Que honra la memoria del ciudadano Nereo Matallana

Rango Ley
Publicación 1877-03-28
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia

decreta :

Artículo 1.° El doctor Nereo Matallana, Representante principal por el Estado de Boyacá en el período actual, se ha hecho acreedor a la gratitud del pueblo colombiano por el noble sacrificio que hizo de su vida en defensa de las instituciones, en el combate librado en la ciudad de Chiquinquirá el 4 de septiembre de 1876. La República deplora su muerte i honra su memoria.
Artículo 2.° Un ejemplar de la presente lei será remitido a la viuda e hijos del espresado doctor Matallana, i otro, en grandes caracteres, será colocado en la sala de las sesiones de la Cámara de Representantes

Dada en Bogotá a seis de marzo de mil ochocientos setenta i siete.

El Presidente del Senado Plenipotenciarios,

El Presidente de la Cámara de Representantes,

Temistocles Paredes.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Tomas Rodriguez Pérez.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Adolfo Cuéllar.

Bogotá, 19 de marzo de 1877.

Publíquese i ejecútese

El Presidente de la Union,

(L.S.) AQUILEO PARRA.

El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores

Eustorjio. Salgar

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.