Real Decreto 1226/2010, de 1 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Norma derogada por la disposición derogatoria única del Real Decreto 344/2012, de 10 de febrero. Ref. BOE-A-2012-2080.
El Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril decidió proceder en el ámbito de la Administración General del Estado a la modificación de las normas que determinan la estructura orgánica de los Departamentos ministeriales, con objeto de conseguir la máxima eficacia y racionalidad en la acción de la Administración General del Estado, en el marco del plan de austeridad del gasto público y del plan de reestructuración de la Administración General del Estado.
Posteriormente el Real Decreto 929/2010, de 23 de julio, ha modificado el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, suprimiendo algunos órganos superiores del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Asimismo, el Real Decreto 940/2010, de 23 de julio, ha modificado el Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, que aprobó la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales. Este último Real Decreto había llevado a cabo una amplia reestructuración de los Departamentos ministeriales, entre las que se encontraba la supresión de la Dirección General para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
A la vista de dichos precedentes, y para la mayor eficacia, austeridad y racionalidad en el ejercicio de sus competencias en el actual contexto económico y social, procede acometer la reorganización de la actual estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, determinando los órganos directivos y unidades que la componen.
Con carácter general la nueva estructura del Ministerio pretende obtener una mayor capacidad de análisis y definición de las políticas que integran las distintas áreas sectoriales del MITYC, el refuerzo de la comunicación y relación con los ciudadanos para incrementar la información, la transparencia y mejora continua de la calidad de los servicios del Ministerio y la continuidad de las políticas de incremento de eficiencia en la prestación de servicios, afianzando la austeridad en el gasto público, y la decidida apuesta por la implantación de la Administración Electrónica, y los procesos de reducción de cargas administrativas en las que el Ministerio viene trabajando ya intensamente.
La estructura del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio quiere así adecuarse de la manera más eficaz posible para el cumplimiento de los objetivos que le han sido encomendados, principalmente dirigidos en realizar las actuaciones necesarias para la modernización del sistema productivo español, para dotarlo de una mayor eficiencia, competitividad y productividad en el medio y largo plazo, en colaboración con los agentes públicos y privados. Para ello ha de dotarse de una estructura que permita ejecutar las decisiones políticas y la gestión administrativa de la manera más eficiente posible con el fin último de obtener la mayor satisfacción de los ciudadanos y del interés general.
La estructura orgánica propuesta en este Real Decreto ha querido también atender a los objetivos de dotar de una mayor agilidad y coordinación al desarrollo de la política turística y comercial, con el fin de mejorar nuestra competitividad país, fomentar el empleo estable en estos sectores, y obtener una mayor coordinación y participación del sector privado en los instrumentos de apoyo al comercio y a las empresas turísticas. Especial relevancia para la adecuada gestión de los productos y los destinos turísticos adquiere la coordinación de las actividades turísticas con las actividades comerciales en el territorio y especialmente con el sector de la distribución comercial. Es por esta razón que se ha estimado adecuado la creación de la nueva Secretaría General de Turismo y Comercio Interior, que permitirá una mejor coordinación con las principales administraciones públicas competentes en estas materias, además de poder armonizar ambas políticas, fomentando la competitividad de estos dos sectores estratégicos de nuestra economía.
La internacionalización de las empresas es una política clave en el actual contexto de globalización económica. La nueva Secretaría de Estado de Comercio Exterior tiene como principal objetivo mejorar en la definición, desarrollo y ejecución de la política comercial exterior del Estado, fomentar las inversiones y las transacciones exteriores, y coordinar de manera eficaz las actividades de promoción que en estas materias corresponden a la Administración General del Estado, mejorando con ello nuestra balanza comercial. Para ello se le dota de una organización más especializada y flexible ante los retos que estos objetivos demandan, y especialmente en el marco de la Unión Europea donde se refuerzan los mecanismos para la unificación de criterios y la coordinación de las actuaciones de evaluación, control y desarrollo de la políticas comerciales con el diseño y ejecución de la política comercial tanto en el marco bilateral como multilateral con los países de la Unión.
La reestructuración de los servicios comunes del Ministerio va dirigida a avanzar en la mejora de la calidad y eficiencia de los servicios, en la productividad de los recursos que el Departamento tiene a su disposición, y en la mejor relación con el ciudadano mediante la potenciación de la Administración Electrónica así como la reducción de cargas administrativas.
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, a propuesta de la Vicepresidenta Primera y Ministra de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de octubre de 2010,
DISPONGO:
Artículo 1. Organización general del Departamento.
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de desarrollo industrial, política comercial, energética, de la pequeña y mediana empresa, de turismo, de telecomunicaciones y de la sociedad de la información.
Las competencias atribuidas en este Real Decreto se entenderán en coordinación y sin perjuicio de aquellas que corresponden a otros Departamentos ministeriales.
Asimismo, corresponde al Ministro de Industria, Turismo y Comercio la propuesta al Gobierno de la posición española en el ámbito internacional en las materias propias del Departamento.
Son órganos superiores del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio:
La Secretaría de Estado de Comercio Exterior.
La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
La Secretaría de Estado de Energía.
Dependen directamente del titular del Departamento los siguientes órganos directivos:
La Subsecretaría de Industria, Turismo y Comercio.
La Secretaría General de Industria, con rango de Subsecretaría.
La Secretaría General de Turismo y Comercio Interior, con rango de Subsecretaría.
Asimismo, como órgano de apoyo inmediato al Ministro de Industria, Turismo y Comercio, depende directamente el Gabinete, cuyo Director ostenta el rango de director general, con la estructura que se establece en el artículo 18.2 del Real Decreto 495/2010, de 30 de abril.
Depende directamente del titular del Departamento, con nivel de Subdirección General, la Unidad de Estudios del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Será competencia de la Unidad de Estudios del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio:
El estudio y realización de análisis sobre la estructura, evolución y prospectiva de los sectores económicos competencia del Ministerio en sus distintos componentes y en particular de competitividad.
El seguimiento y análisis de los indicadores de los sectores competencia del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y la realización de informes periódicos de coyuntura.
La coordinación e impulso de todas las estadísticas propias del Departamento en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y en particular de las incluidas en el Plan Estadístico Nacional.
El desarrollo de las estadísticas relativas a: mercados inversiones y coyuntura industrial así como producción de materiales de transporte y construcción, coyuntura de la exportación e inversiones en el exterior y extranjeras en España, precios en el sector de la distribución comercial, productos perecederos y de gran consumo.
El seguimiento y análisis de las estadísticas elaboradas por otras administraciones y organismos, públicos o privados, nacionales o internacionales en todos los sectores competencia del Departamento.
El impulso y realización de estudios de interés general para el Departamento así como la coordinación de los estudios sectoriales en el ámbito competencial del Ministerio.
La coordinación de los Observatorios de carácter sectorial en particular el Observatorio nacional de las telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información y el Observatorio de precios del comercio minorista. Asimismo el Director de la Unidad ejercerá la Secretaría General Permanente del Observatorio de la internacionalización. La dirección y coordinación de los comités científicos y técnicos de las publicaciones oficiales del Departamento.
De esta Unidad dependerán las siguientes unidades con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo: la División de Comercio Exterior, la División de Turismo y Comercio Interior y la División de Industria, Energía y Telecomunicaciones.
Artículo 2. Secretaría de Estado de Comercio Exterior.
La Secretaría de Estado de Comercio Exterior, bajo la superior dirección del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, llevará a cabo cuantas acciones sean precisas para la definición, desarrollo y ejecución de la política comercial exterior del Estado, así como las relativas al comercio exterior incluido el intracomunitario, las inversiones exteriores y las transacciones exteriores, y a las actividades de promoción que en estas materias corresponden a la Administración General del Estado.
De la Secretaría de Estado de Comercio Exterior depende directamente la Dirección General de Comercio e Inversiones.
Asimismo, dependen directamente del Secretario de Estado de Comercio Exterior los siguientes órganos con nivel de Subdirección General:
El Gabinete, como órgano de asistencia inmediata al Secretario de Estado, con la estructura que se establece en el artículo 18.3 del Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales.
La Subdirección General de Comercio Exterior de Material de Defensa y Doble Uso, que ejercerá las siguientes funciones:
La preparación y ejecución de los acuerdos de la Junta Interministerial Reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso.
La elaboración, ejecución y seguimiento de la legislación nacional relativa al comercio exterior de material de defensa y de la normativa comunitaria relacionada con las exportaciones de productos y tecnologías de doble uso.
La participación en la negociación de los aspectos técnicos y comerciales derivados de acuerdos suscritos en el seno de la Unión Europea y en los foros internacionales de control y no proliferación.
La Subdirección General de Coordinación Territorial y de Medios, que ejercerá las siguientes funciones:
La gestión económico-financiera y técnica de la Red de Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio Exterior, su gestión e inspección técnica, la evaluación de su funcionamiento, organización y rendimiento, así como la elaboración y desarrollo de cuantas acciones permitan la mejora de dicha red, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos del Departamento.
La coordinación de la Red de Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio Exterior.
El desempeño de las Secretarias Técnicas de los órganos colegiados y de cooperación interterritoriales en relación con la internacionalización de la empresa dependientes de la Secretaria de Estado de Comercio Exterior, representando además a las Direcciones y Territoriales y Provinciales de Comercio Exterior.
La tutela, en coordinación con el Instituto Español de Comercio Exterior, sobre las actividades relativas a la internacionalización de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación y del Consejo Superior de Cámaras.
La asistencia a la Secretaría de Estado en materia de gestión de los sistemas de información, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos directivos del Departamento.
Queda adscrito al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de la Secretaría de Estado de Comercio Exterior, el Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX), cuya presidencia ostenta el Secretario de Estado de Comercio Exterior.
Asimismo, depende directamente del Secretario de Estado de Comercio Exterior, cuya presidencia ostenta, la Junta Superior Arancelaria.
Corresponderá al Secretario de Estado de Comercio Exterior el ejercicio de las funciones de tutela del Medio Propio Instrumental Sociedad Estatal P4R, atribuidas por Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2006, al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Corresponderá al Secretario de Estado de Comercio Exterior la supervisión de la gestión del seguro de crédito a la exportación por cuenta del Estado realizada por CESCE, de acuerdo con la normativa vigente en esta materia.
Las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio Exterior dependen funcionalmente de los órganos superiores o directivos de este Ministerio por razón de las materias objeto de su actuación. Corresponde a las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio Exterior el ejercicio en el ámbito territorial y conforme a la distribución de competencias establecida en la correspondiente normativa de las siguientes funciones en materia de comercio:
La tramitación y resolución de los expedientes referidos al comercio exterior, incluido el intracomunitario de productos agrícolas e industriales y de transacciones exteriores.
Estudiar e informar sobre los efectos en la economía de su demarcación, del arancel y de así como recoger y procesar datos sobre las magnitudes que intervienen en la distribución y comercialización de los distintos bienes y servicios en coordinación con la Unidad de Estudios del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
La inspección y control de calidad comercial de productos objeto de comercio exterior en cuanto a normas y especificaciones de calidad comercial, de envases y embalajes, almacenes, depósitos, medios de transporte, etc. La realización de los controles de conformidad con las normas comunes de comercialización en el sector de las frutas y hortalizas frescas. El control de la conformidad respecto a las normas aplicables de seguridad y de etiquetado de determinados productos industriales a importar de terceros países, previo a su despacho a libre práctica, en la forma que reglamentariamente se establezca sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros Departamentos ministeriales u organismos de la Administración
La expedición de certificados de conformidad en el desarrollo de actividades de certificación voluntaria y de asistencia técnica a empresas y sectores en el ámbito del comercio exterior.
La emisión de los permisos y certificados sobre productos y especímenes en el ámbito del Convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre (CITES), así como el desarrollo de las actuaciones de control e inspección derivadas de la condición de la Dirección General de Comercio e Inversiones de Autoridad Administrativa CITES.
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