Por la cual se decreta una vía nacional

Rango Ley
Publicación 1941-11-22
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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decreta:

ARTICULO 1° Declárase como obra nacional el ramal de carretera que una a la Carretera Central con el histórico sitio del Pantano de Vargas, partiendo del Municipio de Paipa, pasando por los balnearios termominerales del mismo lugar y con una prolongación hasta el Municipio de Firavitoba.
ARTICULO 2° Queda al cuidado del Municipio de Paipa, que siempre se ha distinguido por la digna conmemoración anual del glorioso hecho de armas del Pantano de Vargas, la formación y cuidado de un parque y jardín en torno del monumento que allí existe, en memoria del héroe llanero Juan José Rondón.
ARTICULO 3° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a doce de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno.

El Presidente del Senado, ARCESIO LONDOÑO PALACIO. El Presidente de la Cámara de Representantes, FRANCISCO JOSE OCAMPO-El Secretario del Senado, José Umaña Bernal-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, 20 de noviembre de 1941.

Publíquese y ejecútese.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Obras Públicas,

José GOMEZ PINZON

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