Ley 8/2002, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2003

Rango Ley
Publicación 2011-12-03
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Comunidad Autónoma País Vasco
Departamento Comunidad Autónoma del País Vasco
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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1. El Fondo de Promoción Económica tiene por finalidad soportar financieramente las ayudas, consistentes en garantías y anticipos reintegrables, a favor de las pequeñas y medianas empresas industriales y turísticas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como de las entidades que se establezcan en las normas que regulen ayudas en el marco del plan de ciencia, tecnología e innovación. La concesión de estas ayudas se realizará conforme a lo establecido en las correspondientes normas reguladoras, pudiendo el órgano competente para su concesión asumir compromisos de gasto, no obstante lo establecido en el Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, siempre que estén soportados financieramente en los créditos presupuestarios totales destinados al Fondo de Promoción Económica.

2. La gestión financiera de las ayudas se realizará a través de la «Sociedad Capital Desarrollo de Euskadi, S.A.», en los términos que deriven del correspondiente acuerdo con la misma, que contendrá el mismo modo de gestión que las ayudas a proyectos estratégicos. Esta sociedad actuará, asimismo, como entidad colaboradora a los efectos de lo dispuesto en el artículo 52 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, y su normativa de desarrollo.

Disposición final sexta. Medidas en materia de formación profesional.

Los fondos que obtengan los centros públicos docentes de formación profesional de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la financiación de los gastos de personal para la impartición de cursos de formación continua y formación ocupacional se incorporarán por el Departamento de Hacienda y Administración Pública al capítulo I del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

Disposición final séptima. Explotación de la estructura de telecomunicaciones propiedad de la Comunidad Autónoma.

Los rendimientos obtenidos de la explotación de la estructura de las telecomunicaciones propiedad de la Comunidad Autónoma tendrán la naturaleza de ingresos de derecho privado por no estar afectos al uso o servicio público conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de telecomunicaciones.

Disposición final octava. Enajenación de acciones de empresas públicas.

La enajenación de acciones o de otros títulos de propiedad de sociedades públicas se realizará de conformidad con el ordenamiento jurídico específico vigente, que, además de en los supuestos expresamente previstos, podrá ser de aplicación en las sociedades públicas actuales o futuras cuya titularidad corresponda íntegramente a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

Disposición final novena. Operaciones financieras en materia de vivienda y suelo.

Se autoriza al Departamento de Hacienda y Administración Pública para concertar operaciones financieras destinadas a la reconversión o el aseguramiento de las obligaciones de pago derivadas de los convenios financieros en materia de vivienda y suelo, en los términos que disponga el Consejo de Gobierno.

Disposición final décima. Adaptaciones técnicas de los Presupuestos.

1. Se autoriza al Departamento de Hacienda y Administración Pública a efectuar en los estados de gastos e ingresos de los presupuestos, así como en los correspondientes anexos, las adaptaciones técnicas que sean precisas derivadas de reorganizaciones administrativas, del traspaso de competencias y de la aprobación de normas con rango de ley.

2. La aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior podrá dar lugar a la apertura, modificación o supresión de cualquier elemento de las clasificaciones orgánica, económica, funcional y por programas, pero no implicará incrementos en los créditos globales del presupuesto salvo cuando exista una fuente de financiación.

3. Tales adaptaciones técnicas se efectuarán de conformidad al procedimiento establecido para las modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.

Se autoriza al Gobierno para que, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor el 1 de enero de 2003.

Por consiguiente, ordeno a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi, particulares y autoridades, que la guarden y hagan guardarla.

Vitoria-Gasteiz, 27 de diciembre de 2002.–El Lehendakari, Juan José Ibarretxe Markuartu.

(Publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 249, de 31 de diciembre de 2002. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual)

ANEXO I. Créditos de compromiso

Créditos de compromiso del estado de gastos del presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y organismos autónomos y compromisos futuros de entes públicos de derecho privado y sociedades públicas generados en el año 2003.

Administración general. Presupuestos ordinario 2003. Créditos de compromiso. (Euros)

Sección/Programa Total 2004 2005 2006 2007 Resto
01 Presidencia. 500.000 500.000 0 0 0 0
1311 Acción Exterior. 500.000 500.000 0 0 0 0
02 Vicepresidencia. 1.111.872 1.111.872 0 0 0 0
1123 Vicepresidencia. 1.111.872 1.111.872 0 0 0 0
03 Hacienda y Administración Pública. 64.771.466 30.466.684 24.176.558 8.175.417 407.057 1.545.750
1212 Patrimonio y Servicios Generales. 17.494.121 9.699.121 7.795.000 0 0 0
1214 Informática y Telecomunicaciones. 17.120.000 7.000.000 7.170.000 2.950.000 0 0
1215 Parque Móvil de la Administración. 771.103 315.982 328.007 63.557 63.557 0
5211 Euskadi en la Sociedad de la Información. 26.152.299 12.860.000 8.510.000 4.782.299 0 0
6111 Economía y Gasto Público. 314.193 248.081 30.051 36.061 0 0
6311 Política Financiera. 2.919.750 343.500 343.500 343.500 343.500 1.545.750
04 Educación, Universidades e Investigación. 150.208.683 120.026.551 26.566.288 1.569.843 1.610.543 435.458
4211 Estructura y Apoyo. 5.076.21 4.173.208 902.813 0 0 0
4221 Educación Infantil y Primaria. 31.215.646 24.187.717 5.435.400 653.420 677.840 261.269
4222 Educación Secundaria, Compensatoria y Formación Profesional. 42.524.381 28.975.753 12.486.933 435.613 451.893 174.189
4223 Enseñanza Universitaria. 408.688 408.688 0 0 0 0
4224 Enseñanza de Régimen Especial y Educación Permanente De Adultos. 14.435.000 7.218.000 7.217.000 0 0 0
4225 Innovación Educativa y Formación Permanente Del Profesorado. 994.825 994.825 0 0 0 0
4225 Innovación Educativa y Formación Permanente Del Profesorado. 994.825 994.825 0 0 0 0
4231 Promoción Educativa. 47.862.075 47.862.075 0 0 0 0
4715 Euskaldunización del Sistema Educativo. 1.401.493 1.401.493 0 0 0 0
5412 Investigación. 6.290.554 4.804.792 524.142 480.810 480.810 0
05 Interior. 37.638.388 25.672.888 8.965.500 3.000.000 0 0
2211 Estructura y Apoyo. 21.300 21.300 0 0 0 0
2221 Tráfico y Educación Vial. 173.088 173.088 0 0 0 0
2223 Ertzaintza en Servicio. 37.444.000 25.478.500 8.965.500 3.000.000 0 0
06 Industria, Comercio y Turismo. 122.929.361 34.281.065 17.266.346 8.572.099 8.229.521 54.040.330
4431 Consumo. 42.098 42.098 0 0 0 0
5413 Tecnología. 52.060.451 29.925.028 4.105.061 3.005.061 1.953.289 13.072.012
7212 Política Industrial. 55.871.889 246.716 8.842.391 4.615.773 5.324.967 36.842.042
7213 Administración y Seguridad Industrial. 3.500.000 1.500.000 2.000.000 0 0 0
7311 Política y Desarrollo Energético. 1.141.920 300.505 300.505 300.505 240.405 0
7511 Turismo. 3.145.939 1.745.939 600.000 200.000 200.000 400.000
7612 Comercio Interior. 555.930 555.930 0 0 0 0
7613 Promoción Comercio Exterior. 6.611.134 504.849 1.418.389 450.760 510.860 3.726.276
07 Vivienda y Asuntos Sociales. 139.834.971 76.231.014 39.301.957 4.707.000 3.144.000 16.361.000
1312 Cooperación al Desarrollo. 18.900.000 16.800.000 2.100.000 0 0 0
4312 Vivienda. 120.934.971 59.521.014 37.201.957 4.707.000 3.144.000 16.361.000
08 Justicia, Empleo y Seguridad Social. 65.733.317 46.792.020 10.439.077 4.642.220 2.060.000 1.800.000
1411 Administración de Justicia. 19.804.000 15.187.000 3.370.000 1.247.000 0 0
1412 Justicia. 2.635.279 2.563.286 65.493 6.500 0 0
3111 Estructura y Apoyo. 38.000 38.000 0 0 0 0
3121 Inserción Social y Plan de Familia. 16.480.000 6.880.000 4.880.000 1.460.000 1.460.000 1.800.000
3211 Empleo. 15.654.064 11.362.368 1.762.976 1.928.720 600.000 0
3212 Economía Social. 2.359.974 1.999.366 360.608 0 0 0
3231 Formación. 8.762.000 8.762.000 0 0 0 0
09 Sanidad. 2.036.990 1.903.142 133.848 0 0 0
4111 Administración General: Estructura y Apoyo. 900.050 900.050 0 0 0 0
4112 Financiación y Contratación Sanitaria. 61.903 61.903 0 0 0 0
4113 Salud Pública. 187.576 187.576 0 0 0 0
4114 Planificación y Ordenación Sanitaria. 557.461 423.613 133.848 0 0 0
5211 Plan Euskadi en la Sociedad de la Información. 330.000 330.000 0 0 0 0
10 Cultura. 3.271.401 2.555.515 715.886 0 0 0
3222 Juventud y Acción Comunitaria. 1.040.000 930.000 110.000 0 0 0
4513 Creación y Difusión Cultural. 1.423.195 1.098.649 324.546 0 0 0
4514 Patrimonio Histórico Artístico. 808.206 526.866 281.340 0 0 0
11 Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. 18.310.578 15.632.075 2.678.503 0 0 0
4313 Ordenación Territorial. 2.142.392 2.142.392 0 0 0 0
4421 Protección del Medio Ambiente. 6.401.430 4.868.430 1.533.000 0 0 0
5121 Planificación y Administración Hidráulica. 9.766.756 8.621.253 1.145.503 0 0 0
12 Transportes y Obras Públicas. 61.986.209 39.865.735 21.759.968 360.506 0 0
5111 Estructura y Apoyo. 750.000 375.000 675.000 0 0 0
5131 Ferrocarriles. 18.317.508 14.313.005 4.004.503 0 0 0
5132 Nueva Red Ferroviaria en la CAE. 2.160.000 1.130.000 1.030.000 0 0 0
5133 Ferrocarril Metropolitano Bilbao (Fmb). 6.680.000 3.430.000 3.250.000 0 0 0
5141 Planificación y Fomento de Infraestructura Viaria. 320.000 320.000 0 0 0 0
5142 Ordenación del Transporte. 3.265.364 1.522.429 1.442.429 300.506 0 0
5151 Administración Portuaria y Asuntos Marítimos. 27.403.337 15.905.301 11.498.036 0 0 0
5512 Meteorología. 3.090.000 2.870.000 160.000 60.000 0 0
13 Agricultura y Pesca. 19.556.045 19.469.499 86.546 0 0 0
5411 Investigación y Desarrollo Agropesquero. 598.008 511.462 86.546 0 0 0
7110 Estructura y Apoyo. 29.954 29.954 0 0 0 0
7111 Agricultura y Desarrollo Rural. 3.069.000 3.069.000 0 0 0 0
7112 Pesca. 12.960.000 12.960.000 0 0 0 0
7113 Promoción Agroalimentaria. 2.899.083 2.899.083 0 0 0 0
95 Recursos y Compromisos Institucionales. 338.112.000 84.528.000 84.528.000 84.528.000 84.528.000 0
5112 Infraestructuras Básicas. 338.112.000 84.528.000 84.528.000 84.528.000 84.528.000 0
99 Diversos Departamentos. 11.540.170 6.040.170 5.500.000 0 0 0
1221 Gastos Diversos Departamentos. 11.540.170 6.040.170 5.500.000 0 0 0
00100 Total Institución. 1.037.541.451 505.706.230 242.118.477 115.555.085 99.979.121 74.182.538

HABE. Presupuesto ordinario 2003. Créditos de compromiso. (Euros)

Sección/Programa Total 2004 2005 2006 2007 Resto
44 Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos 16.498.000 16.493.000 5.000 0 0 0
4713 Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos 16.498.000 16.493.000 5.000 0 0 0
00202 Total Institución 16.498.000 16.493.000 5.000 0 0 0

IVAP. Presupuesto ordinario 2003. Créditos de compromiso. (Euros)

Sección/Programa Total 2004 2005 2006 2007 Resto
44 Instituto Vasco de Administración Pública 2.627.322 2.102.322 525.000 0 0 0
1216 Selección y Formación del Personal de las Administraciones Públicas 1.026.447 813.447 213.000 0 0 0
4714 Euskaldunización y Normalización Lingüística 1.600.875 1.288.875 312.000 0 0 0
00203 Total Institución 2.627.322 2.102.322 525.000 0 0 0

Instituto Vasco de Estadística. Presupuesto ordinario 2003. Créditos de compromiso. (Euros)

Sección/Programa Total 2004 2005 2006 2007 Resto
46 Instituto de Vasco de Estadística 480.000 480.000 0 0 0 0
5513 Operaciones y Publicaciones Estadísticas Oficiales 480.000 480.000 0 0 0 0
00204 Total Institución 480.000 480.000 0 0 0 0

Instituto Vasco de la Mujer-Emakunde. Presupuesto ordinario 2003. Créditos de compromiso. (Euros)

Sección/Programa Total 2004 2005 2006 2007 Resto
47 Instituto Vasco de la Mujer 24.040 240.040 0 0 0 0
3223 Instituto Vasco de la Mujer 24.040 240.040 0 0 0 0
00205 Total Institución 24.040 240.040 0 0 0 0

Instituto Vasco de Educación Física. Presupuesto ordinario 2003. Créditos de compromiso. (Euros)

Sección/Programa Total 2004 2005 2006 2007 Resto
42 Instituto Vasco de Educación Física 6.011 6.011 0 0 0 0
4242 Instituto Vasco de Educación Física 6.011 6.011 0 0 0 0
00206 Total Institución 6.011 6.011 0 0 0 0

Academia de Policía del País Vasco. Presupuesto ordinario 2003. Créditos de compromiso. (Euros)

Sección/Programa Total 2004 2005 2006 2007 Resto
45 Academia de Policía de Euskadi 1.982.771 1.982.771 0 0 0 0
2224 Academia de Policía de Euskadi 1.982.771 1.982.771 0 0 0 0
00207 Total Institución 1.982.771 1.982.771 0 0 0 0

OSALAN-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales. Presupuesto ordinario 2003. Créditos de compromiso. (Euros)

Sección/Programa Total 2004 2005 2006 2007 Resto
48 OSALAN-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales 144.250 144.250 0 0 0 0
3113 Seguridad y Salud Laborales 144.250 144.250 0 0 0 0
00208 Total Institución 144.250 144.250 0 0 0 0

Compromisos futuros. Entes públicos de derecho privado y sociedades. (Euros)

Ente/Sociedad Total 2004 2005 2006 Resto
00305 VISESA 64.123.971 48.846.246 15.277.725
00306 Eusko Trenbideak, S.A. 128.280.779 42.275.768 61.543.639 19.461.372
00604 Parque Tecnológico, S.A. 17.200.000 10.000.000 7.200.000
00606 Parque T. Álava, S.A. 4.582.613 3.582.613 1.000.000
00704 Deba Beheko Industrialdea,S.A. 1.005.251 1.005.251
00707 Irungo Industrialdea, S.A. 1.530.199 1.530.199
00710 Oarsoaldeko Industrialdea,S.A. 1.557.480 1.557.480
00714 Urola Garaiko Industrialdea,S.A. 1.800.000 1.800.000
00716 Gernikako Industrialdea, S.A. 2.000.000 2.000.000
00730 Lanbarren Parke Logistikoa, S.A. 7.257.600 7.257.600
00800 Osakidetza-Servicio Vasco de Salud 20.754.554 16.372.530 4.382.024
Total compromisos futuros 250.092.447 141.227.687 89.403.388 19.461.372

ANEXO II. Presupuestos de las sociedades públicas (Euros)

Código Sociedad pública Presupuesto de capital Presupuesto de explotación
00300 Ejie, S.A. 3.600.000 37.554.055
00301 Neiker, S.A. 420.709 8.620.053
00302 Mendikoi, S.A. 432.681 6.648.726
00303 Orquesta de Euskadi, S.A. 25.843 6.893.015
00304 Ihobe, S.A. 6.150.000 9.326.036
00305 Visesa 2.812.033 113.062.127
00306 Eusko Trenbideak, S.A. 51.072.072 85.700.958
00307 Imebisa 95.000 5.098.283
00308 Egailan, S.A. 240.405 4.942.136
00310 Euskadiko Kirol Portua, S.A. 3.000.000 1.227.095
00501 Sociedad de Gas De Euskadi, S.A. 26.160.244 212.604.969
00502 Cadem, S.A. 799.030 1.374.399
00503 Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A. 2.060.234 584.726
00505 Central Hidroeléctrica de Sologoen, S.A. 25.059 62.269
00507 Udal Zentral Elkartuak,S.A. 37.818 254.434
00508 Biosanmarkos, S.A. 280.518 657.467
00509 Naturcorp Multisevicios, S.A. 9.200.000 9.873.500
00510 Naturcorp Comercializadora, S.A. 1.175.094 77.871.979
00511 Naturcorp Participaciones, S.A. 540 3.540
00512 Biogardelegi,S.A. 126.709 261.000
00513 Zazpiturri, S.A. 492.399 91.212
00514 Central Hidroeléctrica San Pedro de Araia, S.A. 701.221 154.841
00515 Gas de Euskadi Transporte, S.A. 7.132.721 122.333.838
0600 Spri,S.A. 32.922.812 21.292.010
00601 Arabako Eraberrikuntza Industrialdea, S.A. 110.025 993.739
00604 Parque Tecnológico, S.A. 8.678.589 12.974.163
00605 Sociedad Capital Riesgo del País Vasco, S.A. 253.450 1.637.000
00606 Parque T. de Álava, S.A. 4.154.064 3.383.269
00607 Parque Tecnolog. S.S., S.A. 11.611.891 3.765.585
00700 Sprilur,S.A. 36.757.929 36.452.167
00701 Abanto Eta Zierbenako Industrialdea, S.A. 799.934 1.266.767
00702 Deba Goieneko Industrialdea, S.A. 3.321.421 3.963.127
00703 Urola Erdiko Industrialdea, S.A. 894.708 1.083.309
00704 Deba Beheko Industrialdea, S.A. 5.861.577 6.444.791
00705 Hernaniko Industrialdea, S.A. 1.021.947 1.278.823
00706 Igorreko Industrialdea, S.A. 493.392 642.554
00707 Irungo Industrialdea, S.A. 7.130.993 7.721.473
00709 Aiara Araneko Indsutrialdea, S.A. 2.206.000 595.087
00710 Oarsoaldeko Industrialdea, S.A. 11.381.614 1.491.271
00712 Okamikako Industrialdea, S.A. 1.649.494 1.240.660
00713 Goierri Beheko Industrialdea,S.A. 238.477 622.995
00714 Urola Garaiko Industrialdea, S.A. 679.062 1.026.183
00715 Zarautzko Industrialdea, S.A. 680.135 420.193
00716 Gernikako Industrialdea, S.A. 1.529.841 493.014
00717 Centro de Empresas De Zamudio,S.A. 111.305 371.171
00718 Elorrioko Industrialdea, S.A. 712.098 797.965
00719 Zuatzu Parque Empresarial, S.A. 3.885.903 3.406.572
00721 Lautadako Industrialdea, S.A. 733.561 336.545
00722 Orduñako Industrialdea, S.A. 1.891.544 419.679
00729 Mallabiako Industrialdea, S.A. 3.192.133 75.602
00730 Lanbarren Parke Logistikoa, S.A. 11.095.383 183.461
00731 Tolosaldeko Apattaerreka Industria Lurra, S.A. 9.066.010 275.725
0801 Osatek, S.A. 2.452.129 10.217.466
Total 281.557.751 830.073.024

ANEXO III. Créditos ampliables

1. Los créditos pertenecientes al capítulo I con destino al pago del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus organismos autónomos, para dar cumplimiento a la aplicación del régimen retributivo establecido en la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

2. Los destinados al pago del personal laboral en cuanto deban ser aumentados como consecuencia de incrementos salariales dispuestos de conformidad con la normativa vigente.

3. Los créditos destinados al abono de trienios derivados del cómputo del tiempo de servicios realmente prestados y de la aplicación de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, sobre reconocimiento de servicios prestados en la Administración Pública.

4. Las dotaciones de personal que hayan sido minoradas en los respectivos créditos por las vacantes existentes, en la medida en que éstas sean cubiertas de acuerdo con la legislación aplicable.

5. Los relativos a clases pasivas en función del reconocimiento de obligaciones específicas del ejercicio en que se devengaron, según lo establecido en la normativa en vigor.

6. Los que puedan verse afectados como consecuencia de errores técnicos contenidos en los Presupuestos y, en especial, contenidos en los respectivos acuerdos de transferencias, por el importe necesario para hacer frente al incremento de costo que se derive de la corrección de tales errores.

7. Los créditos destinados a satisfacer obligaciones derivadas de la Deuda Pública, en sus distintas modalidades, emitida por la Administración de la Comunidad Autónoma, tanto por intereses y amortización de principal como por gastos derivados de operaciones de emisión, conversión, canje o amortización de la misma, excepto los de personal.

8. Los créditos destinados a garantizar los compromisos pactados en materia educativa, así como la financiación derivada de los mismos.

9. Los créditos destinados al desarrollo del Plan Vasco de Formación Profesional.

10. Los créditos destinados a satisfacer la indemnización por residencia que devengue el personal en los puestos en que se haya reconocido este derecho, conforme a la legislación vigente.

11. Los créditos destinados a satisfacer los gastos en asistencia farmacéutica extrahospitalaria, prótesis y vehículos para inválidos consignados en el presupuesto del Departamento de Sanidad.

12. Los créditos destinados a satisfacer la renta básica establecida por la Ley 10/2000, de 27 de diciembre, de Carta de Derechos Sociales.

13. Los créditos destinados a satisfacer subvenciones y ayudas a víctimas del terrorismo de conformidad a la legislación vigente.

14. Los créditos destinados al desarrollo de los servicios complementarios de vigilancia y seguridad de personas y bienes amenazados.

15. Los créditos destinados al desarrollo del Plan de Apoyo a las Familias con hijos e hijas.

16. Los créditos destinados a la implantación del primer ciclo de la Educación Infantil.

17. Los créditos que se especifican en el pormenor del estado de gastos con el carácter de ampliables.

ANEXO IV. Módulo económico de sostenimiento de los centros concertados

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de esta ley, los importes anuales de los componentes de los módulos económicos por unidad escolar en los centros concertados, en lo que se refiere a las aulas concertadas con módulo pleno, en los distintos niveles educativos quedan establecidos de la siguiente forma:

2. Los módulos parciales serán actualizados siguiendo el criterio de que el porcentaje de financiación por aula que supone cada uno de ellos sobre su módulo pleno de referencia se mantenga tras la implantación de los diferentes módulos plenos que se aprueban con esta Ley, a excepción del parcial mínimo de Bachillerato LOGSE, que alcanzará el 65 %.

MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN EL ESTADO DE GASTOS DEL PRESUPUESTO

Las dotaciones aprobadas por el texto articulado de la ley se distribuirán entre las partidas que figuran en la clasificación por programas del Presupuesto y en la cuantía que consta en la misma, tal como aparecen desglosadas en la documentación que acompañaba al proyecto de ley, con las siguientes modificaciones:

Sección 00. Parlamento

Programa 1111. Parlamento:

Se reduce en 1.979.782 euros la dotación correspondiente a la partida 000 del subconcepto 42900 del servicio 01, «A otros entes de derecho público del SPV».

Sección 02. Vicepresidencia

Programa 1123. Vicepresidencia:

Se crea la partida 000 en el subconcepto 45499 del servicio 22, «Convenio con Udalbide elkartea», con una dotación de 451.000 euros.

Sección 04. Educación, Universidades e Investigación

Programa 4221. Educación infantil y primaria:

Se crea la partida 003 en el subconcepto 75499 del servicio 01, «Subvención para la financiación de inversión en centros educativos de la red concertada cuya titularidad revista la forma de cooperativa», con una dotación de 500.000 euros.

Se reduce en 5.120.000 euros la dotación correspondiente a la partida 001 del subconcepto 12200 del servicio 02, «Personal sustituto docente».

Se reduce en 1.680.000 euros la dotación correspondiente a la partida 001 del subconcepto 13200 del servicio 02, «Sustituciones del personal laboral fijo».

Programa 4222. Educación secundaria, compensatoria y formación profesional:

Se reduce en 1.201.381 euros la dotación correspondiente a la partida 001 del subconcepto 72201 del servicio 01, «Convenio con el Ayuntamiento de Basauri para la financiación de inversiones en la educación secundaria. Crédito comprometido en años anteriores».

Se crea la partida 002 en el subconcepto 75499 del servicio 01, «Subvención para la financiación de inversiones en centros educativos de la red concertada cuya titularidad revista la forma de cooperativa», con una dotación de 500.000 euros.

Se reduce en 1.460.000 euros la dotación correspondiente a la partida 002 del subconcepto 12200 del servicio 02, «Personal sustituto docente».

Programa 4225. Innovación educativa y formación permanente del profesorado:

Se reduce en 300.000 euros la dotación correspondiente a la partida 002 del subconcepto 23882 del servicio 04, «Proyectos de formación e innovación en centros públicos».

Se crea la partida 005 en el subconcepto 23899 del servicio 04, «Programas de calidad en centros públicos», con una dotación de 300.000 euros.

Se reduce en 298.619 euros la dotación correspondiente a la partida 001 del subconcepto 45301 del servicio 04, «Bolsas y ayudas individuales para la formación del profesorado».

Se crea la partida 009 en el subconcepto 45499 del servicio 04, «Programas de calidad en centros privados», con una dotación de 300.000 euros.

Programa 4231. Promoción educativa:

Se incrementa en 200.000 euros la dotación correspondiente a la partida 002 del subconcepto 45499 del servicio 04, «Subvenciones a APAs, FAPAs. Convocatoria 03/04 Crédito de compromiso. 2004: 0,21 M, Total: 0,21 M.«

Programa 4715. Euskaldunización del sistema educativo:

Se incrementa en 4.310.000 euros la dotación correspondiente a la partida 001 del subconcepto 12200 del servicio 02, «Personal sustituto docente».

Se incrementa en 3.950.000 euros la dotación correspondiente a la partida 001 del subconcepto 16000 del servicio 02, «S.S. Personal sustituto docente».

Sección 05. Interior

Programa 4611. Procesos electorales:

Se crea la partida 001 en el subconcepto 45499 del servicio 14, «Subvención a los partidos políticos con implantación en la Comunidad Autónoma de Euskadi para la atención a sus gastos de funcionamiento ordinario», con una dotación de 3.950.000 euros.

Sección 08. Justicia, Empleo y Seguridad Social

Programa 1412. Justicia:

Se crea la partida 014 en el subconcepto 45499 del servicio 13, «Convenio de investigación y localización de fosas comunes de la guerra civil», con una dotación de 200.000 euros.

Sección 10. Cultura

Programa 4511. Estructura y apoyo:

Se reduce en 180.000 euros la dotación correspondiente a la partida 001 del subconcepto 45499 del servicio 02, «Subvenciones coyunturales del Departamento».

Programa 4513. Creación y difusión cultural:

Se crea la partida 009 en el subconcepto 23899 del servicio 12, «Kultura behatokia-Observa-torio de cultura», con una dotación de 60.000 euros.

Programa 4514. Patrimonio histórico artístico:

Se crea la partida 022 en el subconcepto 23899 del servicio 11, «Liburutegi nazionala-Biblioteca nacional», con una dotación de 120.000 euros.

Sección 99. Diversos Departamentos

Programa 1222. Crédito global:

Se reduce en 451.000 euros la dotación correspondiente a la partida 001 del subconcepto 62201 del servicio 09, «Crédito global».

Se reduce en 4.150.000 euros la dotación correspondiente a la partida 001 del subconcepto 62201 del servicio 09, «Crédito global».

Se incrementa en 1.979.782 euros la dotación correspondiente a la partida 001 del subconcepto 62201 el Servicio 09, «Crédito global».

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