que crea la Provincia de Robledo en el Departamento del Cauca
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Segréganse de la Providencia del Quindío los Distritos de Pereira, Santa Rosa, María, San Francisco y Segovia, y Segovia, y los Corregimientos de Palestina, La paz y Gutiérrez, para formar con ellos una nueva Provincia, cuya capital será Pereira.
Artículo 2°. Esta nueva entidad se denominara Provincia de Robledo y tendrá limites los reconocidos al presente para los Distritos y Corregimiento que la forman.
Parágrafo. El personal necesario para la administración de la Provincia será fijado por el Gobernador del departamento del Cauca, y la remuneración del servicio de la misma que fija el Presupuesto departamental a los demás Prefectos.
Artículo 3°. Los Corregimientos de La Paz y Gutiérrez quedan comprendidos dentro de los límites territoriales del Municipio de Pereira.
Dada en Bogotá, a 14 de Septiembre de 1903.
El Presidente del Senado, M. A. CARO. - El Presidente de la Cámara de Representantes, MANUEL POSADA. - El Secretario del Senado, Miguel A. Peñaredonda.- El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo - Bogotá, 16 de Septiembre de 1903.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) JOSE MANUEL MARROQUIN.
El Ministro de Gobierno,
ESTEBAN JARAMILLO.
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