por la cual se hace una cesión al Municipio de Cali
El Congreso de Colombia,
decreta:
Artículo 1° Autorízase al Gobierno para que ceda gratuitamente al Municipio de Cali la faja de terreno de propiedad nacional que, sin perjuicio de la estética y comodidad del cuartel que está en construcción, sea indispensable para el ensanche del puente principal y de la avenida Bolívar en dicha ciudad.
Artículo 2° El Ingeniero Interventor del Ferrocarril del Pacifico levantará el plano de la faja de tierra que deba cederse en cumplimiento de esta Ley; y el Ministerio de Hacienda dispondrá lo conveniente para que se haga el traspaso en la forma legal.
Dada en Bogotá a nueve de agosto de mil novecientos diez y ocho.
El Presidente del Senado, Pedro Nel OSPINA-El Presidente de la Cámara de Representantes Florentino manjarres-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, agosto 13 de 1918.
Publíquese y ejecútese.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Hacienda, Marcelino arango.
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