por la cual se ordena la prolongación de unas calles en el Municipio de Bogotá

Rango Ley
Publicación 1914-11-27
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso De Colombia

DECRETA :

Artículo único. El Gobierno procederá a dictar las providencias del caso para que el Municipio de Bogotá lleve a cabo la prolongación de la calle sexta (6ª) y carrera doce (12) del mismo Municipio, tomando para la primera, el terreno necesario del lote de propiedad nacional situado en el encuentro de la carrera doce (12 ) con el antiguo cauce del rio San Agustín; y para la segunda, osea la carrera, el terreno necesario del lote de la misma propiedad nacional, situado en la carrera doce (12) entre las calles cuarta (4.ª) y quinta (5.ª) al costado occidental de la mencionada carrera (antiguo Hospital Militar).

Dada en Bogotá a 21 de noviembre de mil novecientos catorce.

El Presidente del Senado,

MANUEL DAVILA FLOREZ

El Presidente de la Cámara de Representantes,

R QUIJANO GOMEZ

El Secretario del Senado,

Carlos Tamayo

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Fernando Restrepo Briceño

Poder Ejecutivo Bogotá, noviembre 24 de 1914

Publíquese y Ejecútese.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Gobierno,

MIGUEL ABADIA MENDEZ

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.