por la cual se autoriza al Gobierno para reconocer y pagar un crédito
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.° Autorízase al Gobierno para reconocer y pagar en la forma legal el crédito que por expropiaciones hechas en 1885, reclama el Sr. Juan de la C. Gaviria, como liquidador de la casa de la Gaviria e Hijos.
Artículo 2.° Esta autorización la ejercerá el Gobierno por medio de la Comisión de suministros, empréstitos y expropiaciones, en la forma prevenida para reclamaciones de esta naturaleza.
Dada en Bogotá, á siete de Septiembre de mil ochocientos noventa y cuatro.
El Presidente del Senado, FRANCISCO GROOT -El Presidente de la Cámara de Representantes, EMIGDIO P. SOLANO. -El Secretario del Senado, Pedro I. Cadena M.- El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda
Gobierno Ejecutivo. Bogotá, Septiembre 12 De 1894.
Publíquese y ejecútese.
- M. A. CARO.
El Ministro del Tesoro,
MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ.
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