Por la cual se crea una Notaría
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Crease una Notaria en el Municipio de San Carlos (Antioquia), con jurisdicción en el mismo Municipio, y que se segrega del actual Circuito de San Rafael, en el Departamento de Antioquia.
Artículo 2°. La Superintendencia Nacional de Notariado y Registro se encargara de dotar la Notaria que se crea por el artículo anterior, y de proveer su oportuno funcionamiento.
Artículo 3°. Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a 12 de diciembre de 1960.
El Presidente del Senado,
GERMAN ZEA HERNANDEZ.
El Presidente de la Cámara,
GUSTAVO BALCAZAR MONZON.
El Secretario del Senado,
Manuel Roca Castellanos.
El Secretario de la Cámara,
Álvaro Ayala Murcia.
República de Colombia - Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., diciembre 28 de 1960.
Publíquese y ejecútese.
ALBERTO LLERAS.
El Ministro de Justicia,
Vicente Laverde Aponte.
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