Por la cual se auxilia la reconstrucción del templo parroquial de Suaza (Huila)

Rango Ley
Publicación 1961-10-28
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1.° La Nación contribuye con la cantidad de doscientos mil pesos para la reconstrucción del templo parroquial de la cabecera del Municipio de Suaza, en el Departamento del Huila,
Artículo 2.° La anterior Cantidad se incluirá en los Presupuestos da las dos próximas vigencias por partes iguales, y se entregará a la Parroquia de Suaza.
Artículo 3.° Esta Ley regirá desde su promulgación.

Dada en Bogotá, D. E., a cuatro de octubre de mil novecientos sesenta y uno.

El Presidente del Senado,

armando l. fuentes.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

luis alfonso delgado

El Secretario del Senado,

José Manuel Hurtado Lozano

El Secretaria da la Cámara de Representantes,

Alberto Paz Córdoba.

República de Colombia. - Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., octubre 24 de 1961.

Publiquese y ejecútese.

ALBERTO LLERAS.

EL Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Misael Pastrana Borrero.

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