Entrada en vigor del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y las Naciones Unidas relativo a la celebracion del taller sobre el fortalecimiento de la cooperación internacional en materia penal en asuntos de terrorismo entre los estados miembros de la CEDEAO: Consolidación de los instrumentos bilaterales regionales e internacionales en materia de extradición y asistencia judicial recíproca, hecho en Viena el 5 y 12 de junio de 2009
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
El Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y las Naciones Unidas relativo a la celebración del taller sobre el fortalecimiento de la cooperación internacional en materia penal en asuntos de terrorismo entre los Estados miembros de la CEDEAO: Consolidación de los instrumentos bilaterales regionales e internacionales en materia de extradición y asistencia judicial recíproca, hecho en Viena el 5 y 12 de junio de 2009, entró en vigor el 27 de marzo de 2010, después de que el Reino de España notificara a las Naciones Unidas, por escrito, el cumplimiento de todos los procedimientos legales internos previstos por la legislación española para la celebración de tratados internacionales, según se establece en el punto 8.
Lo que se hace público para conocimiento general, completando así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 289, de 1 de diciembre de 2009.
Madrid, 6 de abril de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Antonio Cosano Pérez.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.