Por la cual se modifica la Ley 53 de 1959
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. El Museo Arqueológico de Armenia quedará bajo la inmediata dependencia de la Universidad del Quindío, entidad que controlará y atenderá a su formación, sostenimiento y planes de trabajo, a la vez que designará el personal especializado que deba realizar las investigaciones.
Artículo 2°. Queda en esta forma subrogado el artículo 2° de la Ley 53 de 1959.
Artículo 3°. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a 3 de diciembre de 1963.
El Presidente del Senado,
AUGUSTO ESPINOSA VALDERRAMA.
El Presidente de la Cámara,
MANUEL CASTRO TOVAR.
El Secretario del Senado,
Néstor Eduardo Niño Cruz.
El Secretario de la Cámara,
Néstor Urbano Tenorio.
República de Colombia.- Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., diciembre 27 de 1963.
Publíquese y ejecútese.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Sanz de Santamaría. El Ministro de Educación Nacional, Pedro Gómez Valderrama.
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