Por la cual se concede pensión a las señoras Isabel i Carmen Echevarría

Rango Ley
Publicación 1880-08-05
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de los Estados Unidos de Colombia,

CONSIDERANDO:

Que el jóven vizcaíno Marcelino Echeverría peleó en la accion del lago de Maracaibo, el 24 de julio de 1823, al lado de los independientes, con el grado de Teniente de infantería;

Que sus hijos José María i Marcelino, el primero Jefe del batallón Santander, i el segundo, 2.° Jefe del batallón Vélez en la batalla de Garrapata, rindieron su vida el 20 de noviembre de 1876, en defensa del Gobierno;

I que las señoras Isabel i Carmen Echeverría, hermanas de estos Jefes, e hijas del Teniente de la Independencia nacional espresado en el primer considerando, han quedado pobres i sin amparo, a causa de la muerte de sus hermanos en defensa del Gobierno lejítimo,

DECRETA:

Artículo único. Concédese a cada una de las señoras Isabel i Carmen Echeverría, miéntras permanezcan solteras, una pension mensual de veinticinco pesos

Dada en Bogotá, a ouatro de agosto de mil ochocientos ochenta.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

Pedro A Lara.

El Presidente de la Cámara de .Representantes,

Demetrio Rei Rodríguez

El secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Julio E. Pérez

El Secretario de la cámara de Representantes,

Cárlos Cótes.

Poder Ejecutivo nacional-Bogotá, 5 de agosto de 1880

Publíquese i ejecútese.

El Presidente de la Union,

(L. S). RAFAEL NUÑEZ.

El Secretario del Tesoro,

Simon de Herrera.

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