Por la cual se cede un edificio a la Universidad del Cauca y se auxilia la construcción de la Cárcel del Circuito de Popayán

Rango Ley
Publicación 1941-12-04
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° Cuando se concluya el edificio que construye la Nación en Popayán, destinado a la segunda enseñanza, el Gobierno hará el traspaso del mismo, en propiedad, a la Universidad del Cauca. Si, en desarrollo de la Ley 49 de 1939, la Nación diere el edificio como garantía de la deuda, el traspaso se verificará inmediatamente quede libertado aquél.
ARTICULO 2° Auxíliase con la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00) la construcción del edificio de la Cárcel del Circuito de Popayán.
ARTICULO 3° La suma que se expresa en el artículo anterior se incluirá en la Ley de Apropiaciones de la próxima vigencia, y en caso de que no se incluyere, el Gobierno podrá efectuar los traslados correspondientes, abrir créditos y llevar a término todas las operaciones financieras necesarias para dar

Cumplida ejecución a esta Ley.

ARTICULO 4° Esta ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a veintiuno de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno.

El Presidente del Senado, CARLOS TIRADO MACIAS. El presidente de la Cámara de Representantes, SANTIAGO LONDOÑO- El Secretario del Senado, José Umaña Bernal-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo-Bogotá, 28 de noviembre de 1941.

Publíquese y Ejecútese,

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Jorge GARTNER

El Ministro de Educación Nacional,

Juan LOZANO Y LOZANO

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