que condona una deuda

Rango Ley
Publicación 1878-03-14
Estado Vigente
Departamento CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de los Estados Unidos da Colombia

decreta:

Art. 1.° Condonase al señor José Manuel Lleras la deuda que contrajo para con el Tesoro nacional, proveniente del arrendamiento del olaustro bajo o corredores inferiores del edificio de Santodomingo de esta capital.
Art. 2. El Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría respectiva, procederá, si no lo ha hecho ya, a declarar nulo el remate por medio del cual se hizo el arrendamiento de los claustros o corredores espresados; i dispondrá que se proceda a verificar nuevo remate, sobre la base de la última licitación, o bien de la que hubiere sido fijada por el Tesorero jeneral de la Unión.

Dada en Bogotá, a once de marzo de mil ochocientos setenta i ocho.

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,

Jil Colunje.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

Francisco de P Matéus.

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,

Julio E. Pérez.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Enrique Gaona.

Bogotá, 12 de marzo de 1878.

Publíquese i ejecútese.

El Presidente de la Union,

(L. S.) AQUILEO PARRA.

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional,

J. M. Quijano W.

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