Orden PRE/1480/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil

Rango Orden
Publicación 2006-05-16
Estado Derogada · 2021-06-11
Departamento Ministerio de la Presidencia
Fuente BOE
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Norma derogada, con efectos de 11 de junio de 2021, por la disposición derogatoria única.1 de la Orden PCM/577/2021, de 9 de junio. Ref. BOE-A-2021-9633#dd

La Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, establece en su artículo 11 que el personal del Cuerpo de la Guardia Civil se agrupa en escalas, en función de las facultades profesionales asignadas al conjunto de los empleos de cada una de ellas y el grado educativo exigido para su incorporación. Entre dichas escalas se encuentra la de Suboficiales.

El artículo 19.1 de la citada Ley 42/1999, de 25 de noviembre, recoge como finalidad del sistema de enseñanza de la Guardia Civil, entre otras, la capacitación profesional específica de quienes han de integrarse en cualquiera de las escalas del Cuerpo. Asimismo, el artículo 20.1 determina que es la enseñanza de formación la que proporciona la preparación necesaria para dicha integración, estableciendo, además, una correspondencia de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales con la formación profesional de grado superior. De acuerdo con el apartado 2 del mismo artículo, la obtención del primer empleo de dicha escala será equivalente al título del sistema educativo general de Técnico Superior.

De conformidad con lo señalado en el artículo 28.5 de la mencionada Ley 42/1999, de 25 de noviembre, a la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales solo se puede acceder por promoción interna, reservándose la totalidad de las plazas a los miembros de la escala de Cabos y Guardias con, al menos, dos años de tiempo de servicio en ella. Sin embargo, hasta la entrada en vigor de la Ley, a dicha enseñanza se podía acceder directamente y por promoción interna, sistemas de ingreso que se tuvieron en cuenta en la elaboración del plan de estudios actualmente vigente, aprobado por Orden del Ministerio de la Presidencia de 29 de abril de 1999.

Por Real Decreto 313/2006, de 17 de marzo, fueron aprobadas las directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a las escalas de Suboficiales y de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, en las que se han tenido en cuenta las modificaciones establecidas por la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, y las novedades introducidas por el Real Decreto 362/2004, de 5 de marzo, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional específica.

Las nuevas directrices generales, así como la mejora y mayor adecuación del diseño curricular respecto a las demandas actuales de la ciudadanía en materia de seguridad pública, aconsejan la aprobación de un nuevo plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 35.1 de la repetida Ley 42/1999, de 25 de noviembre, corresponde a los Ministros de Defensa y del Interior la aprobación de los planes de estudios del sistema de enseñanza de la Guardia Civil.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Defensa y del Interior, dispongo:

Apartado único. Aprobación del plan de estudios.

Se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil que figura en el anexo de esta Orden.

Disposición adicional única. Concesión del empleo de Sargento, con carácter eventual.

A los miembros de la escala de Cabos y Guardias se les concederá, con carácter eventual, el empleo de Sargento, desde el momento de su nombramiento como alumnos del centro docente de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales.

Disposición transitoria primera. Vigencia del anterior plan de estudios.

Al plan de estudios de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Orden de 29 de abril de 1999 del Ministerio de la Presidencia, actualmente en vigor, le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 8.1.b) del Real Decreto 313/2006, de 17 de marzo, sobre directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a las escalas de Suboficiales y de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

Disposición transitoria segunda. Convalidaciones entre planes de estudios.

Aquellos alumnos y alumnas que, a la entrada en vigor de la presente Orden, tuvieran que repetir curso de acuerdo a lo establecido en el plan de estudios aprobado por la Orden Ministerial de 29 de abril de 1999, lo harán conforme a lo dispuesto en el plan de estudios aprobado por la presente Orden, siéndoles convalidados aquellos módulos formativos que sean similares en carga lectiva y contenidos.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogada la Orden de 29 de abril de 1999, del Ministerio de la Presidencia por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.

Asimismo quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo dispuesto en la presente Orden Ministerial.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

Se autoriza al Director General de la Guardia Civil a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 5 de mayo de 2006.

FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ

Sres. Ministros de Defensa y del Interior.

ANEXO

PLAN DE ESTUDIOS DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN PARA LA INCORPORACIÓN A LA ESCALA DE SUBOFICIALES DEL CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL

1.

Objetivo general

Proporcionar al Suboficial de la Guardia Civil las competencias profesionales necesarias para el desarrollo de acciones ejecutivas relacionadas con el mando, protección, prevención e investigación que el ordenamiento jurídico asigna con carácter general y específico al Cuerpo de la Guardia Civil, en el marco de las directrices, métodos y procedimientos establecidos en el Cuerpo, con la finalidad de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.

2.

Capacidades y tareas más significativas

a)

Profundizar en los valores y principios de la Constitución, con especial referencia a las normas que regulan y garantizan el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos.

b)

Profundizar en los conocimientos sobre los principios deontológicos de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y mantener el orden.

c)

Adquirir la competencia profesional necesaria para el mando y la gestión de recursos humanos y materiales que permitan, en su nivel, la dirección de los servicios según lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, y de acuerdo con los principios básicos de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

d)

Profundizar en la importancia que la comunicación y las relaciones personales tienen en la dirección de las unidades, equipos y grupos de trabajo.

e)

Adquirir los conocimientos adecuados que le permitan valorar y dirigir las actuaciones de policía judicial en relación con la investigación de ilícitos penales, averiguación del delito, el descubrimiento y detención del delincuente, y prestar el auxilio debido a Tribunales, Jueces y Ministerio Fiscal.

f)

Adquirir los conocimientos necesarios para colaborar en tareas administrativas y logísticas desarrolladas en unidades mandadas por Oficial, y en los órganos de apoyo al mando.

g)

Adquirir las habilidades básicas necesarias para instruir, de forma eficaz, al personal de él dependiente en los procedimientos operativos y las técnicas del servicio.

h)

Adquirir competencias que le permitan integrarse, a su nivel, en equipos de trabajo en el marco de organizaciones internacionales de paz y seguridad en las que participa personal del Cuerpo.

i)

Adquirir las competencias en lengua extranjera necesarias para su ejercicio profesional.

j)

Poseer las cualidades físicas y psíquicas necesarias para desarrollar adecuadamente sus tareas profesionales.

k)

Adquirir la competencia profesional necesaria para implementar los regímenes de personal y disciplinario del Cuerpo, así como las disposiciones del ordenamiento jurídico militar que le afecten como mando intermedio.

3.

Duración del plan de estudios

1.

El plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales tendrá una duración de un curso académico.

2.

La carga lectiva de dicho plan será de novecientas veinte (920) horas, distribuidas de la siguiente forma:

a)

En el centro docente de formación se impartirán seiscientas veinte (620) horas.

b)

En unidades del Cuerpo, se desarrollará un período de prácticas de ocho (8) semanas.

4.

Módulos formativos

1.

Para lograr el objetivo general referido en el punto 1, la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Suboficiales se articula en:

a)

Seis módulos de formación teórico-prácticos, en los que se impartirán los conocimientos, habilidades y actitudes necesarias para el desarrollo de las funciones que ha de desempeñar el Suboficial.

b)

Un módulo de formación práctico-procedimental en el que se desarrollarán y aplicarán los contenidos conducentes a la adquisición de la práctica y habilidades técnico-profesionales y militares propias del Suboficial, a fin de practicar los principales procedimientos operativos y de reforzar las competencias profesionales. Dicho módulo será desarrollado una vez impartidos los seis módulos de formación teórico-prácticos.

2.

Los contenidos básicos de cada módulo podrán agruparse, en la correspondiente programación didáctica, en ámbitos de conocimiento, en razón de la homogeneidad de estos.

4.1 Módulos formativos teórico-prácticos

a)

Módulo de Mando en unidades básicas de la Guardia Civil:

1.

Capacidades terminales:

Adquirir las aptitudes de mando necesarias para el desempeño de los cometidos asignados al personal integrante de su escala, en cualquiera de los ámbitos en los que se desarrolle y en unidades tipo Puesto de la Guardia Civil.

Conocer los protocolos de comunicación y relación social con autoridades locales y judiciales.

Adquirir los conocimientos necesarios sobre recursos humanos y materiales para su correcta gestión en la ejecución de los servicios.

Adquirir las habilidades necesarias para integrarse en equipos de trabajo de ámbito internacional.

2.

Contenidos básicos:

El suboficial como mando:

Derechos Fundamentales recogidos en las Constituciones española y europea.

Derechos Humanos y normas de Derecho Internacional Humanitario.

Principios generales del derecho.

Ética y valores en el Cuerpo de la Guardia Civil.

El cambio de subordinado a mando/subordinado.

Técnicas de mando. Estilos de mando básico, comportamiento colectivo.

Liderazgo. Técnicas de dirección a través de la influencia personal. Comunicación interpersonal.

Competencias y funciones del Suboficial de acuerdo con la normativa interna del Cuerpo y aquella aplicable del ámbito militar.

Metodología de la decisión. Procedimientos de toma de decisiones.

Estructura orgánica de los Servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil.

Organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil. Dependencias funcionales de las unidades territoriales respecto a los Servicios de los órganos centrales.

Protocolos de actuación y relación social en el ámbito de sus competencias: autoridades civiles, judiciales, militares y personal de otras Fuerzas y Cuerpos de seguridad.

Operaciones de paz.

La gestión del capital humano y recursos materiales:

Aplicación en el Cuerpo de la Guardia Civil del Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado.

Desarrollo profesional de sus subordinados a través de la formación. Modelo de carrera. La formación continua como mejora de la calidad del servicio. Metodología de la instrucción de sus subordinados.

Gestión del capital humano y régimen interior del Cuerpo: destinos, indemnizaciones por razón del servicio, pabellones, permisos y licencias.

Prevención de riesgos laborales.

Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. Competencia sancionadora del Suboficial. Infracciones, sanciones y recursos. Actuación en casos de comisión de delitos por personal subordinado en el ámbito de las jurisdicciones ordinaria y militar.

Gestión de recursos materiales de dotación en unidades de la Guardia Civil tipo Puesto.

3.

Duración: El módulo formativo de Mando tendrá una carga lectiva de cien (100) horas.

b)

Módulo de Prevención de la delincuencia:

1.

Capacidades terminales:

Capacitar al Suboficial para el planeamiento y dirección de los servicios de prevención de la delincuencia en unidades tipo Puesto, sobre la base de las tipologías delincuenciales actuales.

Adquirir conocimientos adecuados para decidir el procedimiento de actuación en situaciones de inseguridad pública y/o que perturben el orden en el desarrollo de actividades multitudinarias.

Adquirir conocimientos sobre técnicas y procedimientos de actuación de las organizaciones terroristas que suponen riesgo o amenaza a la seguridad.

Adquirir conocimientos sobre la seguridad privada como complemento a la seguridad pública.

Conocer los procedimientos de dirección en la ejecución de controles policiales.

Capacitar al Suboficial para implementar los protocolos de actuación sobre circulación y permanencia de extranjeros en territorio nacional y comunitario.

2.

Contenidos básicos:

La garantía de la seguridad ciudadana:

Planes de prevención de la delincuencia, servicios y acciones a desarrollar en unidades tipo Puesto.

Normativa sobre nombramiento y prestación del servicio.

Técnicas de dirección de intervenciones policiales.

Protocolos de actuación en unidades ante situaciones que requieran la intervención de especialidades.

Tipos de controles policiales. Dirección de su ejecución.

Nociones básicas sobre estadística como herramienta de apoyo a la decisión.

Servicios de protección de la seguridad:

Tenencia, control y transporte de armas y explosivos.

Dirección de servicios encaminados a la protección medioambiental.

Corrientes migratorias actuales. Protocolos de actuación ante la inmigración irregular.

Obtención de información de interés para el servicio peculiar y especialidades, en función de la problemática delincuencial de las unidades y de los riesgos actuales en asuntos de delincuencia organizada y terrorismo. Especial referencia al terrorismo islamista.

Dirección de servicios encaminados a detección de ilícitos relacionados con drogas, estupefacientes y psicotrópicos.

Normativa básica relativa a la seguridad privada.

Coordinación con otros órganos e instituciones:

Actuación coordinada con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, nacionales y europeas.

Régimen competencial de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Constitución, cometidos y funcionamiento de las Juntas Locales de Seguridad.

3.

Duración:

El módulo formativo de Prevención de la delincuencia tendrá una carga lectiva de noventa (90) horas.

c)

Módulo de Protección, seguridad y comunicación:

1.

Capacidades terminales:

Adquirir las habilidades sociales para responder adecuadamente a las necesidades de los ciudadanos y aportar soluciones a las demandas de información y/o ayuda de los ciudadanos.

Aplicar los procedimientos de auxilio y protección de las personas y/o bienes afectados en casos de crisis individual y/o colectiva.

Conocer los protocolos establecidos para colaborar con los órganos de protección civil en situaciones de accidente, catástrofe o calamidad pública.

Conocer los principales sistemas de seguridad aplicables a la protección de instalaciones.

Adquirir los conocimientos necesarios para aplicar, a su nivel, las normas sobre seguridad y autoprotección.

Conocer la normativa sobre seguridad vial y adquirir las habilidades en el nivel básico para la intervención en casos de accidentes de tráfico.

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