Ley 2/2009, de 12 de marzo, de modificación de la Ley 5/2008, de 13 de noviembre, por la que se extingue la Cámara Agraria de la Región de Murcia
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 2/2009, de 12 de marzo, de modificación de la Ley 5/2008, de 13 de noviembre, por la que se extingue la Cámara Agraria de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.dos del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
Artículo 1. Modificación del párrafo 3.º de la regla 1.ª y modificación de la regla 6.ª del artículo 5, «Régimen de personal».
Párrafo 3.º de la regla 1.ª: Donde dice: «sin perjuicio de la dependencia orgánica de dicho personal de la Consejería de Economía y Hacienda», debe decir: «sin perjuicio de la dependencia orgánica de dicho personal de la Consejería competente en materia de administraciones públicas».
Regla 6.ª, relativa a la fecha de incorporación efectiva del personal de la Cámara: Donde dice: «mediante orden de la Consejería de Economía y Hacienda», debe decir: «mediante orden de la Consejería competente en materia de administraciones públicas».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Murcia, 11 de marzo de 2009.–El Presidente, Ramón Luís Valcárcel Siso.
(Publicada en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 66, de 21 de marzo de 2009)
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