Por la cual se efectúan unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1981 (Ministerios de Agricultura y Educación Nacional), por $ 11.453.000
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1° Efectuase los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1981, con base en los Certificados de Disponibilidad números 04 de noviembre 27 de 1981 por valor de $ 5.083.000 y 09 de noviembre 20 de 1981 por valor de $ 6.370.000:
CONTRACREDITOS
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Agricultura.
CAPITULO 1
Dirección Superior.
Servicios personales.
CAPITULO 2
Organización campesina.
Gastos generales.
CAPITULO 3
Servicios administrativos.
Servicios personales.
Gastos generales
Ministerio de Educacion Nacional
CAPITULO 1
Dirección Superior.
Transferencias.
CREDITOS
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Agricultura.
Dirección Superior.
Servicios personales.
Gastos generales
Transferencias.
CAPITULO 2
Organización campesina.
Servicios personales.
CAPITULO 3
Servicios administrativos.
Servicios personales.
Gastos generales
Transferencias.
PRESUPUESTO DE INVERSION
Ministerio de Educación Nacional
CAPITULO 1
Dirección Superior.
PROGRAMA 2401
Desarrollo cultural.
Inversión indirecta.
PROGRAMA 2405
Costrucción y mantenimiento de edificios educativos
Inversión indirecta.
Articulo 2° La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los … dias del mes … de mil novecientos ochenta y uno (1981)
El Presidente del honorable Senado de la República,
GUSTAVO DAJER CHADID
El Presidente del honorable Camara de Representantes,m
J. AURELIO IRAGORRI HORMAZA
El Secretario General del honorable Senado de la República.
Crispin Villazón de Armas.
El Secretario General de la honorable Camara de Representantes,
Ernesto Tarazona Solano.
Republica de Colombia - Gobierno Nacional
Bogotá, D. E., 15 de diciembre de 1981.
Publiquese y ejecutese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Credito Público.
Eduardo Wiesner Duran
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