por la cual la Nación contribuye a la financiación de la ampliación de la red de alcantarillado de la ciudad de Pereira

Rango Ley
Publicación 1966-01-22
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. La Nación contribuirá con la suma de doce millones de pesos ($ 12'000.000.00), a la financiación de la ampliación de la red de alcantarillado y colectores de aguas negras de la ciudad de Pereira, según los planos y proyectos elaborados por las Empresas Públicas de dicha ciudad.
Artículo 2º. El pago de la contribución que por el artículo anterior se decreta, se hará en el curso de los próximos 4 años, a razón de 3 millones de pesos en cada presupuesto anual.
Artículo 3º. Las partidas correspondientes serán incluidas en los Presupuestos de las vigencias inmediatamente siguientes a la aprobación de la presente Ley; caso contrario, queda autorizado el Gobierno para abrir los créditos necesarios, contratar empréstitos, y realizar todas las gestiones encaminadas a la efectividad de la misma.
Artículo 4º. El auxilio de que trata el artículo primero será pagado a las Empresas Públicas Municipales de Pereira y la Contraloría General de la República controlará la inversión de los fondos nacionales a que la presente Ley se refiere.
Artículo 5º. Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, a los diez y ocho días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y cinco.

El Presidente del honorable Senado,

EUGENIO GOMEZ GOMEZ

El Presidente de la honorable Cámara,

DIEGO URIBE VARGAS

El Secretario General del honorable Senado,

Amaury Guerrero.

El Secretario de la honorable Cámara,

Luis Esparragoza Gálvez.

República de Colombia. Gobierno Nacional.

Bogotá, D.E., diciembre 23 de 1965.

Publíquese y ejecútese.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Joaquín Vallejo Arbeláez.

El Ministro de Fomento,

Aníbal López Trujillo.

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