Por la cual se autoriza la construcción de una línea telefónica

Rango Ley
Publicación 1945-01-19
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1º. El Gobierno procederá a la construcción de un circuito telefónico phantonizado entre Girardot, Carmen (Tolima), Cunday y Andalucía.

PARAGRAFO. Destinase para esta obra la suma de treinta mil pesos ($30.000.00), que será incluida en el presupuesto respectivo.

Dada en Bogotá, a diez y seis de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

El Presidente del Senado, GILBERTO MORENO T, El Presidente de la Cámara de Representantes, JUAN B. BARRIOS.-El Secretario del Senado Arturo Salazar Grillo. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Andrés Chaustre B.

Organo Ejecutivo - Barranquilla, 31 de diciembre de 1944.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, GONZALO RESTREPO. El Ministro de Correos y Telégrafos, Luis Guillermo ECHEVERRI

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