Por la cual se fijan asignaciones a funcionarios de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público, y se dictan otras disposiciones

Rango Ley
Publicación 1966-07-11
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. A partir de la vigencia de la presente Ley, señálanse las siguientes asignaciones a los funcionarios aquí indicados:
Artículo 2º. Los Jueces Municipales de la Clase "B", devengarán la cantidad de dos mil quinientos pesos mensuales ($ 2.500.00), los Jueces Municipales de la Clase "C", los Jueces de Instrucción Criminal adscritos a las Brigadas Militares, y los Jueces Territoriales, devengarán la cantidad de dos mil pesos mensuales, ($ 2.000.00), cuando no sean abogados titulados.
Artículo 3º. Para dar cumplimiento a la presente Ley, el Gobierno queda autorizado para abrir los créditos y verificar los traslados correspondientes en el Presupuesto de la actual vigencia.
Artículo 4º. La suma girada al Tesorero Municipal de Vélez, con destino a la construcción del edificio de educación primaria denominado "Instituto Kennedy", de conformidad con lo dispuesto sobre este particular en la respectiva apropiación presupuestal correspondiente a la vigencia fiscal de 1965, suma que permanece inmovilizada en la Tesorería de dicho Municipio por no haber tenido cumplimiento la finalidad prevista, se aplicará a la construcción del edificio destinado al Ateneo Cultural de Vélez.
Artículo 5º. Deróganse todas las disposiciones que sean contrarias a la presente Ley, la cual rige desde su sanción.

Dada en Bogotá, D.E., a los veintidós días del mes de junio de mil novecientos sesenta y seis.

El Presidente del honorable Senado,

EUGENIO GOMEZ GOMEZ

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

JAIME UCROS GARCIA

El Secretario del honorable Senado,

Amaury Guerrero.

El Secretario de la honorable Cámara de Representantes,

Luis Esparragoza Gálvez.

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Bogotá, D.E., julio 1º de 1966.

Publíquese y ejecútese.*

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Justicia,

Francisco Posada de la Peña.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Joaquín Vallejo Arbeláez.

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