Orden de 30 de octubre de 1985 por la que se fijan tarifas especiales para los envíos postales de impresos de propaganda electoral

Rango Orden
Publicación 1985-10-31
Estado Vigente
Departamento Presidencia del Gobierno
Fuente BOE
artículos 3
Historial de reformas JSON API

Excelentísimos señores:

El artículo 59 de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, dispone que por Orden se fijarán tarifas especiales para los envíos postales de propaganda electoral.

En atención a las circunstancias concurrentes y con el fin de facilitar la participación en el derecho de sufragio reconocido a todos los españoles en el artículo 23 de la Constitución, se estima conveniente mantener las tarifas postales establecidas en la Orden de 3 de mayo de 1977, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 106, de 4 del mismo mes.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Transportes, Turismo y Comunicaciones, esta Presidencia del Gobierno ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

Las tarifas especiales para los envíos postales de propaganda electoral serán las establecidas en la Orden de la Presidencia del Gobierno de 3 de mayo de 1977.

Artículo 2.

Se faculta a los Ministerios de Economía y Hacienda y de Transportes, Turismo y Comunicaciones para dictar en el ámbito de sus respectivas competencias, cuantos actos y disposiciones sean necesarios para el desarrollo y cumplimiento de la presente Orden.

Artículo 3.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 30 de octubre de 1985.

MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ

Excmos. Sres. Ministros de Economía y Hacienda y de Transportes, Turismo y Comunicaciones.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.