Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo
Norma derogada, con efectos de 13 de marzo de 2024, por la disposición derogatoria.1 de la Ley 3/2024, de 15 de febrero. Ref. BOE-A-2024-4866#dd
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la siguiente Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
El momento presente nos invita a participar expectantes en la construcción de un mundo extraordinariamente abierto en cuanto a su configuración venidera, y en el que cualquier ejercicio de prospectiva sucumbe impotente ante los exponenciales ritmos de desarrollo de las tecnologías que determinan la realidad actual. Triste realidad, lamentable mundo, donde crece pertinaz, aparentemente sin control, la brecha que separa las condiciones de vida existentes en el Norte y en el Sur del planeta; donde la mayor parte de las personas que habitan los países empobrecidos, y que constituyen una inmensa mayoría en el conjunto de la humanidad, están condenadas a la pobreza cuando no a una muerte miserable. Mientras, el actual orden internacional, en su diseño político y económico, lejos de ofrecer una vía de superación para esta situación, se constituye con frecuencia en elemento legitimador de la misma, si no en una fuente de mayores desigualdades. Aunque nunca como ahora, en la historia de la humanidad, se ha dispuesto de tan ingente volumen y variedad de recursos, medios y capacidades de transformación del entorno, y, por ende, de tender los puentes necesarios para transitar el creciente abismo entre el Norte y el Sur.
En este contexto se hace necesario intensificar los esfuerzos para la concertación internacional en la generación de nuevas políticas capaces de atender suficientemente a la verdadera dimensión de la gravedad de los problemas; políticas fundamentadas en razones y principios de corresponsabilidad, justicia y solidaridad en orden a poder garantizar su eficacia en el tiempo.
El progresivo deterioro del medio ambiente y la destrucción definitiva de la biodiversidad; las migraciones forzosas; el aumento –ya endémico– de ingentes masas de población desplazada y refugiada nos obligan a diseñar políticas activas que vayan más allá de la mera asunción fatal y sentido lamento de las dificultades para sobrevivir cada día en las que se encuentra la inmensa mayoría de la población mundial. Políticas activas que no se limiten a declaraciones institucionales de buenos deseos y que, además de colaborar expresamente en el establecimiento y cumplimiento de acuerdos internacionales de protección del medio ambiente y de impulso del desarrollo de los países más pobres, apoyen decididamente los mecanismos del Derecho Internacional que se establecen para la prevención de conflictos. Iniciativas no retóricas, que conlleven verdadera voluntad política de aliviar la extrema vulnerabilidad de poblaciones cada vez más extensas que, en situación de emergencia compleja, determina escandalosas catástrofes humanitarias en un mundo con sobrados recursos para su prevención y minimización.
Por otra parte, teniendo en cuenta que el propósito del desarrollo es mejorar la vida de las personas, es imprescindible la corrección de las desigualdades que existen entre hombres y mujeres. Esta es una cuestión fundamental en el terreno del desarrollo por lo que respecta tanto a la eficacia de la ayuda como a la justicia social. Además, si el objetivo básico del desarrollo se ha definido reiteradamente como la ampliación de las opciones de que dispone el ser humano, en este concepto hay tres componentes esenciales: la igualdad de mujeres y hombres, la sostenibilidad de las oportunidades de una generación a otra, y la potenciación de las personas, de modo que participen en el proceso de desarrollo y se beneficien con él.
El disfrute de los derechos humanos por mujeres y hombres en igualdad de condiciones es un principio universalmente aceptado y reafirmado por distintas declaraciones. Sin embargo, la igualdad existe de jure en la gran mayoría de los países y pueblos sin estado, pero no de facto, ya que en ninguna sociedad las mujeres disfrutan de las mismas oportunidades que los hombres. Las condiciones que presenta la salud reproductiva y sexual en países en vías de desarrollo, por ejemplo, constituyen un gran motivo de preocupación, y la experiencia demuestra que los programas de población y desarrollo son más eficaces cuando van acompañados de medidas encaminadas a mejorar la situación de las mujeres. La igualdad de hombres y mujeres, además de ser condición previa de dichos programas, debe ser observada en cumplimiento de los principios acordados en las conferencias internacionales en esta materia.
Además de atender a nuestras responsabilidades y de optimizar capacidades de actuación en las labores de acción humanitaria, es evidente la fundamental necesidad de realizar todo el esfuerzo posible en el ámbito del desarrollo de los pueblos empobrecidos como primera y mejor medida preventiva de los problemas apuntados. Desde esta perspectiva de colaboración, se propone un modelo de política de cooperación para el desarrollo que garantice la provisión de fondos estables dedicados al desarrollo humano sostenible, en el marco de la promoción y defensa de los derechos humanos en todas sus generaciones, como aportación de nuestra comunidad que coadyuve eficazmente en la construcción de un mundo más justo, gobernable, en paz y sostenible.
En sintonía con lo que el título XX del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea fija como metas (el desarrollo económico y social duradero en los países en desarrollo, y particularmente de los más desfavorecidos), la cooperación internacional que regula esta ley define un modelo de cooperación que se incardina en la doctrina de la comunidad internacional especializada, y específicamente en una concepción integral del desarrollo humano inspirada en las aportaciones del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). La participación de nuestra comunidad en el esfuerzo internacional en materia de cooperación nos sitúa también en la necesidad de establecer una política de cooperación continuada, coherente en sus principios con las peticiones de las agencias especializadas del sistema de las Naciones Unidas y atenta a las recomendaciones del Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE, una de las cuales es precisamente la conveniencia de avanzar en legislación.
A su vez, la cooperación que se lleva a cabo desde Euskadi se enmarca en la llamada cooperación descentralizada, que, realizándose desde instituciones subestatales y corporaciones locales, se caracteriza por una implicación más directa de la sociedad civil, que, en parte por mayor proximidad, traslada a sus administraciones de ámbito autonómico y local una especial exigencia de que la cooperación se fundamente en principios de solidaridad y de atención al desarrollo humano. Y en la cual el referente de sus actividades sean, prioritariamente, comunidades y pueblos, con quienes se establecen relaciones perdurables en el tiempo, antes que los estados y sus administraciones generales, con quienes la cooperación suele ser, más bien, un epifenómeno de la política exterior coyuntural del momento del país donante.
El modelo de desarrollo predominante, basado en el paradigma del libre mercado, nada tiene que ver con esa pretendida panacea capaz de generar libertad y bien común por todo lo largo y ancho de nuestro mundo. Más bien todo lo contrario. En realidad, para una mayoría de seres humanos el libre mercado y las políticas de corte neoliberal generan sistemáticamente exclusión y pobreza, al tiempo que ponen en riesgo grave a nuestro planeta. Es por ello por lo que cooperar, hoy día, también debe implicar la construcción de alternativas a esta situación, promoviendo otra forma de globalización en la cual las personas y sus derechos inalienables sean verdaderamente respetados. Otra forma de globalización en la que los tratados de libre comercio dejen de ser sofisticados mecanismos de desactivación política de países empobrecidos, a efectos de convertirlos en meras pistas de aterrizaje de transnacionales en territorios del Sur donde poder contaminar gratis, explotar reservas naturales y recursos humanos a mínimo coste, y expatriar la totalidad de sus gigantescos beneficios.
II
Observando la evolución que en el ámbito de la cooperación al desarrollo ha tenido la sociedad vasca, podemos decir que en Euskadi dicha cooperación es ya una realidad fuertemente asentada. Aquellos primeros empeños, que comenzaron generando compromisos más bien puntuales o simbólicos de las administraciones, han dado lugar a una política pública de solidaridad internacional prácticamente irrenunciable para todas las instituciones y sensibilidades políticas.
Mas cualquier visión retrospectiva de nuestra cooperación debe reconocer y homenajear a todas aquellas vascas y vascos que, antes incluso de que las instituciones públicas tomaran conciencia de la necesidad de emprender acciones solidarias con otros pueblos, hicieron de dicha solidaridad un compromiso de vida y llevaron lejos de nuestra tierra los más hermosos rasgos de su identidad. Estas personas, bien sea impulsados por motivaciones religiosas, humanistas, políticas o éticas en general, fueron quienes realmente pusieron las primeras piedras sobre las que se ha ido construyendo el movimiento de solidaridad internacional en Euskadi.
A partir de aquellos comienzos se fue configurando en nuestra sociedad un tejido social, rico en su pluralidad, dedicado a la cooperación para el desarrollo que en la actualidad ha acreditado sobradamente su madurez y capacidad. Han sido precisamente sus iniciativas, así como las reivindicaciones y la colaboración de la sociedad civil, las que han contribuido decisivamente a un crecimiento tan intenso de las políticas públicas de cooperación para el desarrollo por parte de las instituciones públicas vascas.
La cooperación pública al desarrollo en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que fue surgiendo y aprendiendo a encontrar sus espacios propios durante los años ochenta, vivió un momento de gran expansión y madurez en la década de los noventa. Esta trayectoria se reconoce de modo muy gráfico en la evolución anual del presupuesto de cooperación del Gobierno Vasco, donde la tendencia constante al crecimiento del esfuerzo público en cooperación acredita la voluntad política, existente en ciudadanos e instituciones, de reforzar el ejercicio de nuestra responsabilidad en el ámbito de la solidaridad.
Desde la creación en el año 1990 del Fondo de Cooperación y Ayuda al Desarrollo por acuerdo del Gobierno Vasco y las diputaciones forales, la Comunidad Autónoma ha ido incrementando el volumen de los recursos y la diversidad de las acciones de cooperación, hasta el punto de haberse hecho necesaria una regulación con rango de ley. Por otra parte, la complejidad y variedad de las labores de cooperación generan intervenciones que requieren progresivos grados de especialización, cuyas garantías de adecuada y buena ejecución comienzan con la debida regulación de los requisitos a cumplir por los agentes de cooperación. Además, el establecimiento de los principios, objetivos y prioridades de la política de cooperación vasca en el marco de una ley de cooperación para el desarrollo permitirá, asimismo, avanzar en la coherencia entre la política de ayuda al desarrollo y el resto de políticas y actuaciones desarrolladas por el Gobierno y los entes forales y locales de Euskadi.
Otra de las expresiones relevantes en Euskadi de la cooperación pública para el desarrollo es el importante compromiso que en esta materia han ido asumiendo los municipios. La trayectoria solidaria seguida por numerosos ayuntamientos vascos resulta ejemplar, y es justo reconocer que muchas de las actividades habituales relacionadas con la cooperación, así como su constante diversificación y especialización, tienen relación directa con la actitud pionera de los representantes técnicos y políticos de dichos ayuntamientos.
Especial referencia cabe hacer en el ámbito local al papel de los fondos municipales de cooperación para el desarrollo, y en concreto, en el caso de Euskadi, a Euskal Fondoa, que desde su constitución en 1996 asocia a un importante número de ayuntamientos y promueve entre los mismos el desarrollo de las iniciativas de solidaridad internacional, la acción conjunta y la coordinación entre las diferentes instituciones.
El crecimiento de los fondos destinados a cooperación ha superado largamente los actuales marcos de regulación y administración. Por eso, y en orden a seguir garantizando plenamente la eficiencia y la transparencia en la ejecución del esfuerzo público en cooperación, también se ha hecho necesaria la creación de una estructura de gestión adecuada que asegure el óptimo uso de los fondos y garantice plenamente las labores de selección de proyectos, seguimiento de los mismos y evaluación de la cooperación realizada.
Por último, y en relación con el aspecto presupuestario mencionado anteriormente, el importante avance que esta ley supone en la consolidación de la cooperación para el desarrollo como política pública hace que cobre mayor sentido, si cabe, el crecimiento de los fondos públicos destinados a este fin. Sin ser objeto de esta ley esa concreción, sí cabe apuntar que es coherente con la filosofía subyacente a ella el incremento progresivo del presupuesto destinado a cooperación para el desarrollo. En este sentido, los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi consignarán anualmente los recursos económicos necesarios para la financiación de las acciones para la cooperación al desarrollo y, en general, para la ejecución de las acciones previstas en esta ley con el objetivo de ir dando cumplimiento progresivo a las resoluciones adoptadas por diferentes organismos internacionales en relación con el esfuerzo porcentual que las diferentes instituciones han de hacer en este campo, y posibilitando de este modo el acercamiento tendencial y efectivo a los objetivos de las diferentes declaraciones a las que se ha adherido el Gobierno Vasco, asumiendo, en el marco de Naciones Unidas, la voluntad de cumplir el compromiso de encauzar al desarrollo de los países empobrecidos el 0,7% del producto nacional bruto de los países desarrollados, y haciendo posible alcanzar progresivamente en los próximos años el 0,7% del gasto total consignado en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
III
La presente ley diseña un modelo de cooperación que, en cuanto expresado en la formulación de principios, objetivos y prioridades de la cooperación vasca, está en buena sintonía con la experiencia y madurez de las personas comprometidas en las tareas de cooperación y da una respuesta adecuada a las expectativas de nuestra sociedad: animando y fortaleciendo a nuestros agentes de cooperación en su magnífica labor, y también permitiendo avanzar en las garantías de autenticidad y de eficacia de los mismos. Y que, asimismo, porque cuenta con una magnífica posición de partida, fruto del esfuerzo realizado en estos últimos años, sea un referente de calidad y nos permita situarnos al lado de los países más avanzados en estos cometidos.
Una cooperación que se distinga por su calidad deberá necesariamente, además de garantizar la mejora permanente en la eficiencia de la gestión, impulsar actuaciones estratégicas centradas en el incremento de la eficacia en la consecución de los objetivos propuestos, así como transferir fondos y proveer de asistencia técnica con el mejor criterio posible. Deberá propiciar un encuentro con las comunidades y pueblos con los que colaboramos, en el que compartamos verdaderamente aquellos valores éticos que han definido históricamente a nuestro pueblo en el mundo entero. Esta consideración resulta especialmente oportuna en un asunto, como lo es el de la cooperación internacional para el desarrollo, que, abierto al debate y también a críticas interesadas, se asoma a un horizonte temporal en el que la mejor manera de afrontar posibles incertidumbres consiste precisamente en la adecuada actualización de nuestra memoria histórica de solidaridad.
En un momento como el presente, en el que en otros ámbitos se detecta una fuerte retracción de los esfuerzos dedicados a la cooperación para el desarrollo y un progresivo intervencionismo político según intereses enteramente ajenos a la cooperación (la cooperación como política exterior, la búsqueda de retorno, la selección política de los agentes de cooperación y de los países financiables), resulta considerablemente oportuno atender de manera especial a la experiencia de las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo (ONGD). Ellas, como agentes de cooperación especialmente legitimados, podrán aportar la cultura que complemente y dé continuidad a la tradición solidaria de nuestro pueblo, visible, por ejemplo, en su extraordinario compromiso misionero. Y que ayudará a no olvidar que el verdadero sentido de todo lo realizado en cooperación, incluida esta ley, se sitúa no entre nosotros y nuestras organizaciones, sino en las comunidades y pueblos del Sur, quienes, siendo los verdaderos sujetos de sus procesos de desarrollo, invitan a nuestra cooperación en su acompañamiento.
Esta ley, en coherencia con las iniciativas planteadas en el Parlamento Vasco, pretende dar respuesta a una reiterada demanda social y se estructura atendiendo a:
– El a priori, como paradigma teórico fundamental de la política vasca de cooperación, de la necesidad de asunción, defensa y promoción de los derechos humanos en sus tres generaciones. Y ello con la expresa inclusión del enfoque de género en todas las iniciativas de cooperación.
– La orientación de la cooperación vasca en la perspectiva del esfuerzo internacional especializado y con expresa atención a las demandas y sugerencias de las agencias del sistema de las Naciones Unidas y del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD).
– La realización de un modelo de cooperación comprometido en el esfuerzo de superación de las causas estructurales de la pobreza y que contemple con especial interés, el empoderamiento por parte de las comunidades y poblaciones del Sur de los medios (humanos, técnicos y materiales) que garanticen el impulso de las microeconomías locales, y el fortalecimiento de su capacidad de gestión política democrática a efectos de asegurar la adecuada protección de los mercados regionales.
– La decidida voluntad de que toda acción de cooperación se realice en términos de calidad, entendiendo por tal:
– El presupuesto ético de su motivación y carácter solidario no interesado.
– La mejora sistemática de la eficiencia, durante todo el proceso de gestión, de las actividades de cooperación.
– La mejora sistemática de la eficacia de las acciones de cooperación, incrementando las garantías de sostenibilidad de los proyectos, la extensibilidad de los beneficiarios y el carácter integral del desarrollo, así como priorizando incidencias estratégicas y optimizando el buen uso de recursos.
– La invitación a toda la sociedad e instituciones vascas a formar parte de un proyecto de construcción de la paz entre todas las personas y de un futuro más justo para todas.
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