que ordena un gasto y concede una exención
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Art. 1° Destínase del Tesoro Nacional la suma de dos mil quinientos pesos ($2,500) para el gasto de traslación de los restos mortales del General D. Lázaro María Pérez desde París á esta ciudad.
Parágrafo. Esta suma será entregada á la señora Ana Orrantia de Pérez.
Art. 2° Concédese exención de los derechos de importación para el túmulo que la expresada señora Orrantia de Pérez traerá á fin de depositar en él los restos mortales del General Lázaro María Pérez.
Art. 3° La suma de que habla el artículo 1.° de esta Ley, se incluirá en el Presupuesto Gastos para la próxima vigencia de 1897 y 1898.
Dada en Bogotá, á 13 de Noviembre de 1896.
El Presidente del Senado, BELISARIO PEÑA. -El Presidente de la Cámara de Representantes, IGNACIO PALÁU. -El Secretario del Senado, Camilo Sánchez. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo.-Bogotá, 14 de Noviembre de 1896. -Publíquese y ejecútese.-(L. S.) M. A. CARO - El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho del Tesoro, ANTONIO ROLDÁN.
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