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Educación Nacional,
Juan LOZANO Y LOZANO
El Ministro de Obras Públicas,
José GOMEZ PINZON
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