Entrada en vigor del Canje de Notas de fechas 24 de marzo y 16 de abril de 2010, constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República Tunecina relativo a la supresión recíproca de visados en pasaportes de servicio y especiales, cuya aplicación provisional fue publicada en el Boletín Oficial del Estado n.º 134, de fecha 2 de junio de 2010

Rango Resolución
Publicación 2010-12-28
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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El Canje de Notas, de fechas 24 de marzo y 16 de abril de 2010, constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República Tunecina relativo a la supresión recíproca de visados en pasaportes de servicio y especiales, entra en vigor el 31 de diciembre de 2010, el último día del mes siguiente al de la última comunicación cruzada entre las Partes señalando el cumplimiento de los respectivos requisitos legales internos, según se establece en su último párrafo.

Lo que se hace público para conocimiento general, completando así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 134, de 2 de junio de 2010.

Madrid, 10 de diciembre de 2010.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Rosa Antonia Martínez Frutos.

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