Que autoriza al Poder Ejecutivo para transijir con el Encargado de Negocios de Francia una cuestión proveniente de una acreencia de un ciudadano de aquella Nación
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
DECRETA:
Art. 1.° Autorízase al Poder Ejecutivo para que transija con el señor Encargado de Negocios de Francia las reclamaciones pendientes con motivo de una jestion del señor baron Goury du Rosian para que se le pague el valor de un suministro que hizo en ganado al Gobierno de la estinguida Confederacion Granadina.
Art. 2.° Para el pago del cargo que resulte contra la República por virtud de la transaccion que se celebre, el Poder Ejecutivo tendrá presentes las circunstancias del Tesoro; i si éstas no le permitieren que el pago se haga en dinero, podrá espedir documentos de renta al portador por el valor de la transaccion.
Art. 3.º El convenio que se haga no necesita de ulterior aprobación del Congreso.
Dada en Bogotá, a dos de junio de mil ochocientos setenta i tres.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, M. Plata Azuero.
El Presidente de la Cámara de Representantes, José Maria Maldonado N.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, Julio E. Pérez.
El Secretario de la Cámara de Representantes, José María Quijano Otero.
Bogotá, 4 de junio de 1873.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) M. MURILLO.
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores, Jil Colunje.
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