por la cual se concede un auxilio para la terminación de la carretera de Usiacurí y se ordena su prolongación

Rango Ley
Publicación 1913-12-01
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1.° Concédese un auxilio de treinta mil pesos ($ 30,000) oro para la terminación del camino carretero de Barranquilla a Usiacurí.
Artículo 2.° El mencionado camino carretero se prolongara hasta Sabanalarga.
Artículo 3.° La suma de que trata esta Ley se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia, y se le cubrirá por mensualidades a la Junta de Fomento que funciona en la ciudad de Barranquilla, la que rendirá sus cuentas de acuerdo con las disposiciones fiscales.

Dada en Bogotá a siete de Noviembre de mil novecientos trece.

El Presidente del Senado,

José J. de la Roche

El Presidente de la Cámara de Representantes,

Miguel Abadía Méndez

El Secretario del Senado,

Julio H. Palacio

El Secretario de La Cámara De Representantes,

Daniel J. Reyes

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 22 de 1913.

Publíquese y Ejecútese

CARLOS E. RESTREPO

El Ministerio de Obras Públicas,

simon ARAUJO

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