Real Decreto 684/2011, de 13 de mayo, por el que se establecen doce certificados de profesionalidad de la familia profesional Fabricación mecánica que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
1 acto modificador · 2013-03-21, Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de…
La Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, establece, en su artículo 3, que corresponde al Gobierno, a propuesta del actual Ministerio de Trabajo e Inmigración, y previo informe de este Ministerio a la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, la elaboración y aprobación de las disposiciones reglamentarias en relación con, entre otras, la formación profesional ocupacional y continua en el ámbito estatal, así como el desarrollo de dicha ordenación.
El artículo 26.1 de la citada Ley 56/2003, de 16 de diciembre, tras la modificación llevada a cabo por el Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo, se ocupa del subsistema de formación profesional para el empleo, en el que, desde la entrada en vigor del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, que lo regula, han quedado integradas las modalidades de formación profesional en el ámbito laboral –la formación ocupacional y la continua. Dicho subsistema, según el reseñado precepto legal y de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de las Cualificaciones y la Formación Profesional, se desarrollará en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional y del Sistema Nacional de Empleo.
Por su parte, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, entiende el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de formación profesional y la evaluación y acreditación de las competencias profesionales. Instrumentos principales de ese Sistema son el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales y el procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las mismas. En su artículo 8, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, establece que los certificados de profesionalidad acreditan las cualificaciones profesionales de quienes los han obtenido y que serán expedidos por la Administración competente, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Además, en su artículo 10.1, indica que la Administración General del Estado, de conformidad con lo que se establece en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
El Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, según el artículo 3.3 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre, constituye la base para elaborar la oferta formativa conducente a la obtención de los títulos de formación profesional y de los certificados de profesionalidad y la oferta formativa modular y acumulable asociada a una unidad de competencia, así como de otras ofertas formativas adaptadas a colectivos con necesidades específicas. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.5 del mismo real decreto, la oferta formativa de los certificados de profesionalidad se ajustará a los indicadores y requisitos mínimos de calidad que garanticen los aspectos fundamentales de un sistema integrado de formación, que se establezcan de mutuo acuerdo entre las Administraciones educativa y laboral, previa consulta al Consejo General de Formación Profesional.
El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, modificado por el Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, ha actualizado, en consonancia con la normativa mencionada, la regulación de los certificados que se establecían en el anterior Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices de los certificados de profesionalidad, que han sido derogados.
En dicho Real Decreto 34/2008, modificado por Real Decreto 1675/2010, se define la estructura y contenido de los certificados de profesionalidad, a partir del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales y de las directrices fijadas por la Unión Europea, y se establece que el Servicio Público de Empleo Estatal, con la colaboración de los Centros de Referencia Nacional, elaborará y actualizará los certificados de profesionalidad, que serán aprobados por real decreto.
En este marco regulador procede que el Gobierno establezca doce certificados de profesionalidad de la familia profesional Fabricación mecánica de las áreas profesionales de Producción mecánica, Operaciones mecánicas Fabricación electromecánica y Construcciones metálicas que se incorporarán al Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad por niveles de cualificación profesional atendiendo a la competencia profesional requerida por las actividades productivas, tal y como se recoge en el artículo 4.4 y en el anexo II del Real Decreto 1128/2003, anteriormente citado.
Con la entrada en vigor del presente real decreto, el nuevo certificado de profesionalidad «Mecanizado por corte y conformado» que en el mismo se establece, sustituye al certificado de profesionalidad de la ocupación de Ajustador mecánico, establecido en el Real Decreto 2063/1995, de 22 de diciembre, que en consecuencia, queda derogado.
Con la entrada en vigor del presente real decreto, el nuevo certificado de profesionalidad «Mecanizado por arranque de viruta» que en el mismo se establece, sustituye al certificado de profesionalidad de la ocupación de Tornero fresador, establecido en el Real Decreto 2065/1995, de 22 de diciembre, que en consecuencia, queda derogado.
Con la entrada en vigor del presente real decreto, el nuevo certificado de profesionalidad «Diseño de moldes y modelos de fundición o forja» que en el mismo se establece, sustituye al certificado de profesionalidad de la ocupación de Matricero moldista, establecido en el Real Decreto 2067/1995, de 22 de diciembre, que en consecuencia, queda derogado.
En el proceso de elaboración de este real decreto ha emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo y ha sido informada la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo e Inmigración y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de mayo de 2011,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Este real decreto tiene por objeto establecer doce certificados de profesionalidad de la familia profesional Fabricación mecánica que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, regulado por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, modificado por el Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre.
Dichos certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.
Artículo 2. Certificados de profesionalidad que se establecen.
Los certificados de profesionalidad que se establecen corresponden a la familia profesional Fabricación mecánica y son los que a continuación se relacionan, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:
Familia profesional: Fabricación Mecánica.
– Anexo I. Mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales. Nivel 2.
– Anexo II. Mecanizado por arranque de viruta. Nivel 2.
– Anexo III. Mecanizado por corte y conformado. Nivel 2.
– Anexo IV. Tratamientos superficiales. Nivel 2.
– Anexo V. Diseño de calderería y estructuras metálicas. Nivel 3.
– Anexo VI. Producción en construcciones metálicas. Nivel 3.
– Anexo VII. Diseño de tubería industrial. Nivel 3.
– Anexo VIII. Diseño en la industria naval. Nivel 3.
– Anexo IX. Producción en mecanizado, conformado y montaje mecánico. Nivel 3.
– Anexo X. Gestión de la producción en fabricación mecánica. Nivel 3.
– Anexo XI. Diseño de útiles de procesado de chapa. Nivel 3.
– Anexo XII. Diseño de moldes y modelos de fundición o forja. Nivel 3.
Artículo 3. Estructura y contenido.
El contenido de cada certificado de profesionalidad responde a la estructura establecida en los apartados siguientes:
En el apartado I: Identificación del certificado de profesionalidad.
En el apartado II: Perfil profesional del certificado de profesionalidad.
En el apartado III: Formación del certificado de profesionalidad.
En el apartado IV: Prescripciones de los formadores.
En el apartado V: Requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamientos.
Artículo 4. Requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad.
1. Corresponderá a la Administración laboral competente la comprobación de que los alumnos poseen los requisitos formativos y profesionales para cursar con aprovechamiento la formación en los términos previstos en los apartados siguientes.
2. Para acceder a la formación de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad de los niveles de cualificación profesional 2 y 3 los alumnos deberán cumplir alguno de los requisitos siguientes:
Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el nivel 2 o título de Bachiller para nivel 3.
Estar en posesión de un certificado de profesionalidad del mismo nivel del módulo o módulos formativos y/o del certificado de profesionalidad al que desea acceder.
Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional para el nivel 2 o de un certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia y área profesional para el nivel 3.
Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio para el nivel 2 o de grado superior para el nivel 3, o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas.
Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
Tener los conocimientos formativos o profesionales suficientes que permitan cursar con aprovechamiento la formación.
Artículo 5. Formadores.
1. Las prescripciones sobre formación y experiencia profesional para la impartición de los certificados de profesionalidad son las recogidas en el apartado IV de cada certificado de profesionalidad y se deben cumplir tanto en la modalidad presencial como a distancia.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, podrán ser contratados como expertos para impartir determinados módulos formativos que se especifican en el apartado IV de cada uno de los anexos de los certificados de profesionalidad, los profesionales cualificados con experiencia profesional en el ámbito de la unidad de competencia a la que está asociado el módulo.
3. Para acreditar la competencia docente requerida, el formador/a o persona experta deberá estar en posesión del certificado de profesionalidad de Formador ocupacional o formación equivalente en metodología didáctica de formación profesional para adultos.
Del requisito establecido en el párrafo anterior estarán exentos:
Quienes estén en posesión de las titulaciones universitarias oficiales de licenciado en Pedagogía, Psicopedagogía o de Maestro en cualquiera de sus especialidades, de un título universitario de graduado en el ámbito de la Psicología o de la Pedagogía, o de un título universitario oficial de posgrado en los citados ámbitos.
Quienes posean una titulación universitaria oficial distinta de las indicadas en el apartado anterior y además se encuentren en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica o de los títulos profesionales de Especialización Didáctica y el Certificado de Cualificación Pedagógica. Asimismo estarán exentos quienes acrediten la posesión del Máster Universitario habilitante para el ejercicio de las Profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas.
Quienes acrediten una experiencia docente contrastada de al menos 600 horas en los últimos siete años en formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
4. Los formadores que impartan formación a distancia deberán contar con formación y experiencia en esta modalidad, en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, así como reunir los requisitos específicos que se establecen para cada certificado de profesionalidad. A tal fin, las autoridades competentes desarrollarán programas y actuaciones específicas para la formación de estos formadores.
Artículo 6. Contratos para la formación.
1. La formación teórica de los contratos para la formación podrá realizarse a distancia hasta el máximo de horas susceptibles de desarrollarse en esta modalidad que se establece, para cada módulo formativo, en el certificado de profesionalidad.
2. La formación de los módulos formativos que no se desarrolle a distancia podrá realizarse en el puesto de trabajo o en procesos formativos presenciales.
Artículo 7. Formación a distancia.
1. Cuando el módulo formativo incluya formación a distancia, ésta deberá realizarse con soportes didácticos autorizados por la administración laboral competente que permitan un proceso de aprendizaje sistematizado para el participante que deberá cumplir los requisitos de accesibilidad y diseño para todos y necesariamente será complementado con asistencia tutorial.
2. La formación de los módulos formativos impartidos mediante la modalidad a distancia se organizará en grupos de 25 participantes como máximo.
3. Los módulos formativos que, en su totalidad, se desarrollen a distancia requerirán la realización de, al menos, una prueba final de carácter presencial.
Artículo 8. Centros autorizados para su impartición.
1. Los centros y entidades de formación que impartan formación conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad deberán cumplir con las prescripciones de los formadores y los requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamiento establecidos en cada uno de los módulos formativos que constituyen el certificado de profesionalidad.
2. Los centros que impartan exclusivamente la formación teórica de los contratos para la formación estarán exentos de cumplir los requisitos sobre espacios, instalaciones y equipamiento, establecidos en el apartado anterior, garantizando en todo caso a las personas con discapacidad los apoyos tecnológicos necesarios y la eliminación de las posibles barreras físicas y de comunicación.
Artículo 9. Correspondencia con los títulos de formación profesional.
La acreditación de unidades de competencia obtenidas a través de la superación de los módulos profesionales de los títulos de formación profesional surtirán los efectos de exención del módulo o módulos formativos de los certificados de profesionalidad asociados a dichas unidades de competencia establecidos en el presente real decreto.
Disposición adicional primera. Nivel del certificado de profesionalidad en el marco europeo de cualificaciones.
Una vez que se establezca la relación entre el marco nacional de cualificaciones y el marco europeo de cualificaciones, se determinará el nivel correspondiente de los certificados de profesionalidad establecidos en este real decreto dentro del marco europeo de cualificaciones.
Disposición adicional segunda. Equivalencias con certificados de profesionalidad anteriores.
Se declara la equivalencia a todos los efectos de los siguientes certificados de profesionalidad:
| Certificados de profesionalidad que se derogan | Certificados de profesionalidad equivalentes |
| Real Decreto 2063/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de Ajustador mecánico. | Mecanizado por corte y conformado. |
| Real Decreto 2065/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de Tornero fresador. | Mecanizado por arranque de viruta. |
| Real Decreto 2067/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de Matricero moldista. | Diseño de moldes y modelos de fundición o forja. |
Disposición transitoria primera. Modificación de planes de formación y acciones formativas.
En los planes de formación y en las acciones formativas que ya estén aprobados, en virtud de la Orden TAS, 718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, en la fecha de entrada en vigor de este real decreto, que incluyan formación asociada a los certificados de profesionalidad que ahora se derogan, se podrá sustituir dicha formación por la que esté asociada a los certificados de profesionalidad declarados equivalentes en la disposición adicional segunda, previa autorización de la Administración que lo aprobó y siempre que se cumplan las prescripciones de los formadores y los requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamientos establecidos en el certificado.
Disposición transitoria segunda. Baja en el Fichero de Especialidades.
Las especialidades correspondientes a los certificados de profesionalidad derogados causarán baja en el fichero de especialidades a partir de los nueve meses posteriores a la entrada en vigor de este real decreto. Durante este periodo dichos certificados mantendrán su vigencia, a los efectos previstos en este real decreto. En todo caso, las acciones formativas vinculadas a estos certificados deberán iniciarse antes de transcurrido dicho periodo de nueve meses.
Disposición transitoria tercera. Solicitud de expedición de los certificados de profesionalidad derogados.
1. Las personas que, según lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, hayan completado con evaluación positiva la formación asociada a uno de los certificados de profesionalidad de los que aquí se derogan, durante la vigencia de los mismos, dispondrán de un plazo de cinco años para solicitar su expedición, a contar desde la entrada en vigor del presente real decreto.
2. También podrán solicitar la expedición, en el plazo de cinco años desde la finalización con evaluación positiva de la formación de dichos certificados de profesionalidad:
Las personas que, habiendo realizado parte de aquella formación durante la vigencia del real decreto que ahora se deroga, completen la misma después de su derogación.
Las personas que realicen la formación de estos certificados de profesionalidad bajo los planes de formación y las acciones formativas que ya estén aprobados en la fecha de entrada en vigor de este real decreto, en virtud de la Orden TAS 718/2008, de 7 de marzo.
Disposición transitoria cuarta. Acreditación provisional de centros.
Los centros de formación que a la entrada en vigor de este real decreto estuvieran incluidos en los registros de las Administraciones competentes y homologados para impartir formación en las especialidades formativas correspondientes a uno o varios de los certificados de profesionalidad que ahora se derogan, se considerarán acreditados de forma provisional a efectos de la impartición de acciones formativas vinculadas a los certificados de profesionalidad establecidos en este real decreto y declarados equivalentes en la disposición adicional segunda, previa autorización de la Administración competente. Esta acreditación tendrá efectos durante un año desde la entrada en vigor de este real decreto y hasta la finalización, en su caso, de las acciones formativas aprobadas. Transcurrido este periodo, para poder impartir formación dirigida a la obtención de los certificados de profesionalidad establecidos en este real decreto, los centros de formación deberán solicitar a las Administraciones competentes su acreditación, para lo que deberán cumplir los requisitos establecidos en los certificados.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogados el Real Decreto 2063/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de Ajustador mecánico, Real Decreto 2065/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de Tornero fresador y el Real Decreto 2067/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de Matricero moldista.
Disposición final primera. Título competencial.
El presente Real Decreto se dicta en virtud de las competencias que se atribuyen al Estado en el artículo 149.1.1.ª, 7.ª y 30.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales; la legislación laboral; y la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
Se autoriza al Ministro de Trabajo e Inmigración para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo de este real decreto.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 13 de mayo de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Trabajo e Inmigración,
VALERIANO GÓMEZ SÁNCHEZ
ANEXO I
I. IDENTIFICACIÓN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD
Denominación: Mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales
Código: FMEH0409
Familia Profesional: Fabricación mecánica
Área Profesional: Operaciones metálicas
Nivel de cualificación profesional: 2
Cualificación profesional de referencia:
FME033_2 Mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (RD 295/2004)
Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de profesionalidad:
UC0092_2: Determinar los procesos de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
UC0093_2: Preparar máquinas y sistemas para proceder al mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
UC0094_2: Mecanizar los productos por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
Competencia general:
Mecanizar por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales afines, controlando los productos obtenidos y responsabilizándose del mantenimiento de primer nivel de las máquinas y equipos, con criterios de calidad, seguridad y respeto al medio ambiente.
Entorno profesional:
Ámbito profesional:
Ejerce su actividad en funciones de preparación de máquinas o sistemas para el mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos afines (rectificadora cilíndrica, rectificadora plana, electroerosión por penetración, electroerosión por hilo y afines, etc.), así como, la ejecución del mecanizado en máquinas convencionales o de CNC.
Sectores productivos:
Esta cualificación se ubica en el subsector de industrias transformadoras de los metales encuadrado en el sector electromecánico (Sector industrial).
Construcción de maquinaria y equipo mecánico. Material y equipo eléctrico electrónico y óptico. Material de transporte
Ocupaciones o puestos de trabajo relacionados:
3139.1085 Programador de máquinas con control numérico, en General.
7323.1231 Ajustadores operadores de máquinas-herramientas General.
7323.1222 Preparadores-ajustadores de máquinas herramientas con C.N.C. para trabajar metales.
7323.1138 Rectificador.
Electroerosionador.
Programador de máquina herramienta de CNC en planta.
Preparador de máquinas (rectificadoras, electroerosión, transfers, sistemas flexibles…)
Duración de la formación asociada: 620 horas
Relación de módulos formativos y de unidades formativas:
MF0092_2: Procedimientos de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (100 horas)
• UF1006: Especificaciones técnicas en procesos de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (60 horas)
• UF1007: Cálculo de costes en procesos de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (40 horas)
MF0093_2: Preparación y programación de máquinas y sistemas de abrasión, electroerosión y especiales (260 horas)
• UF1008: Preparación de máquinas, equipos y herramientas en operaciones de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (80 horas)
• UF1009: Elaboración de programas de CNC para la fabricación de piezas por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (80 horas)
• UF1010: Procesos auxiliares de fabricación en el mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (70 horas)
• UF1011: (Transversal) Prevención de riesgos laborales y medioambientales en el mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (30 horas)
MF0094_2: Mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (210 horas)
• UF1012: Proceso de mecanización por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (80 horas)
• UF1013: Comprobación y optimización del programa CNC para el mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (70 horas)
• UF1014: Verificación del producto mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (30 horas)
• UF1011: (Transversal) Prevención de riesgos laborales y medioambientales en el mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (30 horas)
MP0207: Módulo de prácticas profesionales no laborales de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales. (80 horas)
Vinculación con capacitaciones profesionales:
La formación establecida en la unidad formativa UF1011 de los módulos formativos MF0093_2 y MF0094_2 del presente certificado de profesionalidad, garantiza el nivel de conocimientos necesarios para la obtención de la habilitación para el desempeño de las funciones de prevención de riesgos laborales nivel básico, de acuerdo al anexo IV del reglamento de los servicios de prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
II. PERFIL PROFESIONAL DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD
Unidad de competencia 1
Denominación: DETERMINAR LOS PROCESOS DE MECANIZADO POR ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN Y PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.
Nivel: 2
Código: UC0092_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Obtener la información técnica para la fabricación, partiendo del plano de la pieza y del plano de fabricación.
CR1.1 El material que hay que emplear, los tratamientos térmicos y superficiales a someter y las dimensiones de partida para el mecanizado se identifican en el plano de fabricación.
CR1.2 La forma y dimensiones de la pieza y las tolerancias geométricas, superficiales etc. que delimitan la pieza a mecanizar, se identifican en el plano de fabricación.
CR1.3 las superficies y elementos de referencia para proceder a mecanizado se identifican en el plano de fabricación.
RP2: Establecer el proceso de mecanizado partiendo de los planos de despiece y de las especificaciones técnicas, asegurando la factibilidad del mecanizado y optimizando los tiempos y costes.
CR2.1 El proceso describe las fases, herramientas de corte, útiles de medición, parámetros de corte, tiempos de mecanizado, etc.
CR2.2 Las operaciones de mecanizado son adecuadas a la máquina y se determinan en función de la forma geométrica, dimensiones, material y de la calidad requerida.
CR2.3 Los parámetros de mecanizado (velocidad de corte, avance, profundidad, intensidad de corriente, tiempo de impulso y pausa...) se seleccionan en función del material y de las características de la pieza que hay que mecanizar, así como de las herramientas de corte (tipo, material,...).
CR2.4 las variables del proceso de trabajo se determinan aplicando los cálculos necesarios.
RP3: Seleccionar los útiles y herramientas necesarios para el mecanizado, en función del tipo de pieza y del proceso de mecanizado.
CR3.1 Las herramientas y útiles seleccionados son los adecuados para realizar el mecanizado en función del tipo de material, calidad requerida y disponibilidad de los equipos.
CR3.2 Las herramientas y útiles se eligen buscando que el mecanizado se realice en el menor tiempo y coste posible.
RP4: Determinar los utillajes necesarios para sujeción de piezas y herramientas, asegurando la factibilidad, optimizando el proceso y cumpliendo los objetivos de coste establecidos.
CR4.1 El croquis se realiza según las normas de representación gráfica establecidas.
CR4.2 El utillaje definido optimiza la realización de las operaciones del proceso.
CR4.3 el utillaje definido en el croquis permite su cambio en un tiempo mínimo y en condiciones de seguridad.
Contexto profesional
Medios de producción
Hojas de proceso, calculadora, programas de CAM.
Productos y resultados
Procesos de mecanizado por abrasión: rectificadora cilíndrica, planeadora, rectificado sin centros, electroerosión por penetración, electroerosión por hilo, tiempos de mecanizado.
Información utilizada o generada
Planos. Hojas de procesos. Manuales de rectificadoras, electroerosionadoras y accesorios. Parámetros de corte. Catálogos de herramientas. Tarifas y relación de precios de materiales y recursos.
Unidad de competencia 2
Denominación: PREPARAR MÁQUINAS Y SISTEMAS PARA PROCEDER AL MECANIZADO POR ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN Y PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.
Nivel: 2
Código: UC0093_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Montar herramientas, sistemas de amarre y sistemas de medida de las piezas de acuerdo con el proceso establecido y la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
CR1.1 Las herramientas y útiles se preparan en función de las características de la operación a realizar, las tolerancias que se deben conseguir y la rentabilidad de la operación.
CR1.2 El montaje de los útiles se realiza con las herramientas adecuadas, cuidando la limpieza de los apoyos y el buen estado de conservación, realizando el apriete según los pares adecuados.
CR1.3 Los útiles y herramientas se encuentran en buen estado de reavivado y conservación.
CR1.4 Las herramientas, portaherramientas y útiles de sujeción de piezas son regladas en función de la operación a realizar y las especificaciones del fabricante.
CR1.5 Los pares de apriete de los platillos portamuelas se ajustan a los marcados por las normas.
CR1.6 Se utilizan los elementos de transporte y elevación adecuados, en función de las características del material que hay que transportar y respetando las normas de seguridad.
RP2: Montar los accesorios o dispositivos para mecanizar o alimentar las máquinas en función de la orden de fabricación y la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
CR2.1 El montaje se realiza según instrucciones del fabricante y de acuerdo con las normas de seguridad aplicables.
CR2.2 Los elementos de lubricación/refrigeración están en condiciones de uso y garantizan la seguridad.
CR2.3 La colocación y regulación de los elementos de alimentación garantiza la consecución del proceso.
CR2.4 Se regulan los parámetros del proceso (velocidad de desplazamiento, caudal, presión,...) según las especificaciones técnicas del mismo y teniendo en cuenta las normas de seguridad.
CR2.5 Las variables (velocidad, fuerza, presión, intensidad de corriente...) se verifican utilizando los instrumentos adecuados.
CR2.6 El programa del PLC o del robot responde a las especificaciones técnicas del proceso (secuencia, parámetros de sujeción, velocidades,...) y tiene la sintaxis adecuada al equipo que se debe programar.
RP3: Realizar el programa de Control Numérico por Ordenador (CNC), a partir de la orden y proceso de fabricación
CR3.1 El programa de CNC establece correctamente el orden cronológico de las operaciones; las herramientas utilizadas; los parámetros de operación; y las trayectorias.
CR3.2 La programación de la máquina se realiza en función del tipo de mecanizado, tipo de herramienta, velocidad de trabajo y tipo de material mecanizado.
CR3.3 La trayectoria de la herramienta es la adecuada según la tecnología de corte.
CR3.4 El programa CNC es introducido en la máquina a través de los dispositivos periféricos o transferido desde el ordenador.
CR3.5 La simulación del programa o la prueba en máquina permite comprobar que el mecanizado es viable y se desarrolla en secuencia lógica.
RP4: Realizar el mantenimiento de primer nivel de los equipos e instalaciones, según el manual de instrucciones, la normativa de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente.
CR4.1 Los elementos de medida y control del equipo e instalaciones son verificados en su funcionamiento.
CR4.2 La sustitución de elementos averiados o desgastados se realiza tras la observación de los parámetros de funcionamiento de los mismos.
CR4.3 Los elementos susceptibles de engrase se lubrican con la periodicidad establecida.
CR 4.4 Los depósitos de los lubricantes, dieléctricos, etc. se mantienen en los niveles óptimos y con las características adecuadas.
Contexto profesional
Medios de producción
Equipos de programación y software. Periféricos de comunicación de CNC. Útiles de trazado. Herramientas de preparación, corte y especiales. Herramientas de montaje. Instrumentos de metrología.
Productos y resultados
Programas para CNC, sistemas, robots, manipuladores, etc. Máquinas herramientas para producción unitaria o pequeñas series, máquinas herramientas automáticas para series medianas o grandes y sistemas de fabricación preparadas para proceder al mecanizado: electroerosión por penetración o por hilo; de abrasión, tales como: rectificadoras cilíndricas, rectificadoras planas, rectificadoras sin centros.
Información utilizada o generada
Planos de fabricación. Catálogos de material y herramientas. Manuales de máquinas, accesorios y CNC. Instrucciones del proceso. Instrucciones de mantenimiento de uso. Información para el mantenimiento. Características de los refrigerantes, lubricantes y dieléctricos. Normativa de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente.
Unidad de competencia 3
Denominación: Mecanizar los productos por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
Nivel 2
Código UC0094_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Montar, centrando y alineando, las piezas sobre los utillajes, empleando las herramientas y útiles adecuados, cumpliendo las normativas de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente.
CR1.1 Los útiles de sujeción garantizan el amarre de la pieza en función de la forma, dimensiones y proceso de mecanizado.
CR1.2 Los montajes se realizan con las herramientas adecuadas y respetando el par máximo de apriete y en condiciones de limpieza.
CR1.3 La sujeción y preparación de la pieza y electrodos garantiza la exactitud de las operaciones de mecanizado.
CR1.4 El montaje sobre el utillaje se realiza centrando y alineando la pieza sobre el mismo con la precisión exigida en el proceso.
CR1.5 La limpieza de las piezas y útiles permite el correcto posicionamiento de éstas.
CR1.6 Los elementos de transporte y elevación se utilizan en función de las características del material que hay que transportar y en condiciones de seguridad.
RP2: Efectuar operaciones de desbaste y acabado por abrasión, a partir de los planos de despiece o el proceso establecido, ajustándose a los parámetros de calidad exigidos y cumpliendo las normativas de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente.
CR2.1 El cambio o reavivado de las herramientas se realiza cuando se observa un proceso de desgaste o embotado de las mismas.
CR2.2 La velocidad de corte, el avance y la profundidad, así como la velocidad de giro de la pieza (cuando es cilíndrica), son en todo momento los adecuados.
CR2.3 El tipo de abrasivo, así como el tamaño del grano, es el adecuado para conseguir la calidad superficial especificada.
CR2.4 El producto obtenido se ajusta a la forma y especificación técnicas establecidas.
RP3: Realizar el reavivado de herramientas según los procedimientos establecidos, cumpliendo las normativas de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente.
CR3.1 Los ángulos de corte son los adecuados para el material que se trabaja y cumplen las especificaciones del fabricante.
CR3.2 El reavivado no afecta a las características de dureza de las herramientas.
CR3.3 El reavivado se realiza dentro de la vida útil de las herramientas.
RP4: Realizar el mecanizado por electroerosión y procedimientos especiales según el proceso establecido a partir del plano de despiece o croquis y cumpliendo las normas de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente.
CR4.1 Los desplazamientos de las herramientas o piezas se corrigen en función del desgaste de los útiles de mecanizado.
CR4.2 El producto obtenido se ajusta a la forma y especificaciones técnicas establecidas.
CR4.3 Los parámetros de mecanizado (intensidad de corriente, tiempo de impulso y pausa, abrasivos, etc.) son los adecuados.
CR4.4 Las labores de mantenimiento de primer nivel previstas para las máquinas, instalaciones o equipos se efectúan según las fichas de mantenimiento y respetando las normas Medio Ambiente.
RP5: Verificar dimensionalmente los productos mecanizados según las normas y procedimientos establecidos.
CR5.1 Los elementos de verificación están calibrados correctamente.
CR5.2 Los instrumentos son los adecuados para realizar la verificación conforme a las especificaciones técnicas del producto.
CR5.3 La verificación se realiza conforme a los procedimientos establecidos en las normas.
Contexto profesional
Medios de producción
Máquinas de abrasión tales como: rectificadoras cilíndricas, rectificadoras planas, rectificadoras sin centros, rectificadoras verticales, punteadoras rectificadora. Máquinas especiales, pulidoras, bruñidoras, lapeadoras y máquinas de electroerosión. Sistemas de amarre estándar y utillajes específicos. Herramientas abrasivas y especiales. Accesorios estándar y especiales para el mecanizado. Herramientas manuales. Elementos de medición y control.
Productos y resultados
Productos mecanizados por abrasión o procedimientos especiales de diferentes materiales, formas y acabados.
Información utilizada o generada
Planos, órdenes de fabricación. Especificaciones técnicas. Pautas de control. Normas de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente. Instrucciones de control. Parámetros de calidad en el mecanizado. Instrucciones de mantenimiento de uso.
III. FORMACIÓN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD
MÓDULO FORMATIVO 1
Denominación: PROCEDIMIENTOS DE MECANIZADO POR ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN Y PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
Código: MF0092_2
Nivel de cualificación profesional: 2
Asociado a la Unidad de Competencia:
UC0092_2 Determinar los procesos de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
Duración: 100 horas
UNIDAD FORMATIVA 1
Denominación: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EN PROCESOS DE MECANIZADO POR ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN Y PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
Código: UF1006
Duración: 60 horas
Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP1, RP2 y RP3.
Capacidades y criterios de evaluación
C1: Analizar la información técnica relativa al producto que se va a mecanizar, determinando el material, dimensiones de partida, fases de mecanizado, máquinas y medios necesarios.
CE1.1 Interpretar la información gráfica (simbología, elementos normalizados, vistas, cortes, secciones, detalles, cotas...) de los planos de fabricación que le permitan la descripción de los procesos de mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales.
CE1.2 Relacionar las formas, dimensiones y calidades representadas en el plano con los procedimientos de mecanizado adecuados para obtenerlas.
CE1.3 Identificar las máquinas y los medios de trabajo necesarios para obtener mediante los distintos procedimientos de mecanizado, el producto representado en los planos de fabricación.
C2: Establecer los procesos de mecanizado, ordenando las operaciones según la secuencia productiva, relacionando cada operación con las máquinas, los medios de producción, los útiles de control y verificación de piezas.
CE2.1 Describir el modo de obtención de las distintas formas geométricas por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales (penetración, rotación, esmerilado, corte, labrado, rectificado...)
CE2.2 Seleccionar la máquina apropiada para realizar las formas geométricas del mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales.
CE2.3 Determinar los útiles de sujeción de piezas y el procedimiento de amarre y centrado empleados en las principales operaciones de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales y en su caso, realizar el croquis del utillaje que permita reducir tiempos de amarre y posicionado.
CE2.4 Identificar los distintos medios de verificación aplicables al control de las formas obtenidas por mecanizado.
C3: Analizar los parámetros y especificaciones de las herramientas de corte y generar hojas de procesos de mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales.
CE3.1 Describir las características fundamentales de las herramientas de corte (muelas, electrodos, hilo…) y relacionarlas con sus aplicaciones, así como su procedimiento de sujeción y reglaje.
CE3.2 Calcular los parámetros de corte, (velocidades de corte, avances, profundidad, intensidad de corriente, tiempo de impulso y pausa...) teniendo en cuenta las variables que afectan al mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales (material de la pieza, calidad superficial, tolerancia, tipo y condiciones de operación...).
CE3.3 Estructurar y enumerar en una hoja de procesos (etapas, fases, operaciones, croquis de operación, instrumentos de control, parámetros de corte...) los procedimientos de trabajo para obtener una pieza por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales, partiendo de la información gráfica recogida en el plano de fabricación.
Contenidos
1. Interpretación de planos para el mecanizado.
- Representación espacial y sistemas de representación.
- Métodos de representación:
- simbología, acotación y rotulación.
- Tolerancias dimensionales y geométricas.
- Vistas, cortes y secciones:
- detalles y roturas.
- Croquización de piezas:
- utilización de elementos básicos de medición (pie de rey, palmer…)
- elaboración de planos a mano alzada.
2. Las herramientas para el mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Funciones, formas y diferentes geometrías de corte.
- Composición y recubrimientos de herramientas:
- Elementos, componentes y estructuras de las herramientas.
- Elección de herramientas.
- Adecuación de parámetros:
- Velocidad de corte
- Avance
- Profundidad
- Intensidad de corriente
- Tiempo de impulso y pausa
- Materiales para las herramientas (muelas, electrodos, hilo…)
- Desgaste y vida de la herramienta.
- Optimización de las herramientas.
3. Utillajes y elementos auxiliares para la fabricación del mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales.
- Alimentadores de piezas.
- Descripción de útiles de sujeción:
- Sistemas de sujeciones.
- Sistemas de soporte.
- Descripción de útiles de centrado:
- Sistemas de centrado automático.
- Centrajes manuales.
- Útiles de verificación:
- Sistemas de verificación del paralelismo, de la planicidad y de los ángulos de una pieza.
4. Tecnología del mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Procesos de fabricación y control metrológico.
- Formas y calidades que se obtienen de los procesos de mecanizado:
- Geometrías de mecanizado.
- Acabados superficiales.
- Descripción de las operaciones de mecanizado:
- Operaciones manuales.
- Penetración, rotación, esmerilado, corte, labrado, rectificado...
- Operaciones con ayuda de la programación de CNC.
- Ciclos fijos, subprogramas, compensación de herramientas, tolerancias, paramétricas.
- Operaciones de mecanizado especiales.
- Hojas de Procesos, hojas de Instrucciones, formatos.
UNIDAD FORMATIVA 2
Denominación: CÁLCULO DE COSTES DE LOS PROCESOS DE MECANIZADO POR ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN O PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.
Código: UF1007
Duración: 40 horas
Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP4.
Capacidades y criterios de evaluación
C1: Analizar los criterios que influyen en los tiempos y costes de las operaciones de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
CE1.1 Describir los conceptos generales que intervienen en los análisis de tiempos y exponer las diferentes clases de costes.
CE1.2 Interpretar una hoja de procesos (etapas, fases, operaciones, croquis de operación, instrumentos de control, parámetros de corte...) para obtener una pieza por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales, optimizando tiempos y costes.
CE1.3 Desarrollar sistemas para reducir tiempos y costes descomponiendo el trabajo en elementos, cronometrando, reorganizando tareas,…
C2: Determinar el coste de una operación de mecanizado con arreglo al precio de los factores que intervienen en la misma, estimando el tiempo necesario para realizarla.
CE2.1 Interpretar tablas de asignación de tiempos no productivos para operaciones de mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales.
CE2.2 Interpretar catálogos y ofertas comerciales relacionadas con los materiales y herramientas que intervienen en el proceso de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
CE2.3 Establecer las relaciones que existen entre las variables que intervienen en el tiempo de mecanizado (velocidad, espacio...).
CE2.4 Establecer las relaciones que existen entre las variables que intervienen en el coste de mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales (tiempo de corte, tiempo improductivo, coste de materiales, coste de mano de obra, coste de herramientas, costes indirectos, costes energéticos).
Contenidos
1. Análisis de tiempos y costes en operaciones de mecanizado.
- Análisis de tiempos, conceptos generales.
- Clases de costes: fijos, variables y medios.
- Estimaciones de tiempos, sistemas de tiempos predeterminados.
- Interpretación de la hoja de procesos y optimización de tiempos y costes.
- Descomposición de los ciclos de trabajo en elementos, cronometraje.
- Sistemas para reducir tiempos y costes.
2. Elaboración de costes de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Cálculo de parámetros de corte en las diferentes máquinas herramientas.
- Cálculo de costes de mecanizado:
- Cálculo de tiempos de fabricación.
- Tiempos de corte de las distintas operaciones de mecanizado.
- Tiempo de preparación.
- Tiempo de operaciones manuales.
- Tiempos imprevistos.
- Preparación de una oferta de mecanizado:
- Estimación del plazo de entrega.
- Documentación comercial.
- Precio de oferta.
Orientaciones metodológicas
Formación a distancia:
| Unidades formativas | Duración total en horas de las unidades formativas | N.º de horas máximas susceptibles de formación a distancia |
| Unidad formativa 1 – UF1006 | 60 | 40 |
| Unidad formativa 2 – UF1007 | 40 | 20 |
Secuencia:
Las unidades formativas correspondientes a este módulo se pueden programar de manera independiente.
Criterios de acceso para los alumnos
Serán los establecidos en el artículo 4 del Real Decreto que regula el certificado de profesionalidad de la familia profesional al que acompaña este Anexo.
MÓDULO FORMATIVO 2
Denominación: PREPARACIÓN Y PROGRAMACIÓN DE MÁQUINAS Y SISTEMAS DE ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN Y ESPECIALES.
Código: MF0093_2
Nivel de calificación profesional: 2
Asociado a la Unidad de Competencia:
UC0093_2: Preparar máquinas y sistemas para proceder al mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
Duración: 260 horas.
UNIDAD FORMATIVA 1
Denominación: PREPARACIÓN DE MÁQUINAS, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS EN OPERACIONES DE MECANIZADO POR ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN O PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.
Código: UF1008
Duración: 80 horas.
Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP1, RP2 y RP4 en lo referente a la preparación de maquinas herramientas.
Capacidades y criterios de evaluación
C1: Preparar y poner a punto las maquinas, equipos y herramientas para realizar el mecanizado, según la hoja de proceso o el programa de CNC.
CE1.1 Identificar los sistemas de fabricación por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Determinar los elementos de las máquinas, útiles, accesorios, herramientas, procesos de montaje y regulación de piezas.
CE1.2 Montar las herramientas, accesorios y útiles, que se adecuen de manera optima a las características del mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales.
- Relacionar los factores de calidad, tolerancias, material, tiempos y rentabilidad con la elección de máquina, herramientas y útiles.
C2: Comprobar el buen estado de todo el material que vamos a utilizar afilando y lubricando las herramientas,
CE2.1 Mantener los útiles de sujeción, limpios, lubricados y en óptimas condiciones de funcionamiento.
CE2.2 Comprobar que los accesorios de sujeción y lubricación estén en buen estado.
CE2.3 Realizar el mantenimiento de primer nivel de los elementos de la maquina que lo requieran (engrasadores, lubricantes, refrigerantes, filtros, protección general).
C3: Montar las herramientas y útiles de acuerdo al proceso establecido.
CE3.1 Montar las herramientas y útiles idóneos para el tipo de pieza a mecanizar y proceder a su montaje.
CE3.2 Regular los sistemas de elevación del material (regles, tacos, suplementos…).
- Calibrar las herramientas
- Realizar los aprietes de herramientas y útiles bajo los parámetros adecuados.
- Mantener las herramientas y útiles en buen estado de conservación.
- Mecanizar útil porta pieza si es necesario.
- Ajustar y direccionar presiones y caudales, acorde a la pieza a mecanizar.
C4: Regular y calibrar las herramientas y útiles que se utilizan en el mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales.
CE4.1 Ajustar la sujeción de las herramientas en función del mecanizado que se va a realizar, de las especificaciones del fabricante y de la hoja de proceso del mecanizado.
CE4.2 Montar y calibrar los útiles de sujeción (mordaza, garra, brida, mesa magnética, entre puntos…) en función del mecanizado a realizar.
C5: Definir los orígenes de movimiento y la información necesaria de las piezas para poder mecanizar según la hoja de proceso.
CE5.1 Definir las superficies de referencia sobre las que alinear, centrar y definir el origen de movimientos, utilizando la documentación técnica de proceso.
CE5.2 Inmovilizar la pieza para un mecanizado seguro.
CE5.3 Realizar el trazado de la pieza (en su caso), aportando toda la información necesaria para su mecanizado (centros de taladros, ejes, límites de mecanizado, líneas de referencia).
CE5.4 Aplicar los parámetros de velocidades (avances, revoluciones).
CE5.5 Cargar programa CNC de mecanizado utilizando programas de transmisión de datos si es necesario y verificar su contenido.
C6: Establecer los procesos de manipulación de los materiales a transportar.
CE6.1 Describir los procedimientos de manipulación de cargas.
CE6.2 Seleccionar el medio óptimo para transportar o manipular el material (puentes grúa, toros, carretillas, cadenas, bragas, cáncamos…).
CE6.3 Realizar el transporte o manipulación, según la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
Contenidos
1. Verificación de herramientas y útiles en los mecanizados por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Verificación del estado optimo de las herramientas:
- Afilado.
- Lubricación.
- Comprobación de útiles y accesorios de sujeción
- Mantenimiento de primer nivel de la maquina:
- Ajustes.
- Engrase y lubricantes.
- Refrigerantes.
- Limpieza.
- Liberación de residuos.
- Tensado de correas.
- Protección general.
2. Montaje de sistemas de fabricación por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales, herramientas y útiles.
- Montaje de sistemas de amarre: mordazas, platos, garras, divisores, entre puntos, bridas, mesas magnéticas…
- Sujeción de herramientas, útiles y accesorios.
- Preparación del montaje: herramientas y útiles.
- Colocación de sistemas de nivelación del material a mecanizar (regles, tacos, suplementos…).
- Regulación de presiones y direccionados de caudales.
- Regulación de útiles y accesorios.
- Mantenimiento de primer nivel de las herramientas y útiles.
- Mecanización del útil porta pieza (en su caso).
3. Calibración de herramientas y útiles de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Medición de los parámetros de las herramientas (longitud, diámetro, radio, GAP…).
- Introducción de los parámetros de medida en la tabla de herramientas (longitud, diámetro, radio, GAP, voltaje, amperaje…).
- Preparación y ajuste de los útiles de sujeción.
- Mordaza.
- Garra.
- Brida.
- Mesa magnética.
- Entre puntos.
4. Posicionamiento y trazado de piezas para el mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Definición de las superficies de referencia y posicionamiento de la pieza (centraje, alineación, origen de movimientos…).
- Amarre óptimo de la pieza.
- Técnicas de trazado de piezas, (útiles, destreza, precauciones…).
- Ejecución de trazados de la pieza, (centros de taladros, ejes, límites de mecanizado, líneas de referencia…).
5. Manipulación de materiales en el proceso de fabricación por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Manipulación y transporte de materiales:
- Sistemas de embride.
- Componentes de máquina.
- Útiles de consumo.
- Descripción y manipulación de útiles de transporte.
UNIDAD FORMATIVA 2
Denominación: ELABORACIÓN DE PROGRAMAS DE CNC PARA LA FABRICACIÓN DE PIEZAS POR ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN Y PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.
Código: UF1009
Duración: 80 horas.
Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP3.
Capacidades y criterios de evaluación
C1: Elaborar programas de CNC para la fabricación de piezas por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales a partir de la orden y proceso de fabricación.
CE1.1. Aplicar el orden cronológico correcto, de los mecanizados de CNC por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Relacionar las funciones de los lenguajes de CNC con las operaciones de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Secuenciar y codificar las operaciones de mecanizado, a partir de la información que dispongamos (planos, hoja de proceso, orden de fabricación,…).
C2: Programar máquinas de CNC en función del tipo de mecanizado, herramienta, velocidad de trabajo, esfuerzos y tipo de material mecanizado.
CE2.1 Identificar los diferentes lenguajes de CNC.
CE2.2 Analizar factores de mecanizado determinando la optimización del material de la pieza a mecanizar, tipo de mecanizado, GAP, velocidades de corte, avance, profundidad de pasada, intensidad de corriente, tiempo de impulso y pausa.
CE2.3 Crear la estructura del programa de CNC (bloques, funciones, sintaxis, formato de una línea de programa,…).
- Sistemas de coordenadas (cotas absolutas e incrementales).
- Seleccionar funciones auxiliares: Funciones y códigos.
- Identificar las funciones preparatorias: redondeos, chaflanes, salidas y entradas tangenciales.
- Compensación de herramienta(electrodo, hilo, abrasivo …).
- Sentencias de control: variables o parámetros, ejecución de bloques, subrutinas, salto, repetición.
- Ciclos fijos: Tipos y definición.
C3: Seleccionar el tipo de mecanizado más acorde a la pieza que vamos a trabajar.
CE3.1 Determinar la máquina herramienta que por sus características se adapte de manera óptima a la operación a mecanizar.
CE3.2 Identificar las trayectorias optimas de mecanizado de CNC.
CE3.3 Analizar y priorizar, según la maquina y la pieza, los diferentes mecanizados.
CE3.4 Identificar y solucionar a posibles colisiones en los útiles o accesorios.
C4: Simular, optimizar y transmitir los programas de mecanizado de CNC.
CE4.1 Optimizar los defectos detectados en la simulación del mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Analizar los errores de sintaxis de programa y corregir el mecanizado.
- Eliminar errores de colisión o de movimientos rápidos peligrosos.
- Identificar mejoras que aumenten la productividad.
- Describir y dejar constancia de las modificaciones de mejora continua
CE4.2 Almacenar y transmitir datos del programa de CNC en la máquina a través de dispositivos periféricos.
- Utilizar soportes de información y almacenamiento de información de las máquinas de CNC.
- Identificar las características de los programas de transmisión de datos.
- Guardar las modificaciones realizadas en el proceso de programación.
Contenidos
1.Programación cronológica de mecanizados de CNC para el mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales.
- Planificación de trabajo.
- Planos.
- Hoja de proceso.
- Orden de fabricación.
- Relación de funciones de programación de CNC y operaciones de mecanizado.
- Codificación y secuenciación de las operaciones de mecanizado.
2. Elaboración de los Programas de CNC para el mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales.
- Identificación de lenguaje de CNC.
- Conversión de un programa de CNC a diferentes lenguajes.
- Optimización los programas de mecanizado de CNC.
- Descripción de factores que influyen sobre los programas.
- Descripción de las nomenclaturas normalizadas de ejes y movimientos.
- Establecimiento de orígenes, sistemas de referencia y de coordenadas.
- Selección de planos de trabajo.
- Descripción, ejecución y códigos de funciones auxiliares.
- Definición de los tipos de movimientos: lineales, circulares.
- Compensación de herramientas: concepto y ejemplos.
- Programación de funciones preparatorias (redondeos, chaflanes, salidas y entradas tangenciales…).
- Subrutinas, saltos, repeticiones.
- Descripción de ciclos fijos: Tipos, definición y variables
3.Programación avanzada de CNC para el mecanizado por abrasión, electroerosión o procedimientos especiales.
- Programación paramétrica.
- Implementaciones:
- Contrapunto.
- Cabezal.
- Recogedor de piezas.
- Cargadores de barra.
- Programación de 4º y 5º eje.
4. Simulación en ordenador o máquina de los mecanizados por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Manejo a nivel de usuario de Pc’s
- Configuración y uso de programas de simulación.
- Menús de acceso a simulaciones en máquina.
- Optimización del programa tras ver defectos en la simulación.
- Corrección de los errores de sintaxis del programa.
- Verificación y eliminación de errores por colisión.
- Optimización de los parámetros para un aumento de la productividad.
5. Transmisión de datos a la máquina de CNC.
- Introducción de los programas de CNC.
- Programas de transmisión de datos.
- Verificación de contenidos.
- Descripción de dispositivos (periférico, PCMCIA, Ethernet…).
- Identificación de sistemas de transmisión y almacenamiento de datos.
- Comunicación con las máquinas CNC.
UNIDAD FORMATIVA 3
Denominación: PROCESOS AUXILIARES DE FABRICACIÓN EN EL MECANIZADO POR ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN O PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
Código: UF1010
Duración: 70 horas.
Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP2 en lo referente a la preparación de los procesos auxiliares de fabricación.
Capacidades y criterios de evaluación
C1: Relacionar los procesos auxiliares de fabricación (alimentación de piezas, herramientas, vaciado/llenado de depósitos, evacuación de residuos), con las técnicas y medios tanto manuales como automáticos.
CE1.1 Describir las técnicas de manipulación, transporte, almacenamiento, utilizadas en los procesos de fabricación.
CE1.2 Describir los procesos de automatización en los procesos de mecanización.
CE1.3 Adaptar la automatización Industrial a la fabricación mecánica.
C2: Diferenciar los medios utilizados para la automatización de alimentación de máquinas (robots, manipuladores…).
CE2.1 Describir los elementos de ejecución que componen los sistemas de automatización (elementos estructurales, cadenas cinemáticas, compresores, bombas hidráulicas…).
CE2.2 Distinguir los elementos que regulan los sistemas de automatización (elementos de control, actuadores, captadores de información…).
C3: Realizar montaje de elementos auxiliares de fabricación, con las técnicas apropiadas y teniendo en cuenta las normas de prevención de riesgos.
CE3.1 Describir los procesos de mecanizado de elementos auxiliares aplicando las técnicas de manipulación apropiadas.
CE3.2 Adaptar los procesos de fabricación flexible.
CE3.3 Programar los sistemas de automatización.
C4: Regular los programas de control de sistemas automáticos de alimentación de piezas y operaciones auxiliares de fabricación.
CE4.1 Adaptar los sistemas automatizados en función de las operaciones a realizar, definiendo las secuencias de movimientos, e identificando las variables a controlar.
- Realizar las mediciones necesarias para su optimización.
CE4.2 Regular y poner a punto los sistemas automatizados.
- Órganos de regulación (neumáticos. Hidráulicos, eléctricos)
- Parámetros de control (velocidad, recorrido, tiempo)
- Acciones de corrección.
- Calibrado y mantenimiento preventivo.
CE4.3 Elaborar diagramas de flujo de procesos de fabricación.
Contenidos
1. Automatismos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos.
- Identificación de automatismos:
- Semiautomáticos (electro-neumo-hidráulicos).
- Automáticos (manipuladores, robots).
- Estructuras internas de automatismos:
- Mecánica.
- Electrónica.
- Aplicación de los sistemas de automatización.
- Instrumentos y procedimientos de medición:
- cronómetro.
- manómetro.
- caudalímetro
2. Instalación e innovación en los procesos auxiliares de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Elección de automatismos
- Definición de diagramas de flujo:
- Células flexibles de mecanizado: tipos, estructura y componentes.
- Robótica: anatomía, grados de libertad, sistemas de programación.
- Sistemas de transporte y manipulación: pulmones, zonas de espera, captadores de información, comunicaciones y autómatas.
- Lenguajes de programación: tipos, aplicaciones y características.
- Construcción de los sistemas de automatización.
- Distribución de circuitos (neumática, hidráulica).
- Identificación en el transporte.
- Actualización y mejora continua.
- Rentabilización de procesos de automatización.
- Flexibilización de sistemas de automatización.
- Estandarización de procesos.
3. Regulación de operaciones auxiliares de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Elección de la secuenciación de movimientos.
- Simulación y regulación de variables.
- Máquinas, equipos, sistemas y tecnologías que configuran una célula de fabricación flexible:
- Aplicación de la célula a un sistema de trabajo.
- Simulación.
- Control de la célula de trabajo.
- Adaptación de los programas de control de PLC y robots:
- Regulación de PLC en la fabricación flexible y sistemas de transporte
- Influencia de los programas de CNC en la gestión de la célula.
- Elementos de regulación (neumáticos, hidráulicos, eléctricos…).
- Parámetros de control (velocidad, recorrido, tiempo…).
- Secuenciación de movimientos.
- Modificación optima de variables.
UNIDAD FORMATIVA 4
Denominación: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y MEDIOAMBIENTALES EN EL MECANIZADO POR ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN Y PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.
Código: UF1011
Duración: 30 horas
Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP1, RP2, RP3 y RP4 en lo referente a la prevención de riesgos.
Capacidades y criterios de evaluación
C1: Analizar las medidas de prevención y de seguridad respecto a las actuaciones de la manipulación de las instalaciones y equipos, contenidas en los planes de seguridad de las empresas del sector.
CE1.1 Especificar los aspectos de la normativa de prevención y seguridad relacionados con los riesgos derivados de la manipulación de instalaciones y equipos.
CE1.2 Identificar y evaluar los factores de riesgo y riesgos asociados.
CE1.3 Identificar los requerimientos de protección medioambiental derivados de las actuaciones con productos contaminantes.
CE1.4 Describir los requerimientos de las áreas de trabajo y los procedimientos para su preparación, determinando los riesgos laborales específicos correspondientes y sus medidas correctoras.
CE1.5 Analizar los requerimientos de primeros auxilios en diferentes supuestos de accidentes.
CE1.6 Definir los derechos y deberes del empleado y de la empresa en materia de prevención y seguridad.
C2: Aplicar el plan de seguridad analizando las medidas de prevención, seguridad y protección medioambiental de la empresa.
CE2.1 Aplicar medidas preventivas y correctoras ante los riesgos detectados, incluyendo selección, conservación y correcta utilización de los equipos de protección individual y colectiva.
CE2.2 Aplicar los protocolos de actuación ante posibles emergencias, tales como:
- Identificar a las personas encargadas de tareas específicas.
- Informar de las disfunciones y de los casos peligrosos observados.
- Proceder a la evacuación de los edificios con arreglo a los procedimientos establecidos, en caso de emergencia.
CE2.3 Adoptar las medidas sanitarias básicas, técnicas de primeros auxilios y traslado de accidentados en diferentes supuestos de accidentes.
C3: Analizar las medidas preventivas que se deben adoptar para la prevención de los riesgos y aplicación de normas medioambientales en la ejecución de las operaciones en las máquinas empleadas en el mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
CE3.1 Identificar los riesgos y el nivel de peligrosidad que supone la manipulación de los distintos materiales, productos, herramientas manuales, útiles y máquinas, medios de transporte empleados en el mecanizado.
CE3.2 Describir los elementos de seguridad de las máquinas, así como los sistemas e indumentaria que se deben emplear en las distintas operaciones de mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
CE3.3 A partir de un supuesto práctico debidamente caracterizado por las operaciones que se van a realizar, entorno, material y medios que hay que utilizar:
- Determinar las condiciones de seguridad requeridas en las operaciones de preparación y puesta en marcha de las máquinas.
- Establecer las medidas de seguridad y precaución que se deben adoptar en función de las normas e instrucciones específicas aplicables a las distintas operaciones.
CE3.4 Identificar, seleccionar y clasificar los productos de desecho según su peligrosidad e impacto ambiental.
CE3.5 Identificar, seleccionar y clasificar los productos de desecho según su peligrosidad e impacto ambiental.
Contenidos
1. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo.
- El trabajo y la salud.
- Los riesgos profesionales.
- Factores de riesgo.
- Consecuencias y daños derivados del trabajo:
- Accidente de trabajo.
- Enfermedad profesional.
- Otras patologías derivadas del trabajo.
- Repercusiones económicas y de funcionamiento.
- Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales:
- La ley de prevención de riesgos laborales.
- El reglamento de los servicios de prevención.
- Alcance y fundamentos jurídicos.
- Directivas sobre seguridad y salud en el trabajo.
- Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo:
- Organismos nacionales.
- Organismos de carácter autonómico.
2. Riesgos generales y su prevención. Actuación en emergencias y evacuación.
- Riesgos en el manejo de herramientas y equipos.
- Riesgos en la manipulación de sistemas e instalaciones.
- Riesgos en el almacenamiento y transporte de cargas.
- Riesgos asociados al medio de trabajo:
- Exposición a agentes físicos, químicos o biológicos.
- El fuego.
- Riesgos derivados de la carga de trabajo:
- La fatiga física.
- La fatiga mental.
- La insatisfacción laboral.
- La protección de la seguridad y salud de los trabajadores:
- La protección colectiva.
- La protección individual.
- Tipos de accidentes.
- Evaluación primaria del accidentado.
- Primeros auxilios.
- Socorrismo.
- Situaciones de emergencia.
- Planes de emergencia y evacuación.
- Información de apoyo para la actuación de emergencias.
3. Prevención de riesgos específicos en el mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
- Riesgos de manipulación y almacenaje.
- Identificar los riesgos de instalaciones:
- caídas.
- proyección de partículas.
- Elementos de seguridad en las máquinas.
- Contactos con sustancias corrosivas.
- Toxicidad y peligrosidad ambiental de grasas, lubricantes y aceites.
- Equipos de protección colectiva (las requeridas según el mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales).
- Equipos de protección individual (botas de seguridad, buzo de trabajo, guantes, gafas, casco, delantal).
Orientaciones metodológicas
Formación a distancia:
| Unidades formativas | Duración total en horas de las unidades formativas | N.º de horas máximas susceptibles de formación a distancia |
| Unidad formativa 1 – UF1008 | 80 | 30 |
| Unidad formativa 2 – UF1009 | 80 | 30 |
| Unidad formativa 3 – UF1010 | 70 | 30 |
| Unidad formativa 4 – UF1011 | 30 | 10 |
Secuencia:
Las unidades formativas correspondientes a este módulo se pueden programar de manera independiente.
Criterios de acceso para los alumnos
Serán los establecidos en el artículo 4 del Real Decreto que regula el certificado de profesionalidad de la familia profesional al que acompaña este Anexo.
MÓDULO FORMATIVO 3
Denominación: MECANIZADO POR ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN Y PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
Código: MF0094_2
Nivel de cualificación profesional: 2
Asociado a la Unidad de Competencia:
UC0094 2 Mecanizar los productos por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales.
Duración: 210 horas
UNIDAD FORMATIVA 1
Denominación: PROCESO DE MECANIZACIÓN POR ABRASIÓN, ELECTROEROSIÓN Y PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
Código: UF1012
Duración: 80 horas
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