por la cual se asocia la Nación a la celebración del segundo centenario de la ciudad de Zapatoca
EI Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1°. La Nación se asocia a la celebración del segundo centenario de la fundación de 1a ciudad de Zapatoca que se celebrara el 13 de octubre de 1943.
ARTICULO 2°. Como contribución de 1a Nación para la celebración de tan fausta fecha, destínase la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000.00), suma que se incluirá en los Presupuestos de las próximas vigencias, por cuotas no menores de cincuenta mil pesos ($ 50,000.00).
ARTICULO 3°. La suma de que trata el artículo anterior será manejada por una Junta especial, cuyo Tesorero puede ser el del Municipio de Zapatoca.
Esta Junta estará compuesta por el Gobernador del Departamento o un delegado que él designe, por el Presidente del Concejo Municipal de Zapatoca y por e1 Alcalde Municipal.
PARAGRAFO. El Ejecutivo, a1 reglamentar esta Ley, dictará las disposiciones de control necesarias en conformidad Con 1a Contraloría General de 1a República.
ARTICULO 4°. La suma destinada por esta Ley se invertirá en su totalidad en obras de carácter municipal como alcantarillado, pavimentación o plaza de mercado; pero es obligación del Municipio construír un Hospital Sanatorio, para enfermedades tropicales con un pabe1lón anexo de maternidad. Para 1a construcción de este Sanatorio el Municipio procederá en conformidad con la Dirección Nacional de Higiene.
ARTICULO 5°. Autorízase al Ejecutivo para abrir los créditos necesarios en caso de que no se hagan las apropiaciones presupuestales o para financiar con recursos extraordinarios las obras de que trata esta Ley.
ARTICULO 6°. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a veintinueve de abril de mil novecientos treinta y ocho.
El Presidente del Senado, CARLOS V. REY-El Presidente de la Cámara de Representantes, JUAN SALGAR MARTIN-El Secretario del Senado, Rafael Campo A-El Secretario de la Cámara de Representantes, Alberto Guzmán.
Organo Ejecutivo-Bogotá, 25 de mayo de 1938.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ
EI Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Héctor José VARGAS
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