Real Decreto 312/2005, de 18 de marzo, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego
| Producto | Clase (1) |
|---|---|
| Chapas de cubierta de acero revestido de plastisol Como se especifican a continuación y cuando se incorporan en un sistema de cubiertas de una sola capa o de varias capas como se detalla a continuación | BROOF (t1) BROOF (t2) BROOF (t3) |
| Sistemas de cubiertas de conformidad con las normas UNE-EN 14782:2006 y UNE-EN 14783:2006, que incluyen chapas de acero perfiladas, chapas de acero planas o paneles de acero galvanizado revestido en continuo o de acero revestido de una aleación de cinc y aluminio de un grosor metálico ≥ 0,40 mm con un revestimiento exterior orgánico (lado expuesto al exterior) y, como opción, un revestimiento orgánico sobre el lado contrario (interior). El revestimiento exterior está compuesto de una capa de pintura plastisol líquido de un grosor nominal máximo de película seca de 0,200 mm, un PCS no superior a 8,0 MJ/m2 y una masa seca máxima de 330 g/m2. El revestimiento orgánico del lado contrario (en su caso) tiene un PCS no superior a 4,0 MJ/m2 y una masa seca máxima de 200 g/m2. Sistema de cubierta de una sola capa, que incluye una cubierta no aislada de revestimiento único sobre una estructura portante (raíles continuos o discontinuos) perteneciente a la clase A2-s1, d0 o mejor. Sistema de cubierta de varias capas, en el que las chapas de cubierta de acero revestido de plastisol forman una capa exterior de un conjunto de capas, en el que la estructura portante pertenece a la clase de reacción al fuego A2-s1, d0 o mejor y en el que inmediatamente debajo de la chapa de acero revestido de plastisol se encuentra una capa aislante perteneciente a la clase de reacción al fuego A2-s1, d0 o mejor. Dicho aislamiento deberá ser lana mineral sin revestimiento de acuerdo con la norma UNE-EN 13162 y constará de fibra de vidrio de una densidad mínima de 10 kg/m3 (contenido nominal máximo de resina: 5 % en función del peso) y de un grosor ≥ 80 mm, o de lana de piedra de una densidad mínima de 25 kg/m3 (contenido nominal máximo de resina: 3,5 % en función del peso) y de un grosor ≥ 80 mm. Juntas. Si el revestimiento superior contiene junturas, deberán ser como sigue: — Chapa de perfil trapezoidal: los recubrimientos laterales deberán llevar una juntura montada de al menos una nervadura y los recubrimientos longitudinales serán de un mínimo de 100 mm. — Chapa ondulada sinusoidal: los recubrimientos laterales deberán llevar una juntura montada de al menos 1,5 ondulaciones y los recubrimientos longitudinales serán de un mínimo de 100 mm. — Chapas/paneles planos: los recubrimientos laterales y longitudinales serán de un mínimo de 100 mm. — Sistemas de unión engrapada con bordes levantados: las junturas de recubrimiento lateral deberán llevar una costura vertical solapada o cubierta engrapada suficiente para garantizar un contacto continuo e inmediato entre las chapas y proporcionar una juntura estanca al agua; en su caso, las junturas de recubrimiento longitudinal deberán ser de un mínimo de 100 mm. Sellantes. Deberá ser de mastique butílico o similar con una densidad nominal de 1 500 a 1 700 kg/m3 aplicado en débito continuo dentro de la zona cubierta de la juntura a un índice aproximado de 45 g/m lineal. Fijaciones. Las chapas de cubierta se fijarán a la estructura portante mediante fijaciones mecánicas de metal capaces de proporcionar estabilidad estructural a la construcción de la cubierta con fijaciones mecánicas de metal adicionales para garantizar un contacto continuo e inmediato entre las chapas y proporcionar junturas estancas al agua. | Sistemas de cubiertas de conformidad con las normas UNE-EN 14782:2006 y UNE-EN 14783:2006, que incluyen chapas de acero perfiladas, chapas de acero planas o paneles de acero galvanizado revestido en continuo o de acero revestido de una aleación de cinc y aluminio de un grosor metálico ≥ 0,40 mm con un revestimiento exterior orgánico (lado expuesto al exterior) y, como opción, un revestimiento orgánico sobre el lado contrario (interior). El revestimiento exterior está compuesto de una capa de pintura plastisol líquido de un grosor nominal máximo de película seca de 0,200 mm, un PCS no superior a 8,0 MJ/m2 y una masa seca máxima de 330 g/m2. El revestimiento orgánico del lado contrario (en su caso) tiene un PCS no superior a 4,0 MJ/m2 y una masa seca máxima de 200 g/m2. Sistema de cubierta de una sola capa, que incluye una cubierta no aislada de revestimiento único sobre una estructura portante (raíles continuos o discontinuos) perteneciente a la clase A2-s1, d0 o mejor. Sistema de cubierta de varias capas, en el que las chapas de cubierta de acero revestido de plastisol forman una capa exterior de un conjunto de capas, en el que la estructura portante pertenece a la clase de reacción al fuego A2-s1, d0 o mejor y en el que inmediatamente debajo de la chapa de acero revestido de plastisol se encuentra una capa aislante perteneciente a la clase de reacción al fuego A2-s1, d0 o mejor. Dicho aislamiento deberá ser lana mineral sin revestimiento de acuerdo con la norma UNE-EN 13162 y constará de fibra de vidrio de una densidad mínima de 10 kg/m3 (contenido nominal máximo de resina: 5 % en función del peso) y de un grosor ≥ 80 mm, o de lana de piedra de una densidad mínima de 25 kg/m3 (contenido nominal máximo de resina: 3,5 % en función del peso) y de un grosor ≥ 80 mm. Juntas. Si el revestimiento superior contiene junturas, deberán ser como sigue: — Chapa de perfil trapezoidal: los recubrimientos laterales deberán llevar una juntura montada de al menos una nervadura y los recubrimientos longitudinales serán de un mínimo de 100 mm. — Chapa ondulada sinusoidal: los recubrimientos laterales deberán llevar una juntura montada de al menos 1,5 ondulaciones y los recubrimientos longitudinales serán de un mínimo de 100 mm. — Chapas/paneles planos: los recubrimientos laterales y longitudinales serán de un mínimo de 100 mm. — Sistemas de unión engrapada con bordes levantados: las junturas de recubrimiento lateral deberán llevar una costura vertical solapada o cubierta engrapada suficiente para garantizar un contacto continuo e inmediato entre las chapas y proporcionar una juntura estanca al agua; en su caso, las junturas de recubrimiento longitudinal deberán ser de un mínimo de 100 mm. Sellantes. Deberá ser de mastique butílico o similar con una densidad nominal de 1 500 a 1 700 kg/m3 aplicado en débito continuo dentro de la zona cubierta de la juntura a un índice aproximado de 45 g/m lineal. Fijaciones. Las chapas de cubierta se fijarán a la estructura portante mediante fijaciones mecánicas de metal capaces de proporcionar estabilidad estructural a la construcción de la cubierta con fijaciones mecánicas de metal adicionales para garantizar un contacto continuo e inmediato entre las chapas y proporcionar junturas estancas al agua. |
(1) Clases de comportamiento ante un fuego exterior contempladas en el cuadro 2.1.-1 de este anexo Il.
CUADRO 2.2.-3
CLASES DE COMPORTAMIENTO ANTE UN FUEGO EXTERIOR DE LOS PANELES SÁNDWICH PARA CUBIERTAS CON RECUBRIMIENTO METÁLICO POR AMBAS CARAS
| Producto(1) | Información del producto | Material de núcleo aislante con densidad mínima | Clase(2) |
|---|---|---|---|
| Paneles sándwich para cubiertas con revestimiento de acero, acero inoxidable o aluminio | De conformidad con la norma EN 145091 | PUR 35 kg/m3 o MW (lamellas) 80 kg/m3 o MW (paneles) 110 kg/m3 | BROOF (t1) BROOF (t2) BROOF (t3) |
(1) Paneles con revestimiento externo metálico perfilado, con:
— grosor mínimo de 0,4 mm, para revestimientos de acero y acero inoxidable;
— grosor mínimo de 0,9 mm, para revestimientos de aluminio;
— en cada juntura longitudinal entre dos paneles, un solapamiento del revestimiento externo metálico que se extienda por encima de la parte superior y, como mínimo, 15 mm por la cara opuesta, o bien una cobertura metálica que cubra completamente la parte superior, o bien una junta de plegado metálica saliente en la juntura;
— en cada juntura transversal entre dos paneles, un solapamiento del revestimiento externo metálico de un mínimo de 75 mm;
— un revestimiento contra la intemperie, compuesto de pintura de PVC líquida de un espesor nominal máximo de película seca de 0,200 mm, un PCS no superior a 8,0 MJ/m2 y una masa seca máxima de 300 g/m2; o una capa delgada de pintura con valores inferiores a los indicados anteriormente;
— clasificación mínima de comportamiento frente al fuego de D-s3, d0 sin protección en el borde, con arreglo a la norma UNE-EN 13501-1:2002.
(2) Clasificación con arreglo a lo establecido en el cuadro 2.1.-1 del anexo II.
Símbolos utilizados: PUR = poliuretano; MW = lana mineral; PVC = cloruro de polivinilo; PCS = poder calorífico superior.
Se modifica por el art. único.7 del Real Decreto 110/2008, de 1 de febrero. Ref. BOE-A-2008-2388.
ANEXO III. Clasificación en función de las características de resistencia al fuego de los elementos y productos de construcción
NOTA: este anexo se corresponde con el contenido de la Decisión 2000/367/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, por la que se aplica la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que respecta a la clasificación de las propiedades de resistencia al fuego de los productos de construcción, las obras de construcción y los elementos de estos, modificada por la Decisión 2003/629/CE de la Comisión.
3.1 Los elementos constructivos, productos o sistemas que aparecen en las tablas que figuran a continuación se clasificarán de acuerdo con las clases de resistencia al fuego establecidas, mediante la aplicación de las correspondientes normas.
3.2 Las definiciones, ensayos y criterios de comportamiento pertinentes se describen detalladamente o se citan en las normas de producto correspondiente.
3.3 En las tablas de los diferentes productos se indican las normas de aplicación correspondientes con el código de norma UNE-EN o UNE-EN-ISO cuando ya están disponibles, o con el código EN o EN-ISO, a título informativo, cuando no lo están. En este segundo caso, la norma será de aplicación cuando esté disponible.
Símbolos:
| R | Capacidad portante. |
|---|---|
| E | Integridad. |
| I | Aislamiento. |
| W | Radiación. |
| M | Acción mecánica. |
| C | Cierre automático. |
| S | Estanqueidad al paso de humos. |
| P o HP | Continuidad de la alimentación eléctrica o d la transmisión de la señal. |
| G | Resistencia a la combustión de hollines. |
| K | Capacidad de protección contra incendios. |
| D | Duración de la estabilidad a temperatura constante. |
| DH | Duración de la estabilidad considerando la curva normalizada tiempo-temperatura. |
| F | Funcionalidad de los extractores mecánicos de humo y calor. |
| B | Funcionalidad de los extractores pasivos de humo y calor. |
NOTA: las clasificaciones siguientes están expresadas en minutos, a no ser que se especifique otra forma.
CLASIFICACIONES
Elementos portantes sin funciones de separación contra el fuego
| Productos | Paredes, suelos, tejados, vigas, columnas, balcones, escaleras, pasarelas. | Paredes, suelos, tejados, vigas, columnas, balcones, escaleras, pasarelas. | Paredes, suelos, tejados, vigas, columnas, balcones, escaleras, pasarelas. | Paredes, suelos, tejados, vigas, columnas, balcones, escaleras, pasarelas. | Paredes, suelos, tejados, vigas, columnas, balcones, escaleras, pasarelas. | Paredes, suelos, tejados, vigas, columnas, balcones, escaleras, pasarelas. | Paredes, suelos, tejados, vigas, columnas, balcones, escaleras, pasarelas. | Paredes, suelos, tejados, vigas, columnas, balcones, escaleras, pasarelas. | Paredes, suelos, tejados, vigas, columnas, balcones, escaleras, pasarelas. | Paredes, suelos, tejados, vigas, columnas, balcones, escaleras, pasarelas. |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365, partes 1 a 4:2000; EN 1365-5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365, partes 1 a 4:2000; EN 1365-5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365, partes 1 a 4:2000; EN 1365-5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365, partes 1 a 4:2000; EN 1365-5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365, partes 1 a 4:2000; EN 1365-5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365, partes 1 a 4:2000; EN 1365-5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365, partes 1 a 4:2000; EN 1365-5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365, partes 1 a 4:2000; EN 1365-5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365, partes 1 a 4:2000; EN 1365-5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365, partes 1 a 4:2000; EN 1365-5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| R | 15 | 20 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | 360 |
| Comentarios | – | – | – | – | – | – | – | – | – | – |
Elementos portantes con funciones de separación contra el fuego
| Productos | Paredes | Paredes | Paredes | Paredes | Paredes | Paredes | Paredes | Paredes | Paredes | Paredes |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| RE | 20 | 30 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | 360 | ||
| REI | 15 | 20 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | 360 |
| REI-M | 30 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | 360 | |||
| REW | 20 | 30 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | 360 | ||
| Comentarios | – | – | – | – | – | – | – | – | – | – |
| Productos | Suelos y cubiertas | Suelos y cubiertas | Suelos y cubiertas | Suelos y cubiertas | Suelos y cubiertas | Suelos y cubiertas | Suelos y cubiertas | Suelos y cubiertas | Suelos y cubiertas | Suelos y cubiertas |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-2:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-2:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-2:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-2:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-2:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-2:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-2:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-2:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-2:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1365-2:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| R | 30 | |||||||||
| RE | 20 | 30 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | 360 | ||
| REI | 15 | 20 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | 360 |
| Comentarios | – | – | – | – | – | – | – | – | – | – |
Productos y sistemas de protección de los elementos o partes portantes de las obras
| Productos | Techos sin resistencia intrínseca al fuego |
|---|---|
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; ENV 13381-1 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación: se define en los mismos términos que los elementos portantes protegidos. | Clasificación: se define en los mismos términos que los elementos portantes protegidos. |
| Comentarios | Si cumplen los requisitos relativos al fuego «seminatural», se añadirá el símbolo «sn» a la clasificación. |
| Productos | Productos |
| --- | --- |
| Norma(s) | Norma(s) |
| Clasificación: se define en los mismos términos que los elementos portantes protegidos. | Clasificación: se define en los mismos términos que los elementos portantes protegidos. |
| Comentarios | – |
Elementos no portantes o partes de obras y productos de estas partes
| Productos | Particiones (incluidas las que tienen partes no aisladas). | Particiones (incluidas las que tienen partes no aisladas). | Particiones (incluidas las que tienen partes no aisladas). | Particiones (incluidas las que tienen partes no aisladas). | Particiones (incluidas las que tienen partes no aisladas). | Particiones (incluidas las que tienen partes no aisladas). | Particiones (incluidas las que tienen partes no aisladas). | Particiones (incluidas las que tienen partes no aisladas). | Particiones (incluidas las que tienen partes no aisladas). | Particiones (incluidas las que tienen partes no aisladas). |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-1:2000; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : - | Clasificación : - | Clasificación : - | Clasificación : - | Clasificación : - | Clasificación : - | Clasificación : - | Clasificación : - | Clasificación : - | Clasificación : - | Clasificación : - |
| E | 20 | 30 | 60 | 90 | 120 | |||||
| El | 15 | 20 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | |
| El-M | 30 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | ||||
| EW | 20 | 30 | 60 | 90 | 120 | |||||
| Comentarios | – | – | – | – | – | – | – | – | – | – |
| Productos | Techos con resistencia intrínseca al fuego. | Techos con resistencia intrínseca al fuego. | Techos con resistencia intrínseca al fuego. | Techos con resistencia intrínseca al fuego. | Techos con resistencia intrínseca al fuego. | Techos con resistencia intrínseca al fuego. | Techos con resistencia intrínseca al fuego. | Techos con resistencia intrínseca al fuego. | Techos con resistencia intrínseca al fuego. | Techos con resistencia intrínseca al fuego. |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1364-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| EI | 15 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | ||
| Comentarios | La clasificación se completa con «(a → b)», «(b → a)» ó «(a ↔ b)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo superiores o inferiores o ambos. | La clasificación se completa con «(a → b)», «(b → a)» ó «(a ↔ b)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo superiores o inferiores o ambos. | La clasificación se completa con «(a → b)», «(b → a)» ó «(a ↔ b)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo superiores o inferiores o ambos. | La clasificación se completa con «(a → b)», «(b → a)» ó «(a ↔ b)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo superiores o inferiores o ambos. | La clasificación se completa con «(a → b)», «(b → a)» ó «(a ↔ b)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo superiores o inferiores o ambos. | La clasificación se completa con «(a → b)», «(b → a)» ó «(a ↔ b)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo superiores o inferiores o ambos. | La clasificación se completa con «(a → b)», «(b → a)» ó «(a ↔ b)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo superiores o inferiores o ambos. | La clasificación se completa con «(a → b)», «(b → a)» ó «(a ↔ b)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo superiores o inferiores o ambos. | La clasificación se completa con «(a → b)», «(b → a)» ó «(a ↔ b)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo superiores o inferiores o ambos. | La clasificación se completa con «(a → b)», «(b → a)» ó «(a ↔ b)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo superiores o inferiores o ambos. |
| Productos | Fachadas (muros-cortina) y muros exteriores (incluidos elementos de vidrio). | Fachadas (muros-cortina) y muros exteriores (incluidos elementos de vidrio). | Fachadas (muros-cortina) y muros exteriores (incluidos elementos de vidrio). | Fachadas (muros-cortina) y muros exteriores (incluidos elementos de vidrio). | Fachadas (muros-cortina) y muros exteriores (incluidos elementos de vidrio). | Fachadas (muros-cortina) y muros exteriores (incluidos elementos de vidrio). | Fachadas (muros-cortina) y muros exteriores (incluidos elementos de vidrio). | Fachadas (muros-cortina) y muros exteriores (incluidos elementos de vidrio). | Fachadas (muros-cortina) y muros exteriores (incluidos elementos de vidrio). | Fachadas (muros-cortina) y muros exteriores (incluidos elementos de vidrio). |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1364-4, 5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1364-4, 5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1364-4, 5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1364-4, 5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1364-4, 5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1364-4, 5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1364-4, 5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1364-4, 5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1364-4, 5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1364-4, 5, 6; EN 1992-1, 2; EN 1993-1, 2; EN 1994-1, 2; EN 1995-1, 2; EN 1996-1, 2; EN 1999-1, 2 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| E | 15 | 30 | 60 | 90 | 120 | |||||
| El | 15 | 30 | 60 | 90 | 120 | |||||
| EW | 20 | 30 | 60 | |||||||
| Comentarios | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo de interior o de exterior o ambos. En caso necesario, la estabilidad mecánica indica que ningún desprendimiento de partes puede causar daños personales durante el plazo previsto para la clasificación E ó El. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo de interior o de exterior o ambos. En caso necesario, la estabilidad mecánica indica que ningún desprendimiento de partes puede causar daños personales durante el plazo previsto para la clasificación E ó El. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo de interior o de exterior o ambos. En caso necesario, la estabilidad mecánica indica que ningún desprendimiento de partes puede causar daños personales durante el plazo previsto para la clasificación E ó El. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo de interior o de exterior o ambos. En caso necesario, la estabilidad mecánica indica que ningún desprendimiento de partes puede causar daños personales durante el plazo previsto para la clasificación E ó El. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo de interior o de exterior o ambos. En caso necesario, la estabilidad mecánica indica que ningún desprendimiento de partes puede causar daños personales durante el plazo previsto para la clasificación E ó El. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo de interior o de exterior o ambos. En caso necesario, la estabilidad mecánica indica que ningún desprendimiento de partes puede causar daños personales durante el plazo previsto para la clasificación E ó El. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo de interior o de exterior o ambos. En caso necesario, la estabilidad mecánica indica que ningún desprendimiento de partes puede causar daños personales durante el plazo previsto para la clasificación E ó El. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo de interior o de exterior o ambos. En caso necesario, la estabilidad mecánica indica que ningún desprendimiento de partes puede causar daños personales durante el plazo previsto para la clasificación E ó El. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo de interior o de exterior o ambos. En caso necesario, la estabilidad mecánica indica que ningún desprendimiento de partes puede causar daños personales durante el plazo previsto para la clasificación E ó El. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento ha sido probado y cumple los requisitos sólo de interior o de exterior o ambos. En caso necesario, la estabilidad mecánica indica que ningún desprendimiento de partes puede causar daños personales durante el plazo previsto para la clasificación E ó El. |
| Productos | Suelos elevados. | Suelos elevados. | Suelos elevados. | Suelos elevados. | Suelos elevados. | Suelos elevados. | Suelos elevados. | Suelos elevados. | Suelos elevados. | Suelos elevados. |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-6 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-6 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-6 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-6 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-6 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-6 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-6 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-6 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-6 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-6 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| R | 15 | 30 | ||||||||
| RE | 30 | |||||||||
| REI | 30 | |||||||||
| Comentarios | La clasificación se completa añadiendo el sufijo «f» para indicar resistencia plena al fuego o «r» para indicar la resistencia únicamente a la exposición a una temperatura constante. | La clasificación se completa añadiendo el sufijo «f» para indicar resistencia plena al fuego o «r» para indicar la resistencia únicamente a la exposición a una temperatura constante. | La clasificación se completa añadiendo el sufijo «f» para indicar resistencia plena al fuego o «r» para indicar la resistencia únicamente a la exposición a una temperatura constante. | La clasificación se completa añadiendo el sufijo «f» para indicar resistencia plena al fuego o «r» para indicar la resistencia únicamente a la exposición a una temperatura constante. | La clasificación se completa añadiendo el sufijo «f» para indicar resistencia plena al fuego o «r» para indicar la resistencia únicamente a la exposición a una temperatura constante. | La clasificación se completa añadiendo el sufijo «f» para indicar resistencia plena al fuego o «r» para indicar la resistencia únicamente a la exposición a una temperatura constante. | La clasificación se completa añadiendo el sufijo «f» para indicar resistencia plena al fuego o «r» para indicar la resistencia únicamente a la exposición a una temperatura constante. | La clasificación se completa añadiendo el sufijo «f» para indicar resistencia plena al fuego o «r» para indicar la resistencia únicamente a la exposición a una temperatura constante. | La clasificación se completa añadiendo el sufijo «f» para indicar resistencia plena al fuego o «r» para indicar la resistencia únicamente a la exposición a una temperatura constante. | La clasificación se completa añadiendo el sufijo «f» para indicar resistencia plena al fuego o «r» para indicar la resistencia únicamente a la exposición a una temperatura constante. |
| Productos | Sistemas de obturación de penetraciones de cables y tuberías. | Sistemas de obturación de penetraciones de cables y tuberías. | Sistemas de obturación de penetraciones de cables y tuberías. | Sistemas de obturación de penetraciones de cables y tuberías. | Sistemas de obturación de penetraciones de cables y tuberías. | Sistemas de obturación de penetraciones de cables y tuberías. | Sistemas de obturación de penetraciones de cables y tuberías. | Sistemas de obturación de penetraciones de cables y tuberías. | Sistemas de obturación de penetraciones de cables y tuberías. | Sistemas de obturación de penetraciones de cables y tuberías. |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-3, 4 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-3, 4 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-3, 4 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-3, 4 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-3, 4 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-3, 4 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-3, 4 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-3, 4 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-3, 4 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-3, 4 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| E | 15 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | ||
| El | 15 | 20 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | |
| Comentarios | – | – | – | – | – | – | – | – | – | – |
| Productos | Puertas y elementos practicables cortafuegos (incluidos los que tienen partes acristaladas y herrajes) y sus dispositivos de cierre. | Puertas y elementos practicables cortafuegos (incluidos los que tienen partes acristaladas y herrajes) y sus dispositivos de cierre. | Puertas y elementos practicables cortafuegos (incluidos los que tienen partes acristaladas y herrajes) y sus dispositivos de cierre. | Puertas y elementos practicables cortafuegos (incluidos los que tienen partes acristaladas y herrajes) y sus dispositivos de cierre. | Puertas y elementos practicables cortafuegos (incluidos los que tienen partes acristaladas y herrajes) y sus dispositivos de cierre. | Puertas y elementos practicables cortafuegos (incluidos los que tienen partes acristaladas y herrajes) y sus dispositivos de cierre. | Puertas y elementos practicables cortafuegos (incluidos los que tienen partes acristaladas y herrajes) y sus dispositivos de cierre. | Puertas y elementos practicables cortafuegos (incluidos los que tienen partes acristaladas y herrajes) y sus dispositivos de cierre. | Puertas y elementos practicables cortafuegos (incluidos los que tienen partes acristaladas y herrajes) y sus dispositivos de cierre. | Puertas y elementos practicables cortafuegos (incluidos los que tienen partes acristaladas y herrajes) y sus dispositivos de cierre. |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1634-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1634-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1634-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1634-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1634-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1634-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1634-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1634-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1634-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1634-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| E | 15 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | ||
| El | 15 | 20 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | |
| EW | 20 | 30 | 60 | |||||||
| Comentarios | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. La adición del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de admisión/rechazo) (1). | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. La adición del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de admisión/rechazo) (1). | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. La adición del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de admisión/rechazo) (1). | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. La adición del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de admisión/rechazo) (1). | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. La adición del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de admisión/rechazo) (1). | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. La adición del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de admisión/rechazo) (1). | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. La adición del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de admisión/rechazo) (1). | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. La adición del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de admisión/rechazo) (1). | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. La adición del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de admisión/rechazo) (1). | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. La adición del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de admisión/rechazo) (1). |
(1) La clasificación C podría ser complementada por los dígitos 0 a 5 de acuerdo con la categoría de uso. Los detalles serán incluidos en las especificaciones técnicas del producto.
| Productos | Puertas corta-humos. |
|---|---|
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1634-3:2001 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación: S200 o Ss, según las condiciones de la prueba cumplidas. | Clasificación: S200 o Ss, según las condiciones de la prueba cumplidas. |
| Comentarios | La adición del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de admisión/rechazo) (1). |
(1) La clasificación C podría ser complementada por los dígitos 0 a 5 de acuerdo con la categoría de uso. Los detalles serán incluidos en las especificaciones técnicas del producto.
| Productos | Cierres para sistemas transportadores y de transporte por carriles. | Cierres para sistemas transportadores y de transporte por carriles. | Cierres para sistemas transportadores y de transporte por carriles. | Cierres para sistemas transportadores y de transporte por carriles. | Cierres para sistemas transportadores y de transporte por carriles. | Cierres para sistemas transportadores y de transporte por carriles. | Cierres para sistemas transportadores y de transporte por carriles. | Cierres para sistemas transportadores y de transporte por carriles. | Cierres para sistemas transportadores y de transporte por carriles. | Cierres para sistemas transportadores y de transporte por carriles. |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-7 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-7 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-7 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-7 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-7 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-7 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-7 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-7 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-7 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 1366-7 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| E | 15 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | ||
| El | 15 | 20 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | |
| EW | 20 | 30 | 60 | |||||||
| Comentarios | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. Se generará una clasificación I en los casos en que la muestra de ensayo sea una configuración de tubería o de conducto sin evaluación del cierre para el sistema transportador. La inclusión del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de rechazo/admisión) (1) | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. Se generará una clasificación I en los casos en que la muestra de ensayo sea una configuración de tubería o de conducto sin evaluación del cierre para el sistema transportador. La inclusión del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de rechazo/admisión) (1) | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. Se generará una clasificación I en los casos en que la muestra de ensayo sea una configuración de tubería o de conducto sin evaluación del cierre para el sistema transportador. La inclusión del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de rechazo/admisión) (1) | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. Se generará una clasificación I en los casos en que la muestra de ensayo sea una configuración de tubería o de conducto sin evaluación del cierre para el sistema transportador. La inclusión del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de rechazo/admisión) (1) | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. Se generará una clasificación I en los casos en que la muestra de ensayo sea una configuración de tubería o de conducto sin evaluación del cierre para el sistema transportador. La inclusión del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de rechazo/admisión) (1) | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. Se generará una clasificación I en los casos en que la muestra de ensayo sea una configuración de tubería o de conducto sin evaluación del cierre para el sistema transportador. La inclusión del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de rechazo/admisión) (1) | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. Se generará una clasificación I en los casos en que la muestra de ensayo sea una configuración de tubería o de conducto sin evaluación del cierre para el sistema transportador. La inclusión del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de rechazo/admisión) (1) | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. Se generará una clasificación I en los casos en que la muestra de ensayo sea una configuración de tubería o de conducto sin evaluación del cierre para el sistema transportador. La inclusión del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de rechazo/admisión) (1) | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. Se generará una clasificación I en los casos en que la muestra de ensayo sea una configuración de tubería o de conducto sin evaluación del cierre para el sistema transportador. La inclusión del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de rechazo/admisión) (1) | La clasificación I se completa con el sufijo «1» ó «2» para indicar la definición de aislamiento utilizada. Se generará una clasificación I en los casos en que la muestra de ensayo sea una configuración de tubería o de conducto sin evaluación del cierre para el sistema transportador. La inclusión del símbolo «C» indica que el producto también cumple el criterio de «cierre automático» (prueba de rechazo/admisión) (1) |
(1) La clasificación C podría ser complementada por los dígitos 0 a 5 de acuerdo con la categoría de uso. Los detalles serán incluidos en las especificaciones técnicas del producto.
| Productos | Conductos y patinillos para instalaciones y servicios. | Conductos y patinillos para instalaciones y servicios. | Conductos y patinillos para instalaciones y servicios. | Conductos y patinillos para instalaciones y servicios. | Conductos y patinillos para instalaciones y servicios. | Conductos y patinillos para instalaciones y servicios. | Conductos y patinillos para instalaciones y servicios. | Conductos y patinillos para instalaciones y servicios. | Conductos y patinillos para instalaciones y servicios. | Conductos y patinillos para instalaciones y servicios. |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1366-5:2004 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1366-5:2004 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1366-5:2004 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1366-5:2004 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1366-5:2004 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1366-5:2004 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1366-5:2004 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1366-5:2004 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1366-5:2004 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; UNE-EN 1366-5:2004 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| E | 15 | 20 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | |
| El | 15 | 20 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | |
| Comentarios | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos externos o internos o bien ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos externos o internos o bien ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos externos o internos o bien ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos externos o internos o bien ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos externos o internos o bien ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos externos o internos o bien ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos externos o internos o bien ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos externos o internos o bien ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos externos o internos o bien ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos externos o internos o bien ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. |
| Productos | Chimeneas. | |||||||||
| --- | --- | |||||||||
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; EN 13216 (véase apartado 3.3 de este anexo). | |||||||||
| Clasificación: G + distancia en milímetros (por ejemplo G 50). | Clasificación: G + distancia en milímetros (por ejemplo G 50). | |||||||||
| Comentarios | Distancia no requerida para productos empotrados. | |||||||||
| Productos | Revestimientos de paredes y techos. | Revestimientos de paredes y techos. | Revestimientos de paredes y techos. | Revestimientos de paredes y techos. | Revestimientos de paredes y techos. | Revestimientos de paredes y techos. | Revestimientos de paredes y techos. | Revestimientos de paredes y techos. | Revestimientos de paredes y techos. | Revestimientos de paredes y techos. |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| Norma(s) | UNE-EN 13501-2:2004; EN 14135 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 14135 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 14135 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 14135 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 14135 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 14135 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 14135 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 14135 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 14135 (véase apartado 3.3 de este anexo). | UNE-EN 13501-2:2004; EN 14135 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : | Clasificación : | Clasificación : | Clasificación : | Clasificación : | Clasificación : | Clasificación : | Clasificación : | Clasificación : | Clasificación : | Clasificación : |
| K1 | 10 | |||||||||
| K2 | 10 | 30 | 60 | |||||||
| Comentarios | Los sufijos «1» y «2» indican los substratos, los criterios de comportamiento ante el fuego y las normas de extensión utilizadas en esta clasificación. | Los sufijos «1» y «2» indican los substratos, los criterios de comportamiento ante el fuego y las normas de extensión utilizadas en esta clasificación. | Los sufijos «1» y «2» indican los substratos, los criterios de comportamiento ante el fuego y las normas de extensión utilizadas en esta clasificación. | Los sufijos «1» y «2» indican los substratos, los criterios de comportamiento ante el fuego y las normas de extensión utilizadas en esta clasificación. | Los sufijos «1» y «2» indican los substratos, los criterios de comportamiento ante el fuego y las normas de extensión utilizadas en esta clasificación. | Los sufijos «1» y «2» indican los substratos, los criterios de comportamiento ante el fuego y las normas de extensión utilizadas en esta clasificación. | Los sufijos «1» y «2» indican los substratos, los criterios de comportamiento ante el fuego y las normas de extensión utilizadas en esta clasificación. | Los sufijos «1» y «2» indican los substratos, los criterios de comportamiento ante el fuego y las normas de extensión utilizadas en esta clasificación. | Los sufijos «1» y «2» indican los substratos, los criterios de comportamiento ante el fuego y las normas de extensión utilizadas en esta clasificación. | Los sufijos «1» y «2» indican los substratos, los criterios de comportamiento ante el fuego y las normas de extensión utilizadas en esta clasificación. |
Productos utilizados en sistemas de ventilación (excluidos los sistemas de extracción de calor y humo)
| Productos | Conductos de ventilación. | Conductos de ventilación. | Conductos de ventilación. | Conductos de ventilación. | Conductos de ventilación. | Conductos de ventilación. | Conductos de ventilación. | Conductos de ventilación. | Conductos de ventilación. | Conductos de ventilación. |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Norma(s) | EN 13501-3; UNE-EN 1366-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-1:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| El | 15 | 20 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | |
| E | 30 | 60 | ||||||||
| Comentarios | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos exteriores, interiores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede usarse en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ajusta a una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos exteriores, interiores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede usarse en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ajusta a una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos exteriores, interiores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede usarse en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ajusta a una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos exteriores, interiores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede usarse en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ajusta a una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos exteriores, interiores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede usarse en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ajusta a una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos exteriores, interiores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede usarse en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ajusta a una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos exteriores, interiores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede usarse en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ajusta a una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos exteriores, interiores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede usarse en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ajusta a una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos exteriores, interiores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede usarse en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ajusta a una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar si el elemento se ha probado y cumple los requisitos exteriores, interiores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede usarse en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ajusta a una restricción suplementaria de fugas. |
| Productos | Cierres contraincendios (reguladores de tiro contra incendios). | Cierres contraincendios (reguladores de tiro contra incendios). | Cierres contraincendios (reguladores de tiro contra incendios). | Cierres contraincendios (reguladores de tiro contra incendios). | Cierres contraincendios (reguladores de tiro contra incendios). | Cierres contraincendios (reguladores de tiro contra incendios). | Cierres contraincendios (reguladores de tiro contra incendios). | Cierres contraincendios (reguladores de tiro contra incendios). | Cierres contraincendios (reguladores de tiro contra incendios). | Cierres contraincendios (reguladores de tiro contra incendios). |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| Norma(s) | EN 13501-3; UNE-EN 1366-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 1366-2:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| El | 15 | 20 | 30 | 45 | 60 | 90 | 120 | 180 | 240 | |
| E | 15 | 30 | 60 | 90 | 120 | |||||
| Comentarios | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar que el elemento ha sido probado y cumple los criterios interiores, exteriores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ha cumplido una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar que el elemento ha sido probado y cumple los criterios interiores, exteriores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ha cumplido una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar que el elemento ha sido probado y cumple los criterios interiores, exteriores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ha cumplido una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar que el elemento ha sido probado y cumple los criterios interiores, exteriores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ha cumplido una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar que el elemento ha sido probado y cumple los criterios interiores, exteriores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ha cumplido una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar que el elemento ha sido probado y cumple los criterios interiores, exteriores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ha cumplido una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar que el elemento ha sido probado y cumple los criterios interiores, exteriores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ha cumplido una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar que el elemento ha sido probado y cumple los criterios interiores, exteriores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ha cumplido una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar que el elemento ha sido probado y cumple los criterios interiores, exteriores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ha cumplido una restricción suplementaria de fugas. | La clasificación se completa con «(i → o)», «(o → i)» ó «(i ↔ o)» para indicar que el elemento ha sido probado y cumple los criterios interiores, exteriores o ambos. Además, los símbolos «ve» y/o «ho» indican que el elemento puede utilizarse adecuadamente en sentido vertical y/o horizontal. La inclusión del símbolo «S» indica que se ha cumplido una restricción suplementaria de fugas. |
Productos utilizados en las instalaciones técnicas
| Productos | Cables eléctricos y de fibras ópticas y accesorios; conductos y sistemas de cables resistentes al fuego. | Cables eléctricos y de fibras ópticas y accesorios; conductos y sistemas de cables resistentes al fuego. | Cables eléctricos y de fibras ópticas y accesorios; conductos y sistemas de cables resistentes al fuego. | Cables eléctricos y de fibras ópticas y accesorios; conductos y sistemas de cables resistentes al fuego. | Cables eléctricos y de fibras ópticas y accesorios; conductos y sistemas de cables resistentes al fuego. | Cables eléctricos y de fibras ópticas y accesorios; conductos y sistemas de cables resistentes al fuego. | Cables eléctricos y de fibras ópticas y accesorios; conductos y sistemas de cables resistentes al fuego. | Cables eléctricos y de fibras ópticas y accesorios; conductos y sistemas de cables resistentes al fuego. | Cables eléctricos y de fibras ópticas y accesorios; conductos y sistemas de cables resistentes al fuego. | Cables eléctricos y de fibras ópticas y accesorios; conductos y sistemas de cables resistentes al fuego. |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Norma(s) | EN 13501-3 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| P | 15 | 30 | 60 | 90 | 120 | |||||
| Comentarios | – | – | – | – | – | – | – | – | – | – |
| Productos | Cables o sistemas de cableado de pequeño diámetro utilizados para la alimentación eléctrica o la transmisión de señal (de un diámetro inferior a 20 mm y conductores inferiores a 2.5 mm2). | Cables o sistemas de cableado de pequeño diámetro utilizados para la alimentación eléctrica o la transmisión de señal (de un diámetro inferior a 20 mm y conductores inferiores a 2.5 mm2). | Cables o sistemas de cableado de pequeño diámetro utilizados para la alimentación eléctrica o la transmisión de señal (de un diámetro inferior a 20 mm y conductores inferiores a 2.5 mm2). | Cables o sistemas de cableado de pequeño diámetro utilizados para la alimentación eléctrica o la transmisión de señal (de un diámetro inferior a 20 mm y conductores inferiores a 2.5 mm2). | Cables o sistemas de cableado de pequeño diámetro utilizados para la alimentación eléctrica o la transmisión de señal (de un diámetro inferior a 20 mm y conductores inferiores a 2.5 mm2). | Cables o sistemas de cableado de pequeño diámetro utilizados para la alimentación eléctrica o la transmisión de señal (de un diámetro inferior a 20 mm y conductores inferiores a 2.5 mm2). | Cables o sistemas de cableado de pequeño diámetro utilizados para la alimentación eléctrica o la transmisión de señal (de un diámetro inferior a 20 mm y conductores inferiores a 2.5 mm2). | Cables o sistemas de cableado de pequeño diámetro utilizados para la alimentación eléctrica o la transmisión de señal (de un diámetro inferior a 20 mm y conductores inferiores a 2.5 mm2). | Cables o sistemas de cableado de pequeño diámetro utilizados para la alimentación eléctrica o la transmisión de señal (de un diámetro inferior a 20 mm y conductores inferiores a 2.5 mm2). | Cables o sistemas de cableado de pequeño diámetro utilizados para la alimentación eléctrica o la transmisión de señal (de un diámetro inferior a 20 mm y conductores inferiores a 2.5 mm2). |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| Norma(s) | EN 13501-3; UNE-EN 50200:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 50200:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 50200:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 50200:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 50200:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 50200:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 50200:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 50200:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 50200:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). | EN 13501-3; UNE-EN 50200:2000 (véase apartado 3.3 de este anexo). |
| Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – | Clasificación : – |
| PH | 15 | 30 | 60 | 90 | 120 | |||||
| Comentarios | – | – | – | – | – | – | – | – | – | – |
Productos utilizados en sistemas de control de calor y humo
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