Reformatoria de la 58 de 1873
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
decreta:
Artículo 1.° Derogado
Artículo 2.° Derogado
Artículo 3.° Derogado
Dada en Bogotá, a veinticuatro de junio de mil ochocientos setenta i seis.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
Joaquin M. Vengoechea.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Jacinto Corredor.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Julio E. Pérez.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Adolfo Cuéllar.
Bogotá, 30 de junio de 1876.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) AQUILEO PARRA.
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional,
Luis A. Róbles.
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