por la cual se honra la memoria de un eximio ciudadano

Rango Ley
Publicación 1923-12-03
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

considerando:

1º. Que el 31 de diciembre último dejo de existir en esta ciudad el señor General don Arístides Fernández, quien consagro gran parte de su vida al bien de la Republica, presentando importantes servicios en varios ramos del Poder Ejecutivo, especialmente en la Gobernación de Cundinamarca, en la Dirección General de la Policía Nacional y en los Ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra, puestos en los cuales la huella de su inteligencia y probidad fue luminosa.

2º. Que coopero con sus eficaces esfuerzos a la pacificación del país en la guerra de los tres años.

DECRETA:

ARTICULO 1°. Deplorase como acontecimiento infausto para la Patria la muerte del señor General don Arístides Fernández.
ARTICULO 2°. Reconocense los importantes servicios prestados por el al país.
ARTICULO 3°. Como demostración de gratitud nacional se levantara en el cementerio de esta ciudad un monumento de mármol que guardara los restos del mencionado General, y un retrato suyo, al óleo, se colocara en el salón principal del Ministerio de Guerra. Tanto el monumento como el retrato tendrán la siguiente inscripción:

"Al General Arístides Fernández.

La Nación agradecida."

ARTICULO 4°. Destinase para estas obras la suma de doce mil pesos ($12,000) que se considerara incluida en el Presupuesto de gastos de la actual vigencia.
ARTICULO 5°. Desde la sanción de la presente Ley, la señora doña Sara Jaramillo, viuda del General Arístides Fernández, y sus dos señoritas hijas menores, Isabel y Margarita Fernández, disfrutaran de una pensión mensual de cien pesos ($ 100), en las mismas condiciones que determina la Ley 20 de 1916 para las familias de los Generales Prospero Pinzón y Rafael Uribe Uribe.

PARAGRAFO. La suma de que trata el artículo 4o se entregara a la señora viuda de Fernández, para los efectos consiguientes.

ARTICULO 6°. Esta ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a veintitrés de noviembre de mil novecientos veintitrés.

El Presidente del Senado.

ARCADIO CHARRY,

El presidente de la Cámara de Representantes,

JOSE M. BECERRA CABAL,

El Secretario del Senado,

JULIO D. PORTOCARRERO,

El Secretario de la Cámara de Representantes,

FERNANDO RESTREPO BRICEÑO.

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 27 de 1923.

Publíquese y ejecútese.

PEDRO NEL OSPINA.

El Secretario del Ministerio de Gobierno encargado del Despacho,

Pablo Emilio Jurado O.

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