Orden AEC/2970/2011, de 20 de octubre, por la que se suprime la Agencia Consular en Metz

Rango Orden
Publicación 2011-11-04
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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La Administración del Estado en el exterior debe ser capaz de adaptarse a las nuevas necesidades de la sociedad española en el marco actual de reducción del gasto público, sin dejar de prestar un servicio al ciudadano de calidad.

Identificadas las Representaciones Consulares que, por haber cambiado las circunstancias existentes del momento en que fueron creadas, resultan ahora menos imprescindibles para el ejercicio de las labores de protección y asistencia consular para las que fueron abiertas, se procede a suprimir la Agencia Consular de España en Metz, Francia.

La Agencia Consular de España en Metz fue creada por Orden de 12 de agosto de 1994 por la que se transforma en agencia consular el Consulado General de España en Metz. En la actualidad y, como consecuencia de la significativa reducción del número de españoles en la circunscripción de dicha agencia consular, se entiende que las funciones y servicios realizados por la misma pueden ser prestados por el Consulado General de España en Estrasburgo, distante 163 km de la ciudad de Metz. De hecho, dado que, como consecuencia de la Orden de 12 de agosto de 1994 por la que se transforma en Agencia Consular el Consulado General de España en Metz, se procedió al reparto de su demarcación consular entre el Consulado General de España en Estrasburgo, al cual fueron adscritos los Departamentos de la Lorena, y el Consulado General de España en París, que absorbió los Departamentos de las Ardenas, Marne Aube y Alto Marne, el cierre de dicha Agencia Consular de España en Metz, no tiene consecuencias en materia de circunscripción consular.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo, sobre organización de la Administración del Estado en el exterior y previa aprobación del Ministro de Política Territorial y Administración Pública, he tenido a bien disponer:

Artículo único. Supresión de la Agencia Consular en Metz.

Se suprime la Agencia Consular en Metz, dependiente del Consulado General de España en Estrasburgo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de octubre de 2011.–La Ministra de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Trinidad Jiménez García-Herrera.

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