por la cual se confiere una autorización al Gobierno Nacional

Rango Ley
Publicación 1919-12-17
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1° Derogado
Artículo 2° Derogado
Artículo 3° Derogado
Artículo 4° Derogado
Artículo 5° Derogado

Dada en Bogotá a once de diciembre de mil novecientos diez y nueve.

El Presidente del Senado ALEJANDROGARCIA. El Presidente de la Cámara de Representantes, FELIX SALAZAR J. El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrrero - El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo - Bogotá, diciembre 12 de 1919.

Publíquese y ejecútese.

MARCO FIDEL SUAREZ - El Ministro del Tesoro, encargado del Despacho de Obras Públicas, Esteban JARAMILLO.

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