por la cual se establece el Reglamento Nacional Taurino

Rango Ley
Publicación 2004-11-26
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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“El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. El presente reglamento tiene por objeto la regulación de la preparación, organización y desarrollo de los espectáculos taurinos y de las actividades relacionadas con los mismos, en garantía de los derechos e intereses del público y de cuantos intervienen en aquellos. Los espectáculos taurinos son considerados como una expresión artística del ser humano.
Artículo 2°. Lo previsto en el presente reglamento será de aplicación general en todo el territorio nacional.
Artículo 3°.Clasificación de las plazas de toros. Los recintos para las celebraciones de espectáculos taurinos se clasifican en:

A. Plazas de toros permanentes

B. Plazas de toros no permanentes (polideportivos, coliseos)

Artículo 4°.Plaza de toros permanentes. Son plazas de toros permanentes aquellos edificios o recintos específica o preferentemente construidos para la celebración de espectáculos taurinos.
Artículo 5°.Dimensiones. El ruedo de las plazas permanentes tendrá un diámetro de 55 metros, nunca inferior a 33 metros.

Las barreras con una altura de 1.60 metros se ajustarán en sus materiales, estructura y disposición a los usos tradicionales y contarán con un mínimo de tres puertas de hoja doble y cuatro burladeros equidistantes entre sí.

Entre la barrera y el muro de sustentación de los tendidos existirá un callejón de anchura suficiente para los servicios propios del espectáculo.

El muro de sustentación de los tendidos tendrá una altura no inferior a 2.20 metros.

En las plazas de carácter histórico, en las que no sea técnicamente posible adaptarlas a las disposiciones precedentes, se instalará al menos un burladero para cada una de las cuadrillas actuantes.

Artículo 6°.Dependencias. Las plazas de toros permanentes de Primera Categoría habrán de contar con un mínimo de tres corrales, comunicados entre sí y dotados de burladeros, pasillos y medios de seguridad adecuados para realizar las operaciones necesarias para el reconocimiento, apartado y enchiqueramiento de las reses, así como de una báscula para su pesaje. Uno al menos de los corrales estará comunicado con los chiqueros y otro con la plataforma de embarque de las reses.

Dispondrán igualmente de un mínimo de ocho chiqueros, comunicados entre sí y construidos de manera que facilite la maniobra con las reses en las debidas condiciones de seguridad.

Existirá igualmente un patio de caballos, con entrada directa a la vía pública y comunicación, igualmente directa, con el ruedo, así como un número suficiente de caballos, dotados de las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas, y dependencias para la guardia y custodia de los útiles y enseres necesarios para el espectáculo.

También existirá un patio de arrastre que comunicará a un desolladero higiénico, dotado de agua corriente y desagües, así como un departamento veterinario equipado de los medios e instrumentos precisos para la realización, en su caso, de los reconocimientos o la toma de muestras que sean necesarias conforme a lo previsto en el presente reglamento.

Artículo 7°.Plazas de toros no permanentes. Se consideran plazas de toros no permanentes, para los efectos del presente reglamento, los edificios o recintos que, no teniendo como fin principal la celebración de espectáculos taurinos, sean habilitados y autoriza dos singular o temporalmente para ellos.

La solicitud de autorización irá acompañada del correspondiente proyecto de habilitación del recinto, que reunirá en todo caso las medidas de seguridad e higiene precisas para garantizar la realización del espectáculo taurino, así como la posterior utilización del recinto para sus fines propios sin riesgo alguno para las personas y las cosas.

La autorización correspondiente será otorgada por el Alcalde del municipio, previo informe favorable del Secretario de Obras Públicas o de la persona que desempeñe sus funciones. La autorización será denegada si el proyecto de habilitación del recinto no ofreciese las garantías de seguridad e higiene que requiere en todo caso este tipo de espectáculos.

Artículo 8°.Plazas portátiles. Son plazas de toros portátiles las construidas con elementos desmontables y trasladables, de estructura metálica o de madera con la solidez debida para la celebración de espectáculos taurinos. Deberán reunir las siguientes condiciones mínimas de instalaciones:

A. El espacio destinado al ruedo dispondrá de barrera y burladeros reglamentarios. Si careciese de barrera, el número de burladeros reglamentarios se incrementará, de modo que no exista entre ellos un espacio superior a ocho metros.

B. El diámetro del ruedo no será inferior a 28 metros en las plazas que en el futuro se construyan.

Artículo 9°. Las plazas o recintos cuyo uso habitual sea la suelta de vaquillas o becerros para aficionados prácticos y las plazas destinadas a escuelas taurinas deberán reunir las siguientes condiciones mínimas de instalaciones:

A. El espacio destinado al ruedo dispondrá de barrera y burladeros reglamentarios. Si careciese de barrera, el número de burladeros reglamentarios se incrementará, de modo que no exista entre ellos un espacio superior a ocho metros.

B. El diámetro del ruedo no será inferior a 25 metros.

Artículo 10.Clasificación de las plazas de toros permanentes. Las plazas de toros permanentes se clasifican, por su tradición o en razón del número o clase de espectáculos taurinos que se celebran en las mismas, en tres categorías.

Serán plazas de primera categoría:

Plaza de toros de “Santa María” de Bogotá.

Plaza de toros de “Cañaveralejo” de Cali.

Plaza de toros “Monumental” de Manizales.

Plaza de toros de Cartagena de Indias.

Plaza de toros “La Macarena” de Medellín, y las que se construyan con capacidad superior a diez mil espectadores.

Las plazas de toros de las capitales de los departamentos, no incluidas en el inciso anterior, así como las de las siguientes ciudades, se consideran de segunda categoría:

Plaza de toros “Agustín Barona” de Palmira (Valle).

Plaza de toros “Francisco Villamil Londoño” de Popayán-Cauca.

Plaza de toros “La Pradera” de Sogamoso (Boyacá).

Plaza de toros “Chinácota” de Chinácota.

Plaza de toros “César Rincón” de Duitama (Boyacá).

Plaza de toros de Pamplona (Norte de Santander).

Plaza de toros de Armenia (Quindío) y las que se construyan con capacidad superior a 3.000 espectadores, y menos de 10.000.

Las restantes plazas quedarán incluidas en las de tercera categoría, quedando en todo caso las no permanentes y las portátiles sometidas a las normas específicas que le sean de aplicación.

Las plazas permanentes de nueva construcción serán clasificadas atendiendo los mismos criterios.

En las plazas de 1° categoría solo podrán lidiarse reses de pura casta.

Artículo 11. Asistencia médica. Los organizadores de los espectáculos taurinos deberán garantizar a los profesionales participantes en los espectáculos taurinos la asistencia médica que fuere precisa frente a los accidentes que puedan sufrir con ocasión de la celebración de los mismos y únicamente durante los mismos. A tal efecto la alcaldía dictará las normas a las que habrán de ajustarse los servicios médico-quirúrgicos, estableciendo los requisitos, condiciones y exigencias mínimas de tales servicios, así como las disposiciones, de este orden, que habrán de observarse para la organización y celebración de espectáculos taurinos.

Dicha regulación tendrá en cuenta, en todo caso, la posible existencia de equipos médico-quirúrgicos permanentes y temporales o móviles estableciendo su composición, condiciones de locales y material con que deberán estar dotados.

Dicha asistencia médica contará con la presencia de cuatro (4) médicos especialistas, así: un cirujano, un anestesiólogo, un cardiólogo y un traumatólogo.

Artículo 12. Definiciones. Para la aplicación e interpretación de este Reglamento, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

Afeitado. Acción y efecto de despuntar los cuernos a los toros de lidia, arreglando y disimulando la operación con el fin de aminorar el riesgo de los toreros. Además de cortar los cuernos, se recortan los pelos del testuz para disimular la merma en la dimensión de las astas, de ahí el vocablo.

Albardada. Dícese del toro cuando los pelos del lomo, siendo de color más claro que el resto del cuerpo, están extendidos, dibujando la silueta de una albarda.

Alguacilillos. Cada uno de los alguaciles que en las plazas de toros preceden a la cuadrilla durante el paseo, uno de los cuales recibe la llave del toril. El alguacilillo representa a la autoridad en el paseíllo, despeja la plaza y tiene funciones en el callejón.

Alternativa. Acto por el cual un matador de toros eleva a un novillero a la misma categoría, entregándole, en el curso de la corrida, la muleta y el estoque para que ejecute la faena en su lugar. Ceremonia: la entrega de muleta y estoque se realiza antes de iniciarse el último tercio de la lidia del toro de la alternativa, con arreglo al siguiente ceremonial: el padrino se dirige al neófito llevando en la mano izquierda la muleta recogida y sobre ella el estoque, formando un aspa, y en la derecha la montera. Al aproximarse ambos se descubre también el toricantano, a quien el matador suele dirigir unas frases de aliento, deseándole suerte, canjeando seguidamente muleta y estoque por el capote que él su, abrazándose y dándose la mano, para seguidamente realizar el nuevo matador la faena de muleta y dar muerte a su toro.

Apartado. Acción de encerrar a las reses en los chiqueros antes de la corrida.

Areneros. El mozo que en la plaza iguala el piso después de la lidia de cada toro.

Arpón. El remate de las banderillas que consiste en una piedra de hierro afilada provistas de otras menores que salen en dirección contraria para que al hundirse prenda e impida su caída.

Astas. Cuerno.

Banderillero. Torero que pone banderillas.

Barrenar. La acción del espada o picador que, al introducir el estoque o la puya en el cuerpo del toro revuelven el instrumento y forcejean para hacerlo penetrar más.

Barrera. Valla que circunda el coso donde se lidian los toros / También el espacio o callejón comprendido entre la valla que rodea el ruedo y las localidades del público. / La primera fila del tendido.

Burladero. Es el sitio del ruedo para que los lidiadores se protejan de la acometida del toro, o se coloquen para estar atentos durante la actuación del espada. En el callejón es el lugar destinado al personal que no interviene directamente en la lidia.

Cabestro. Buey manso y domesticado que suele llevar cencerro y sirve de guía para el manejo del ganado bravo.

Callejón. Espacio existente entre la barrera de tablas que circula la plaza, y el muro donde comienzan los tendidos.

Capote. Tela de fibra sintética con mucho cuerpo. La parte que se ofrece al toro es la de color fucsia, y el interior en amarillo. Se le da rigidez con baños de goma.

Chiquero. Cada uno de los compartimentos del toril en los que los astados están encerrados antes de comenzar la corrida. Se aplica también a las instalaciones que con ese fin tienen las plazas de las dehesas.

Cuadrilla. Conjunto de tres peones y dos picadores contratados por un matador para la temporada taurina, lo que conforma la cuadrilla fija/La que forman los mozos para correr los toros en las calles./La que forman los capas para ir a torear a las fiestas de las aldeas y pueblos/La que forman con niños torerillos profesionales del mundo taurino, cuando su precocidad permite su explotación económica.

Despitorradas. El toro astillado que conserva parte de la punta de los cuernos y no se ha hecho totalmente hebras.

Descabella r. Usar el estoque propio para esta suerte de recurso que se ejecuta al colocar la punta del mismo en medio de los anillos que forman la médula espinal.

Desolladero. Sitio donde se le quita la piel del cuerpo del toro o de alguno de sus miembros.

Diestro. Torero de a pie. / Un toro diestro es el que tiene tendencia a coger y herir con el cuerno derecho.

Divisas. Lazo de cintas de colores con que se distinguen en la lidia los toros de cada ganadería.

Emboladas. La res vacuna a la que se colocan bolas u otro artificio en las puntas de los cuernos, que impidan el que hiera con ellos.

Embroque. El momento en que el toro se introduce en el terreno del torero, de manera que si este no se moviera le alcanzaría la cornada.

Enchiqueramiento. Encerrar las reses en los chiqueros.

Eral. La res que ha cumplido los dos años.

Escantillón. Regla, plantilla o patrón.

Escobillados. Toro cuyas defensas se han abierto en la punta con pequeñas astillas en forma de escobas.

Espada. Arma blanca, larga, recta, aguda y cortante./ Se utiliza para designar al torero que mata al toro con la espada.

Estoque. Espada de matar toros.

Farpa. Banderilla de metro y medio de largo, de madera quebradiza. De origen portugués, se emplea en el toreo a pie y a caballo.

Hormigón. Se llama así al toro que tiene una o las dos astas sin punta a consecuencia de una enfermedad conocida vulgarmente con el nombre de hormiguillo.

Lidia. El conjunto de suertes que de forma ordenada dan sentido a la corrida.

Lidiador. Persona que lidia, torero, que domina la técnica del toreo y conoce al toro.

Matador. El espada o diestro.

Mogones. Toro que tiene rota y roma una de las astas o ambas a la vez.

Monosabio. Mozo que ayuda al picador en la plaza.

Montera. Sombrero que utilizan toreros y subalternos. Hasta el siglo XIX se utilizaba el sombrero de tres picos, y a partir de entonces se usa la montera, confeccionada con un tejido rizoso muy semejante al cabello.

Mozo de espada. Persona que sostiene y provee al torero de muleta y espada durante el desarrollo de la faena.

Muleta. Es el engaño que se usa para el último tercio de la lidia. Suele ser de franela y se sujeta con un palillo de 50 centímetros llamado estaquillador.

Mulilleros. Personas responsables de las mulas que retiran al toro muerto del ruedo.

Novillero. Diestro que lidia novillos, preparando su aprendizaje para tomar la alternativa como matador de toros.

Novillo astillado. Novillo con el pitón deshecho en astillas por un golpe.

Peto. Lona acolchada que se pone a los caballos de picar para su protección.

Picador. Es el torero a caballo de la cuadrilla encargado de cubrir la pica del toro.

Pinchazo. Intento frustrado de clavar la espada en el toro.

Pitones. Extremo superior del asta del toro.

Puntillero. Persona que utiliza pequeña daga para matar al toro que ya dobló.

Puya. Punta acerada que en una extremidad tienen las varas o garrochas de los picadores y vaqueros, con la cual estimulan o castigan a las reses. Garrocha o vara con puya.

Quites. Distraer al toro cuando tiene a su merced a un torero. También se llama así al conjunto de suertes ejecutadas después de sacar al toro de varas.

Rejoneador. Torero a caballo.

Rejoneo. Se denomina así al torear a caballo, y especialmente, a herir al toro con el rejón, quebrándoselo por la muesca que tiene cerca de la punta.

Ruedo. La arena de la plaza. Donde se desarrolla la lidia. Tiene dos anillos concéntricos Pintados sobre la arena, que hay que respetar según el Reglamento.

Sobresalientes de espadas. Diestro que ha sido banderillero, y ahora es novillero, que en alguna corrida se anuncia para que sustituya a los espadas en caso de necesidad.

Sorteo. Acción de sortear los toros la mañana de la corrida. Su propulsor fue Luis Mazzantini en 1981.

Suerte. Cada uno de los lances de la lidia.

Tapar la salida de la res. Cuando el picador impide la salida natural de un toro.

Tercio. Cada una de las tres etapas -vara, banderillas, muerte- en que se divide la corrida.

Trapío. El trapío es uno de los conceptos más usados y menos comprendidos de la actualidad. Por definición, es un concepto que recoge múltiples características del toro: no se puede hablar de trapío sin observar la procedencia de cada toro, la ganadería a la que pertenece, su genética incluso. El trapío es particular y no una causa común definitoria sólo en los reconocimientos. Uniformar el trapío es uniformar al toro, o sea, uniformar la fiesta, las plazas, los públicos... El trapío ha de resaltar la procedencia del toro, su encaste, su ganadería, observando la rusticidad del toro pero también su característica de animal bajo y fino. Trapío es armonía, nunca los kilos. Trapío no son los pitones sino la seriedad del conjunto, su lustre, sus hechuras. Existirán varios trapíos según exigencias de cada plaza y según las posibilidades de cada procedencia. Existe el trapío en situación inmóvil y en movilidad (un toro puede aumentar su seriedad por una embestida brava y encastada). El exceso de peso ha sacado de tipo a muchas de las ganaderías actuales, desaforando a sus toros en función de los gustos de algunos sectores de ciertas plazas.

Varilarguero. Picador.

Artículo 13.Clases de espectáculos taurinos. Para los efectos de este reglamento los espectáculos y festejos taurinos se clasifican en:

A. Corridas de toros, Son en las que, por matadores de toros profesionales, se lidiarán toros entre cuatro y siete años en la forma y con los requisitos exigidos en este reglamento.

B. Novilladas con picadores. Son en las que por matadores de novillos toros (novilleros) profesionales, se lidian novillos de edades de tres a cuatro años en la misma forma exigida de las corridas de toros.

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