Por medio de la cual la República de Colombia rinde homenaje a la música colombiana, se declara patrimonio cultural y artístico de la Nación al Festival Nacional de la Música Colombiana y Concurso Nacional de Duetos "Príncipe de la Canción", de la fundación musical de Colombia y al Festival Folclórico Colombiano; con sede en Ibagué, departamento del Tolima y se dictan otras disposiciones

Rango Ley
Publicación 2003-11-20
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. Declárese el día 21 de marzo como día Nacional de la Música Colombiana.

Parágrafo. Para tal efecto el Gobierno Nacional, departamental y municipal, rendirán en cada región, tributo a los compositores e intérpretes de la música vernácula y expresarán público reconocimiento a su vida y obra, al igual que se divulgarán por los diferentes medios de comunicación sus respectivos aires musicales.

Artículo 2º. Declárense patrimonio cultural y artístico de la Nación al Festival Nacional de la Música Colombiana y Concurso Nacional de Duetos "Príncipe de la Canción" que realiza la fundación musical de Colombia, y al Festival Folclórico Colombiano; con sede en Ibagué departamento del Tolima.

Artículo 3º. La Nación a través del Ministerio de Cultura contribuirá al fomento, internacionalización, promoción, protección, divulgación, financiación y desarrollo de los valores culturales que se originan alrededor de nuestra identidad musical.

Artículo 4º. La República de Colombia honra y exalta la memoria de Darío Garzón y Eduardo Collazos, eximios intérpretes de la música colombiana y hace público reconocimiento a la Fundación Musical de Colombia de la ciudad de Ibagué, departamento del Tolima.

Artículo 5º. La presente ley rige a partir de su promulgación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Germán Vargas Lleras.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Emilio Ramón Otero Dajud.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Alonso Acosta Osio.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Angelino Lizcano Rivera.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 2003.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Ministra de Cultura,

María Consuelo Araújo Castro.

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