Por la cual se crean unas Notarías en el Departamento de Antioquia

Rango Ley
Publicación 1964-01-28
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Créase una Notaría en el Municipio de Valdivia (Antioquia), con jurisdicción en el mismo Municipio, y que se segrega del actual Circuito Notarial de Yarumal, en el mismo Departamento.
Artículo 2°. Créase una Notaría en el Municipio de Itagüí (Antioquia), con jurisdicción en el mismo Municipio, y que se segrega del actual Circuito Notarial de Medellín, en el mismo Departamento.
Artículo 3°. Créase una Notaría en el Municipio de San Jerónimo (Antioquia), con jurisdicción en el mismo Municipio, y que se segrega del actual Circuito Notarial de Sopetrán, en el mismo Departamento.
Artículo 4°. La Superintendencia Nacional de Notariado y Registro, proveerá a la dotación de los Despachos Notariales que se crean por la presente Ley, y se encargará de lo conducente a su oportuno funcionamiento.
Artículo 5°. Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a 13 de noviembre de 1963.

El Presidente del Senado,

ARISTIDES PAZ VIERA.

El Presidente de la Cámara,

ALFONSO SUAREZ DE CASTRO.

El Secretario del Senado,

Néstor Eduardo Niño Cruz.

El Secretario de la Cámara,

Néstor Urbano Tenorio.

República de Colombia.- Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., diciembre 28 de 1963.

Publíquese y ejecútese.

GUILLERMO LEON VALENCIA.

El Ministro de Justicia, Alfredo Araújo Grau.

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