por la cual se honra la memoria del doctor Nicolás Pinzón W
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1.º La República honra la memoria del doctor Nicolás Pinzon W., fundador del Externado de Derecho y Ciencias Políticas de Colombia, Instituto que ha prestado valiosos servicios al desarrollo de la cultura colombiana, y presenta a las nuevas generaciones el ejemplo de su vida austera y meritoria, consagrada a la formación de la juventud con noble concepto de nacionalidad, independencia y altruismo.
ARTICULO 2.º El Gobierno levantará un monumento en el cementerio de Bogotá, lote cedido por el Municipio, en donde hoy reposan sus cenizas, y se colocará en él una lápida con esta leyenda:
"La República al insigne institutor Nicolás Pinzón W."
ARTICULO 3.º Vótase para el cumplimiento de esta Ley hasta la suma de cinco mil pesos ($5,000), que se incluirán en el Presupuesto de la próxima vigencia.
ARTICULO 4.º Copia de esta ley, en edición de lujo, será enviada a la señora viuda del doctor Pinzón W.
Dada en Bogotá, D. E., a siete de enero de mil novecientos treinta y seis.
El Presidente del Senado, PARMENIO CARDENAS.
El Presidente de la Cámara de Representantes, CARLOS LLERAS RESTREPO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.
Poder Ejecutivo-Bogotá, enero 16 de 1936.
Publíquese y ejecútese,
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno, ALBERTO LLERAS CAMARGO El Ministro de Hacienda y Crédito. Público, Jorge SOTO DEL CORRAL-El Ministro de Educación Nacional, DaríoECHANDIA.
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