Resolución de 21 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos y Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dictan criterios de actuación en materia de suspensión de la ejecución de los actos impugnados mediante recursos y reclamaciones y de relación entre los Tribunales Económico-Administrativos y la Agencia Estatal de Administración Tributaria
A partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» la presente Resolución sustituye a la Resolución de 1 de junio de 1996, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dictan instrucciones en materia de suspensión de la ejecución de los actos impugnados en vía administrativa.
Madrid, 21 de diciembre de 2005.–El Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos y Presidente de la AEAT, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.
Sr. Presidente del Tribunal Económico-Administrativo Central y Sr. Director General de la AEAT.
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