por la cual se fija el sueldo del encargado del Poder Ejecutivo, de sus Edecanes y de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia

Rango Ley
Publicación 1912-11-23
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1.° Desde el 1.° de enero próximo el sueldo del encargado del Poder Ejecutivo será de mil quinientos pesos ($ 1,500) mensuales.
Artículo 2.° Los Edecanes del Presidente de la República gozarán desde la misma fecha de una asignación mensual de doscientos pesos ($ 200) cada uno.
Artículo 3.° Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia devengarán desde el 1.° de enero próximo una asignación mensual de cuatrocientos pesos ($ 400) mensuales.
Artículo 4.° La suma necesaria para el cumplimiento de esta Ley se incluirá en la liquidación del Presupuesto de gastos de la próxima vigencia.

Dada en Bogotá a quince de noviembre de mil novecientos doce.

El Presidente del Senado,

ANTONIO JOSÉ CADAVID.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

MIGUEL ABADÍA MENDEZ.

El Secretario del Senado,

Bernardo Escovar.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

José de la Vega.

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 16 de 1912.

Publíquese y ejecútese.

CARLOS E. RESTREPO.

El Ministro del Tesoro,

CARLOS N.ROSALES.

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