Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración del tricentenario de la fundación del municipio de San Gil, en el Departamento de Santander

Rango Ley
Publicación 1988-12-29
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 5
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. La Nación se asocia a la celebración del tricentenario de la fundación del Municipio de San Gil, en el Departamento de Santander, que se cumplirá el diecisiete (17) de marzo de mil novecientos ochenta y nueve (1989), rinde tributo de admiración a la memoria de sus fundadores y exalta el espíritu progresista de sus habitantes.
Artículo 2º. De conformidad con los artículos 79 y numeral 17 del 76 de la Constitución Política, el Gobierno Nacional se asocia a la celebración de esta efemérides, aportando la suma de doscientos millones de pesos ($200.000.000), al desarrollo del Municipio de San Gil para la construcción y/o terminación de las siguientes obras:
1. Anillo vial incluido el puente vehicular sobre el río Fonce $120.000.000
2. Terminal de Transporte $ 30.000.000
3. Villa Olímpica $ 50.000.000
Artículo 3º. El Gobierno Nacional incorporará en su presupuesto los recursos de que trata la presente Ley, de acuerdo con los programas que para tal efecto someta a su consideración el Gobierno Municipal de San Gil en los cuales deberá mostrarse un aporte local por lo menos equivalente al treinta por ciento (30%) del costo total de los mismos.
Artículo 4º.Autorízase al Gobierno Nacional para abrir los créditos y hacer los traslados presupuestales necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.
Artículo 5º. La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D.E., a los... días del mes de... de...

El Presidente del honorable Senado,

ANCIZAR LOPEZ LOPEZ

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR

El Secretario General del honorable Senado,

Crispín Villazón de Armas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Luis Lorduy Lorduy.

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Publíquese y ejecútese. Bogotá, D.E., 29 de diciembre de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Luis Fernando Alarcón Mantilla.

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