El Congreso de Colombia
DECRETA:
Art 1.° Derogado
Art 2.° Derogado
Art 3.° Derogado
Art 4.° Derogado
Art 5.° Derogado
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) M. A. CARO.
El Ministro de Gobierno,
A. B. CUERVO.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) M. A. CARO.
El Ministro de Gobierno,
A. B. CUERVO.