Real Decreto 104/2011, de 28 de enero, por el que se modifica el Estatuto de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, aprobado por Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre

Rango Real Decreto
Publicación 2011-02-23
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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En ejecución de lo establecido en el artículo 20 y en la disposición adicional primera de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, se aprobó el Estatuto de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril de 2010, sobre racionalización del Sector Público Empresarial, establece en su apartado séptimo que los Ministerios de los que dependan las entidades públicas empresariales adoptarán las medidas oportunas para reducir el número de consejeros de estas entidades en, al menos, un quince por ciento.

Implementando tal instrucción, el Presidente de ADIF propuso al Ministerio de Fomento la iniciación de la pertinente tramitación normativa para la modificación del Estatuto de la entidad, al objeto de reducir el número máximo de vocales de su Consejo de Administración, que, en julio de 2010, eran dieciocho.

Por otra parte, en aplicación de lo previsto en el artículo 63.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, al tratarse de una modificación estatutaria que afecta únicamente a la organización de la entidad, se llevará a cabo por real decreto, a iniciativa del titular del Ministerio de Fomento, como Departamento de adscripción, y a propuesta del Ministro de Política Territorial y Administración Pública.

En su virtud, a iniciativa del Ministro de Fomento, a propuesta del Vicepresidente Tercero del Gobierno y Ministro de Política Territorial y Administración Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de enero de 2011,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Estatuto de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), aprobado por Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre.

El artículo 15, apartado 1, del Estatuto de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), aprobado por Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, queda redactado como sigue:

«1. El ADIF está regido por un Consejo de Administración encargado de la superior dirección de su administración y gestión, formado por el Presidente y por un mínimo de nueve y un máximo de diez Vocales. El nombramiento y cese de los Vocales corresponde al Ministerio de Fomento.»

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.

Disposición final primera. Facultad de desarrollo.

Se faculta al Ministro de Fomento para dictar cuantas disposiciones y medidas se estimen necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 28 de enero de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Vicepresidente Tercero del Gobierno y Ministro de Política Territorial y Administración Pública,

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

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