Por la cual se decretan unos auxilios y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto para la vigencia fiscal de 1958. (Ministerios de Gobierno, de Salud Pública, de Educación Nacional, de Obras Públicas, y Departamento de Contraloría)
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo primero. Auxíliase con las cantidades que para cada una de ellas se determina, las siguientes instituciones y obras de utilidad pública e interés social. Al Hospital de Condoto (Choco), para dotación y sostenimiento, con veintitrés mil quinientos pesos ($23.500.00);
A cada uno de los Hospitales de "San Cristóbal", en Ciénaga, de Pivijay y de El Banco (Magdalena), con doce mil quinientos pesos ($12.500.00), para su sostenimiento y dotación;
Al Hospital "Rosario Pumarejo de López", de Valledupar, con cuarenta y siete mil pesos ($47.000), para dotación y sostenimiento;
Al Hospital de Riohacha, con diez mil pesos ($10.000.00), para su dotación y sostenimiento;
A cada uno de los Puestos de Salud de los Municipios de San Juan del Cesar, Barrancas, Fonseca, Villanueva y Maicao (Intendencia de la Guajira), con cinco mil pesos ($5.000.00), para su sostenimiento y dotación;
Al Puesto de Salud de Hatonuevo (Intendencia de la Guajira), con quince mil pesos ($15.000.00).
A la Casa de Salud "María Inmaculada", de Montería, con cuatro mil pesos ($4.000.00), para su sostenimiento;
Al Municipio de Jericó (Antioquia), con setenta y cuatro mil pesos ($74.000.00), para construcción y ensanche del acueducto;
A cada uno de los Municipios de Campo de la Cruz, Repelón y Luruaco (Atlántico), con veintitrés mil quinientos pesos ($23.500), con destino a estudios y construcción de sus acueductos;
Al Municipio de Paz de Ariporo (Antiguo Moreno-Boyacá), con quince mil pesos ($15.000.00), para la construcción de acueducto;
A cada uno de los Municipios de Barrancabermeja y San Vicente (Santander), con diez y ocho mil quinientos pesos ($18.500.00), para sus obras de Fomento municipal;
A cada uno de los Municipios de Guadalupe y Mogotes (Santander), con diez y ocho mil quinientos pesos ($18.500.00), para obras de Fomento;
Al Municipio de Ataco (Tolima), con cinco mil pesos ($5.000.00), para reconstrucción de la iglesia parroquial;
A cada uno de los Municipios de Durania, Villa del Rosario, y Sitios (Norte de Santander), con diez mil pesos ($10.000), para sus acueductos;
A cada uno de los Municipios de Chitagá, Carmen de Ocaña y San Cayetano (Norte de Santander), con dos mil pesos ($2.000.00), para sus respectivos acueductos;
A la ciudad de Cúcuta, con cuarenta mil pesos ($40.000.00), para sus obras de alcantarillado.
Al Municipio de Guadalupe (Huila), con catorce mil pesos ($14.000.00), para sus obras de alcantarillado;
Al Municipio de Tarqui (Huila), con cuatro mil quinientos pesos ($4.500.00), para su acueducto;
Al Municipio de Pitalito, con diez mil pesos ($10.000.00), para su obra de alcantarillado;
Al municipio de Timaná, con ocho mil pesos ($8.000.00), para sus obras de alcantarillado;
Al Municipio de Miraflores (Boyacá), con ocho mil pesos ($8.000.00), para reparación de su Planta Eléctrica;
A la ciudad de Silvia (Cauca), con cincuenta mil pesos ($50.000.00), para terminación de las obras de su Planta Eléctrica;
Al Municipio de Barbacoas (Nariño), con cuarenta mil pesos ($40.000. 00), para la adquisición de una Planta Eléctrica y su instalación;
A la ciudad de Quibdó, con cincuenta mil pesos ($50.000.00), para la construcción de la carretera Quibdó-Negua-Babarama-Bebara-Vegaes-Urrao;
Al Colegio de la Presentación, que funciona en el Municipio de Pacho (Cundinamarca), con treinta y siete mil quinientos pesos ($37.500.00), para su sostenimiento y dotación;
Al Colegio de Bachillerato "Andrés Rodríguez B.", que funciona en Sahagún, con cincuenta mil pesos ($50.000.00), destinados a mejoras y ampliaciones del edificio;
Al Colegio "José María Córdoba", que funciona en la ciudad de Montería, con la suma de tres mil pesos ($3.000.00), para adquisición de biblioteca y muebles;
A la Escuela Normal Agrícola de Lorica (Córdoba), con la cantidad de siete mil pesos (7.000.00), para dotación de biblioteca, muebles e implementos;
Al Municipio de Ciénaga de Oro (Córdoba), con diez mil pesos ($10.000.00), para construcción de una Escuela Rural en el Corregimiento de "Laguneta";
Al Municipio de San Onofre (Bolívar), con setenta y tres mil quinientos pesos ($73.500.00), para la construcción de una Escuela Urbana de Varones y su dotación;
Al Municipio de Trinidad (Casanare), con la su cantidad de catorce mil pesos ($14.000.00), para construcción y dotación de una Escuela Urbana;
Al Municipio de Duitama (Boyacá), con la cantidad de veinticinco mil pesos ($25.000.00), para la construcción y dotación de una Escuela Rural en la vereda de "San Antonio";
Al Municipio de Tibasosa (Boyacá), con la cantidad de doce mil pesos ($12.000.00), para construcción de una Escuela Rural en la vereda de "Ayala";
Al Municipio de Piendamó (Cauca), con la cantidad de veintitrés mil quinientos pesos ($23.500.00), para terminación del edificio de la Escuela Normal Rural de esa cabecera.
Al Municipio de Girardot, con la cantidad de treinta y siete mil pesos ($37.000.00), con destino a construcción de Escuelas Urbanas;
Al Municipio de Guamal (Intendencia del Meta), con la cantidad de treinta y siete mil pesos ($37.000.00), con destino a la construcción y dotación de una Escuela Urbana para Varones;
Al Municipio de Granada (Intendencia del Meta), con la cantidad de treinta y siete mil pesos ($37.000.00), para la construcción y dotación de un edificio para Escuela Urbana para Varones;
Al Municipio de San Juan de Cesar (Intendencia de la Guajira), con la cantidad de ocho mil quinientos ($8.500.00), para construcción de Escuelas Rurales en cada una de las fracciones denominadas "La Junta-Curazao" y "Los Cardones";
Al Municipio de San Juan del Cesar, con cinco mil pesos ($5.000.00), para la construcción de una escuela rural en la fracción de "Caracolí".
Al Municipio de Baraya (Huila), con la cantidad de treinta y siete mil pesos ($37.000.00), con destino a la construcción de una escuela urbana para varones.
Al Municipio de Líbano (Tolima)), con la cantidad de veintiséis mil quinientos pesos ($26.500.00), con destino a la construcción de una concentración escolar en el Corregimiento de "Santa Teresa".
Al municipio de Santa Isabel (Tolima)), con la cantidad de veintiséis mil pesos, (26000.00), con destino a la construcción de una Concentración Escolar en el corregimiento de "San Rafael"
Al Municipio de Lérida, con diez mil pesos ($10.000.00), con destino a la construcción de una escuela rural en el Corregimiento de las "Delicias".
Al Municipio de Ibagué, con la cantidad de once mil pesos ($11.000.00) con destino a la construcción y dotación de una concentración escolar en el barrio "La Francia".
Al Municipio de Chinchiná (Caldas), con la cantidad de treinta y siete mil pesos ($37.000.00), con destino a la construcción de una Escuela Urbana para Varones, en su cabecera.
Al Municipio de Jamundí (Valle del Cauca), con la cantidad de setenta y tres mil quinientos pesos ($73.500.00), con destino a una Escuela Vocacional, en la zona de Robles
Al Municipio de Puerres (Nariño), con la cantidad de quince mil pesos ($15.000.00), con destino a la ampliación de la escuela urbana de niñas, y
Al Municipio de Carlosama (Nariño), con la suma de diez y ocho mil quinientos pesos ($18.500.00) con destino a la ampliación de la Escuela Urbana de niñas.
Artículo Segundo. Adiciónanse los computas líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1958, con la cantidad de doce millones cuatro mil novecientos un pesos con cuarenta centavos ($12.004901.47), moneda corriente, que debidamente certificada por el Contralor General de la República se incorpora con imputación a los numerales siguientes:
Rentas Ocasionales
(Certificado número 45, de julio de 1958, del Contralor General-Saldo).
| Numeral 109. Aporte de la "Cuenta Especial de Cambio" (artículo tercero de este Decreto legislativo número 0233) | $ | 210.000.00 |
|---|---|---|
Recursos del balance del Tesoro
| Numeral 122. Deposito provisional proveniente de consignación del Banco de la República, por concepto de recaudos del Impuesto de Timbre sobre operaciones de Cambio, correspondientes a la vigencia fiscal de 1957, según certificado número 1/344 del Tesorero General y número 49 del Contralor General, expedidos el 22 de julio y 11 de agosto del corriente año, respectivamente | 6.516.587.87 |
|---|---|
Recursos del Crédito
| Numeral 141. Emisión de pagarés en dólares de los Estados Unidos, con intereses del cinco por ciento (5%) anual, expedidos a favor de cada uno de los vendedores para financiar el ochenta por ciento (80%) del valor de la adquisición de equipos con destino a la reconstrucción, construcciones y pavimentación de carreteras nacionales, de acuerdo con los contratos celebrados con los vendedores respectivos conforme a la Ley 88 de 1931 y al Decreto legislativo número 1651 de 1955, y según certificado de disponibilidad número 46 expedido por el Contralor General de la Republica en el mes de julio último (US$942.556.00), al cambio del 5.60% | 5.278.313.60 | |
|---|---|---|
| Total de Recursos | $ | 12.004.901.47 |
Artículo tercero. Con base en los nuevos recursos fiscales que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1958:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Capítulo 030
Congreso Nacional.
| 001. Al artículo 0300 para remuneración y gastos de representación de los miembros del Congreso Nacional en el año | $ | 3.330.000.00 |
|---|---|---|
| 001. Al artículo 0301. Para sueldos de los empleados del Congreso Nacional, en cinco y medio meses | 295.587.87 | |
| 001. Al artículo 0305. Para compra de muebles, enseres y equipos mecánicos de oficina en el año | 460.000.00 | |
| 222. Al artículo 4970-C. Para entregar al tesorero Municipal de Ibagué, con destino exclusivo a la construcción y dotación de una Escuela Rural en el Corregimiento de "Las Delicias" | 10.000.00 | |
| 222. Al artículo 4970-H. Para entregar al Tesorero Municipal de Ibagué con destino exclusivo a la Construcción Escolar para Varones en el barrio de "La Francia" | 10.611.11 |
Departamento de Valle del Cauca
| 222. Al artículo 5028-B Para entregar a la C.V.C de Cali, con destino exclusivo a la construcción de una Escuela Vocacional en la zona rural de "Robles", Municipio de Jamundí (Valle del Cauca) | 73.111.11 |
|---|---|
Intendencia de La Guajira.
| 222. Al artículo 5029-A. Para entregar al Tesorero Municipal de San Juan de Cesar (Intendencia de la Guajira), con destino exclusivo a la construcción de una Escuela Rural en la fracción de "La Junta de Curazao" Corregimiento del mismo Municipio | 4.111.11 |
|---|---|
| Al artículo 5029-B. Para entregar al Tesorero Municipal de San Juan del Cesar (Intendencia de la Guajira), con destino exclusivo a la construcción de una escuela rural en el fracción de "Los Cardones" | 4.000.00 |
| 222. Al artículo 5029-C. Para entregar al Tesorero Municipal de San Juan del Cesar (Intendencia de la Guajira), con destino exclusivo a la construcción de una escuela rural en la fracción de "Caracolí" | 5.000.00 |
Intendencia del Meta.
| 222. Al artículo 5033/1. Para entregar al Tesorero Municipal de Granada (Intendencia del Meta), con destino exclusivo a la construcción de un edificio para Escuela Urbana de Varones | 36.555.56 |
|---|---|
| 222. al artículo 5033/2. Para entregar al Tesorero Municipal de Guamal (Intendencia del Meta), con destino exclusivo a la construcción de un edificio para Escuela Urbana ara Varones | 36.555.55 |
Casanare.
| 222. al artículo 5034-A. Para construcción y dotación de una escuela urbana para primaria en el Municipio de Trinidad (Casanare) | 14.000.00 |
|---|---|
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPI'TULO 594
Obras varias.
| 220. Al artículo 6026-C. Para entregar al Instituto de fomento Municipal, como aporte del Municipio de Jericó (Antioquia), para estudios, construcción y ensanche del acueducto | 73.111.11 | |
|---|---|---|
| 220. Al artículo 6026-D. Para entregar al instituto de Fomento Municipal, como aporte de los Municipios de Campo de la Cruz, Repelón y Luruaco (Departamento del Atlántico), para estudios y construcción del acueducto de cada uno de mencionados Municipios, a razón de $ 23.370.37 cada uno | 73.111.11 | |
| 220. Al artículo 6026-E. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de Paz de Ariporo (Antiguo Moreno, de Boyacá), con destino al acueducto de dicho Municipio | 14.555.00 | |
| 219. Al artículo 6026-F. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de Guadalupe (Huila), para las obras de alcantarillada Municipal | 14.000.00 | |
| 220. Al artículo 6026-G. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de Tarqui (Huila), para la obra del acueducto Municipal | 4.388.00 | |
| 219. Al artículo 6026-H. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de Pitalito (Huila), para la obra del alcantarillado municipal | 10.000.00 | |
| 219. Al artículo 6026-I. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de Timaná (Huila), para la obra del alcantarillado municipal | 8.000.00 | |
| 220. Al artículo 6026-J. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de Durania (Norte de Santander), para las obras de acueducto municipal | 10.000.00 | |
| 220. Al artículo 6026-K. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de Villa del Rosario (Norte de Santander), para la obra del acueducto municipal | 9.111.09 | |
| 220. Al artículo 6026-L. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del municipio de Silos (Norte de Santander), para la obra del acueducto municipal | 8.000.00 | |
| 220. Al artículo 6026-LL. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de Chitaga (Norte de Santander), para la obra del acueducto municipal | 2.000.00 | |
| 220. Al artículo 60526-M. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de Carmen de Ocaña (Norte de Santander), para la obra del acueducto municipal | 2.000.00 | |
| 220. Al artículo 6026-N. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de San Cayetano (Norte de Santander), para obra del acueducto municipal | 2.000.00 | |
| 219. Al artículo 6026-Ñ. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte de la ciudad de Cúcuta, para la obra del alcantarillado. | 40.000.00 | |
| 221. Al artículo 6026-O. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte del Municipio de Barrancabermeja y de San Vicente (Santander), por iguales partes, para construcción de sus obras de fomento | 36.555.55 | |
| 221. Al artículo 6026-P. Para entregar al Instituto de Fomento Municipal, como aporte de los Municipios de Guadalupe y Mogotes (Santander), por iguales partes, para atender a sus obras de fomento | 36.555.56 | |
| 349. Al artículo 6026-Q. Para entregar al Tesorero Municipal de Miraflores (Boyacá), con destino exclusivo a reparación de la Planta Eléctrica Municipal | 8.000.00 | |
| 249. Al artículo 6026-R. Para entregar al Tesorero Municipal de Silvia (Cauca), con destino exclusivo a la terminación de las obras de la Planta Eléctrica Municipal | 50.000.00 | |
| 220. al artículo 6026-RR. Para entregar al Tesorero Municipal de Caldono (Cauca), con destino a adquirir en compra para la ciudad mencionada el acueducto público de "Siberia" | 5.000.00 | |
| 249. Al artículo 6026-S. Para entregar al Tesorero Municipal de Barbacoas (Nariño), con destino exclusivo a la adquisición de una Planta Eléctrica para el servicio municipal | 40.000.00 | |
| 329. Al artículo 6026-T. Para reconstrucción de la iglesia parroquial de Ataco (Tolima) | 5.000.00 | |
| 202. Al artículo 6026-U. Para entregar al Ministerio de Obras Publicas o al Departamento del Choco, con destino a la construcción de la carretera Quibdó-Negua-Babarama-Bebara-Vegaes-Urrao (Ley 12 de 1949) | $ | 50.000.00 |
Capítulo 597-A.
Inversiones y Gastos con Recursos del Crédito
Carreteras Nacionales
Equipo.
| 202. Al artículo 6058-C. Para pagar en pagarés del cinco por ciento (5%) de interés anual, emitidos en dólares de los Estados Unidos, el ochenta por ciento (80%) del valor de la adquisición de equipos con destino a la reconstrucción, construcción y pavimentación de carreteras nacionales, de acuerdo con contratos celebrados con los respectivos vendedores, conforme a la Ley 88 de 1931 y al Decreto legislativo número 1651 de 1955, así: | 5.278.313.60 |
|---|---|
| I) A Maquinaria Industrial Limitada, en los pagarés números 1 a 7 por un total de US$ 203.488.00 al cambio del 5.60%, según contrato del 13 de septiembre de 1957, aclarado el 29 de noviembre del mismo año | 1.139.532.80 |
| II).A Casa Toro S.A., en los pagarés números 1 a 7, por un total de US$739.068.00 al cambio del 5.60%, según contrato de 2 de octubre de 1957 | 4.138.780.80 |
DEPARTAMENTO DE CONTRALORÍA
Capítulo 650
Fiscalización Presupuestal.
- a) Personal.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.