Que adiciona y reforma las leyes 22 de 1909 y 99 de 1913

Rango Ley
Publicación 1914-11-25
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta :

Artículo 1.° Todos los Contadores del Ejercito quedarán asimilados a Capitanes para los efectos fiscales.
Artículo 2.° Tanto los Contadores, como los Médicos y proveedores de los Cuerpos de Zapadores y las Bandas de Música, tendrán derecho al sobresueldo de las poblaciones enumeradas en el artículo 3.° de la Ley 99 de 1913. a contar del 1.°de enero de este año.
Artículo 3.° Quedan en estos términos reformadas y adicionadas las Leyes 22 de 1909 y 99 de 1913

Dada en Bogotá a veinticinco de noviembre de mil novecientos catorce.

El Presidente del Senado,

Manuel Davila Florez

El Presidente de la Cámara de Representantes,

Luis de Greiff

El Secretario del Senado,

Miguel A. Peñarredonda

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Fernando Restrepo Briceño

Poder Ejecutivo Bogotá, noviembre 23 de 1914

Publíquese y Ejecútese.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Guerra,

isaias LUJAN

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