Que aprueba ciertas estipulaciones sobre canje de producciones literarias i científicas
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
decreta:
Art. único. Apruébanse las estipulaciones, sobre canje de producciones literarias i científicas, contenidas en el protocolo de una conferencia celebrada en Santiago de Chile, el 10 de junio de 1872, entro el Cónsul jeneral de la República i el Ministro de Relaciones Esteriores de Chile.
Dada en Bogotá, a cuatro de junio de mil ochocientos setenta i tres.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, M. Plata Azuero.
El Presidente de la Cámara de Representantes, Carlos Sáenz.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, Julio E. Pérez.
El Secretario de la Cámara de Representantes, José María Quijano Otero.
Bogotá, 5 de junio de 1873.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) M. MURILLO.
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores, Jil Colunje.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.