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por el cual aumenta una pensión

Texto vigente a fecha 1970-01-02

El Consejo Nacional Legislativo,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 11 de 1875 concedió una pensión de ochenta pesos ($ 80) a la señora Concepción Arvelo de Quevedo y a las señoritas Concepción y Carolina, esposa e hijas legitimas del Sargento Mayor de la Independencia Sr. Nicolás Quevedo Rachadell, en virtud de los servicios que presto a dicha causa;

Que la señora madre y una de las señoritas han fallecido, y que la señorita Carolina se encuentra en estado de suma pobreza sin poder procurarse la subsistencia,

DECRETA

Artículo 1°. Aumentase a veinte pesos $(20) mensuales la pensión de la señorita Carolina Quevedo Arévalo, al efecto de que goce de cuarenta pesos $(40) mensuales desde la expedición de esta ley.

Dada en Bogotá, a veintisiete de Mayo de mil ochocientos ochenta y siete.

El Presidente, M. A. CARO. El Vicepresidente, JOSE MARIA RUBIO FRADE. El Secretario, Manuel Brigard. El Secretario, Roberto de Narváez.

Gobierno Ejecutivo.- Bogotá, Mayo 28 de 1887.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) ELISEO PAYAN.

El Ministro de Instrucción Pública, Encargado del Despacho del Tesoro,

CARLOS MARTINEZ SILVA.