Declaración de aceptación por España de la adhesión de Singapur al Convenio de La Haya sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980

Rango Nota Diplomatica
Publicación 2011-11-14
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Fuente BOE
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DECLARACIÓN DE ESPAÑA

«De acuerdo con lo previsto en el artículo 38, párrafo 4.º del Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980, España declara aceptar la adhesión de la República de Singapur al citado Convenio».

Reservas de la República de Singapur:

«1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 y con respecto al párrafo segundo del artículo 24, la República de Singapur formula la siguiente reserva:

Todas las solicitudes, comunicaciones u otros documentos remitidos a la Autoridad Central de la República de Singapur, en caso de estar redactados en una lengua distinta de la inglesa, deberán ir acompañados de una traducción a esta última.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 y con respecto al párrafo tercero del artículo 26, la República de Singapur formula la siguiente reserva:

No se considerará obligada a asumir los gastos a que se refiere el párrafo segundo del artículo 26, derivados de la participación de un abogado o asesor jurídico o del proceso judicial, excepto en la medida en que dichos gastos puedan estar cubiertos por su sistema de asistencia y asesoramiento jurídicos.

Autoridad central:

División de Rehabilitación, Protección y Servicios Residenciales,

Ministerio de Desarrollo Comunitario, Juventud y Deportes.».

Este Convenio, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 202, de 24 de agosto de 1987 (correcciones de errores en los Boletines Oficiales del Estado n.º 155 de 30 de junio de 1989 y n.º 21 de 24 de enero de 1996), entrará en vigor entre España y la República Singapur el 1 de enero de 2012, de conformidad con el párrafo quinto de su artículo 38.

Madrid, 7 de noviembre de 2011.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Rosa Antonia Martínez Frutos.

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